Contadores no tienen los códigos para procesar los pagos del bono impuesto por Nación

Autoridades del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de nuestra ciudad explicaron que los matriculados de esa institución se encuentran profundamente afectados por la falta de normativa relacionada con la reglamentación que los distintos Organismos deben realizar en cuanto a la puesta en práctica de los beneficios dispuestos por el Decreto 438/2023.

Concordia08/09/2023EditorEditor
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En diálogo con cronistas de Diario EL SOL-Tele5, la contadora y presidenta Nora Vargas, y el secretario y contador Fernando Marsicano, señalaron que los matriculados previamente "debemos conocer la reglamentación relativa a cada beneficio, emanada del organismo interviniente a fin de brindar información correcta que permita la adecuada implementación y toma de decisiones".

"Queremos hacer conocer a la ciudadanía las circunstancias por las que estamos pasando los contadores por lo que el Consejo de Profesionales respalda el trabajo de nuestros matriculados que con dedicación y compromiso prestan el mejor servicio a sus clientes. No obstante, vemos imposibilitado nuestro trabajo diario con el decreto 438/2023, el cual ha establecido una asignación no remunerativa para el sector público, privado y de casas particulares y también estableció un préstamo para los monotributistas y un beneficio de computar como pago a cuenta esta asignación no remunerativa en las contribuciones patronales", detalló Nora Vargas.

"Ahora tenemos el vencimiento del formulario 931 y del libro de sueldos digital, que se refiere a declaración jurada de la carga social de los empleadores; y ante la falta de reglamentación de los organismos, la confección de la declaración jurada es imposible y por lo tanto es imposible determinar el monto que van a pagar los contribuyentes. No podemos trabajar con previsibilidad porque al cliente hay que anticiparle los montos que tiene que pagar", recalcó la contadora.

“Estamos en situación de imprevisibilidad”

Por su parte, Fernando Marsicano puntualizó que "el primer y principal problema es que se implementa el bono, pero se aclara que puede ser absorbido por algunos convenios paritarios, por lo que primero hay que ver qué convenios absorbe o no absorbe, liquidarlo. A su vez, nosotros tenemos que presentar el libro de sueldo digital, y luego el código 931 para calcular los aportes de seguridad social, obra social y RT.".

"Hoy en día no podemos estar presentando porque no está adecuado el sistema para cargar el libro de sueldos digital y tampoco podemos pasarle los vencimientos a los clientes, por lo que estamos en una situación de imprevisibilidad", aseveró.

"Se van a arreglar los sistemas y vamos a terminar los contadores trabajando los fines de semana, como ya nos ha pasado muchas veces para llegar a tiempo. Por eso el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicos de la Argentina pidió una prórroga al vencimiento al 931, pero hasta ahora no llegó y nuestro trabajo se encuentra frenado", aclaró el economista.

El comunicado

Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas queremos manifestar a la opinión pública que los matriculados de nuestro Consejo se encuentran, también, profundamente afectados por la falta de normativa relacionada con la reglamentación que los distintos Organismos deben realizar en cuanto a la puesta en práctica de los beneficios dispuestos por el Decreto 438/2023.  

Dicho Decreto de Necesidad y Urgencia que estableció beneficios tales como:

- Diferimiento de pago de componente Impositivo de Monotributo

- Otorgamiento de Suma Fija para Trabajadores de sector público, privado y Personal de Casas Particulares y su compensación parcial con Contribuciones de Seguridad Social.

- Créditos con tasa bonificada para pequeños contribuyentes de hasta $ 4.000.000 sólo por nombrar algunos.

Ante ello y dado la necesidad de asesoramiento requerida por empresarios, comerciantes y la población en general, los matriculados previamente deben conocer la reglamentación relativa a cada beneficio, emanada del organismo interviniente, a fin de brindar información correcta que permita la adecuada implementación y toma de decisiones.

Hasta el momento las normativas que reglamentan las disposiciones del Decreto son escasas, parciales (muchas de ellas siendo contradichas por comunicaciones de sindicatos relativas a la compensación o absorción de la Suma Fija otorgada con las actualizaciones ya dispuestas por las paritarias) y se van emitiendo progresivamente con el transcurso de los días, así como la difusión de los mecanismos para implementar los beneficios.

Es así, que esta situación provoca una consecuencia inmediata en perjuicio de los empleadores dado que hasta el momento AFIP no ha adecuado los sistemas para presentar en termino el Libro de Sueldos Digital y el Formulario 931, y por consiguiente se perderá el beneficio del cómputo del importe del Bono a cuenta de las Contribuciones Patronales ante el inminente vencimiento de la presentación y pago del F. 931 (DD. JJ Cargas Sociales).

A través de F.A.C.P.C.E. se ha acompañado el pedido de todos los Consejos del País solicitando las extensiones de plazo a la AFIP para el cumplimiento de Presentaciones de Declaraciones Juradas y vencimientos, en atención a que es muy dificultoso trabajar sin contar con Servicios y Aplicativos actualizados debidamente por AFIP, lo cual suma mayor incertidumbre a las tareas.

Por eso respaldamos el compromiso y ardua dedicación de nuestros matriculados en la labor diaria, actualización continua y condiciones de trabajo bajo presión, a fin de dar cumplimiento a las necesidades de sus clientes en tiempo y forma, con una alta calidad de servicio y, solicitamos a la opinión pública tome debido conocimiento de las circunstancias especiales en las que los matriculados deben llevar a cabo su labor profesional.

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