

El federalismo Argentino se conformó subordinándose las provincias al Gobierno Federal y a la Constitución Nacional, ya que las Constituciones Provinciales no pueden contradecir a la Nacional, y el Gobierno Nacional, incluso se reserva la facultad, en casos extremos, de intervenir a las provincias. Por eso se dice que en el federalismo Argentino, las provincias no son independientes, sino autónomas.
En las últimas décadas el Gobierno Central ha tendido a ocupar cada vez mayores espacios políticos y económicos y a restringir la autonomía de las provincias, es decir, usa poderes fiscales para influir o controlar a los Gobiernos Provinciales y Municipales por diversas vías.
La primera Ley de Coparticipación data del año 1935 donde el 82.5 % de los recursos quedaba en manos del Estado Nacional y el 17,5 % en las provincias. En el año 1973 mediante la Ley 20.221 se estableció que Nación se quedaba con el 48,5 %, provincias con el 48,5 % y un 3 % iba con destino al Fondo de Desarrollo Nacional. La actual Ley de Coparticipación (23.548) se aprobó durante el gobierno de Alfonsín y estableció el 42,34 % para Nación, el 54,66 % para las provincias y un 3 % para ATN y otros.
Con el correr de los años no sólo se vio deteriorado la forma de distribución de los recursos, sino también las funciones y competencias que ha ido delegando el Gobierno Nacional en las provincias, sin la consiguiente correspondencia de recursos.
Corresponde a su vez resaltar que no todos los impuestos nacionales son coparticipables, por lo que si tomamos la masa total de los impuestos que nación cobra (coparticipables y no coparticipables), la nación se queda con el 70 % o más y las provincias con menos de un 30 %.
Estos números muestran por si solos la inexistencia del federalismo Argentino, máxime si se tiene en cuenta que las provincias son las que tienen a cargo la educación inicial, la salud pública, la promoción y asistencia social, la seguridad, la justicia, etc.
Si bien en estos momentos se habla que el actual conflicto entre el Presidente Milei y los Gobernadores podría dar lugar a la oportunidad de arribar a una nueva Ley de Coparticipación (una de las más importantes reformas estructurales que se debe la Argentina), también debemos ser justos en considerar que si el Estado Nacional coparticipara la totalidad de los impuestos en el marco de la Ley 23.548, y si no se hubieran realizado los mecanismos de detracción (a través de decretos) de la masa coparticipable, si las provincias no hubiesen renunciado recursos a través de los distintos pactos fiscales, y si no se hubiera suspendido por parte de Nación los envíos de fondos de las transferencias no automáticas y de fondos discrecionales (algunos de los cuales están establecidos por Decretos y otros por Leyes), hoy las provincias vivirían una realidad financiera distinta y podrían brindar un mucho mejor nivel de servicios a sus habitantes.
Todo apunta a que el Gobierno Nacional y los Gobernadores aspiran a resolver parte de esta puja distributiva de recursos en el llamado Pacto de Mayo. Esta puede ser una oportunidad para una mejora hacia una Argentina más federal, ya que el Gobierno Nacional necesita aprobar un paquete de reformas estructurales, que las considera necesarias e imprescindibles, para que a partir del segundo semestre de este año comencemos a transitar una senda de crecimiento económico.
En resumen, se puede afirmar que, si bien, dado el clima de inestabilidad política que transita actualmente nuestro país, es difícil suponer que se pueda lograr la sanción de una nueva ley de coparticipación de impuestos nacionales. Pero, tal vez estemos ante la oportunidad de lograr un nuevo contrato federal, donde se establezca un régimen complementario al actual régimen de coparticipación federal, cuya finalidad sea que la distribución de los recursos que están hoy en discusión, se establezca por leyes, evitando la discrecionalidad y atenuando la concentración de los recursos en manos del Gobierno Nacional.
De esta forma las provincias contarían con fondos adicionales que les permitan potenciar su crecimiento económico, y que se redistribuyan competencias y recursos entre la Nación y las Provincias de manera más justa, contemplando criterios objetivos de reparto.
(Por Cr. Álvaro Sierra)


Opinión por los abogados Daniel Casas Gerber (Nogoyá) y Fabio D'Angelo (Concordia) Matriculas Federales 233/81 y 815/140.

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