Causa Urribarri: rechazan la excusación del juez Giorgio

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) en su conformación de feria rechazó la excusación del vocal Miguel Ángel Giorgio para resolver la impugnación extraordinaria presentada por el exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado Juan Pablo Aguilera, que mediante ese remedio procesal pidieron revocar el fallo de la Cámara de Casación Penal del 19 de noviembre de 2024 que ordeno su encarcelamiento en la Unidad Penal de Paraná con prisión preventiva. Ambos fueron condenados a 8 años, Urribarri, y a 6 años y 6 meses, Aguilera, en el marco del megajuicio

Judiciales07/01/2025EditorEditor
Los tres jueces que decidirán sobre Urribarri Miguel Giorgio, Germán Carlomagno y Leonardo Portela.
Los tres jueces que decidirán sobre Urribarri: Miguel Giorgio, Germán Carlomagno y Leonardo Portela.

Casación hizo lugar así a un pedido del Ministerio Público Fiscal y dispuso el encarcelamiento con preventiva hasta que el fallo quede firme, esto es hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se expida. Los defensores Fernando Burlando, Javier Baños y Leopoldo Cappa acudieron con una impugnación extraordinaria ante la Sala Penal del STJ con el propósito de dar vuelta aquel fallo de la Cámara de Casación. Pero terminó el período ordinario de actividad judicial en 2024 y el caso no se había resuelto. Más todavía, el vocal Miguel Giorgio, como presidente de la Sala Penal, rechazó la habilitación de días y horas. Votaron Giorgio y Carlomagno; restaba el voto de la tercera vocal, Gisela Schumacher, cuyo pronunciamiento se conocería recién en febrero.

Ante ese escenario, los defensores de Urribarri y de Aguilera -Marcos Rodríguez Allende y Miguel Cullen- pidieron al STJ que abra la feria y trate la cuestión con premura. El domingo 5 el titular del alto cuerpo, Leonardo Portela, habilitó la feria y dispuso que la votación sería en este orden: Germán Carlomagno, Miguel Giorgio y Leonardo Portela. Votó Carlomagno, y cuando tocó el turno de Giorgio, éste se excusó.

«Notificado del nuevo sorteo practicado en estas actuaciones para resolver, tras la habilitación de feria dispuesta desde Presidencia del S.T.J.; debo señalar que en los presentes obrados ya he emitido opinión al sufragar mi voto digitalmente en fecha 29 de diciembre a las 19:55 hs en ocasión de encontrarse la causa a despacho en tiempo y forma para resolver, conforme surge acreditado mediante constancia actuarial de fecha 30 de diciembre de 2024», planteó Giorgio al dejar sentada su inhibición. «A su vez, es dable advertir que este voto ya pronunciado no es secreto, habida cuenta que circuló y entró en conocimiento de la Sra. Secretaría que lo recepcionó y del colega que integraba el segundo lugar en el orden de votación y que, efectivamente, también había pronunciado su voto».

Hubo que definir la excusación de Giorgio y un tercer juez de feria se integró, el juez de Garantías Pablo Zoff. La resolución se conoció este lunes 6 por la noche: Zoff, Carlomagno y Portela rechazaron el planteo de Giorgio. El STJ entendió que «no verá comprometida su independencia e imparcialidad, no cabe admitir su pedido de apartamiento».

«Finalmente, teniéndose en cuenta que el tribunal de feria se encuentra conformado y actualmente en funciones, con esta integración, hasta el 10 de enero del corriente; que la habilitación de feria aquí dispuesta implica la inmediata resolución de los recursos articulados, toda vez que, como en el presente caso, existe un perjuicio de imposible reparación ulterior al encontrarse en juego la libertad de las personas encausadas y, considerándose asimismo lo expuesto por el Sr. Vocal Dr. Miguel A. Giorgio, en su planteo excusatorio en cuanto expresamente manifiesta que ha emitido su voto como así también lo ha hecho su colega, refiriéndose al Dr. Germán R. F. Carlomagno, corresponde que de manera urgente, a los fines de no dilatar injustificadamente la resolución de las presentes, ingresen los autos a despacho para que el mencionado Vocal adapte su voto, y luego de igual manera lo haga el Dr. Miguel A. Giorgio en segundo lugar, debiendo luego pasar al Vocal que deberá emitir opinión en el tercer lugar del orden de votación», dice la resolución.

De ese modo, el tribunal conformado por Portela, Carlomagno y Giorgio deberá decidir si prospera o no la impugnación extraordinaria de Urribarri y de Aguilera, y, en su caso, si se revoca la resolución de Casación y se ordena la libertad de ambos. (Fuente: Entre Ríos Ahora)

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