Tres aspirante a Jueces de Instrucción de Concordia recibirán examen en el Senado
Este martes y miércoles se realizarán cuatro audiencias públicas en el recinto de la Honorable Cámara de Senadores.
Roberto Caserotto y Néstor Gómez del Junco fueron procesados por secuestros, torturas y otros delitos durante la dictadura en Concepción del Uruguay.
Judiciales23/05/2023EditorEl titular del Juzgado Federal N°1 de Concepción del Uruguay, Pablo Andrés Seró, procesó sin prisión preventiva a los ex oficiales de la Gendarmería Nacional Roberto Oscar Caserotto y Néstor Alfredo Gómez del Junco en las causas en las que están imputados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura en esa ciudad. Interviene en la casa la fiscal federal de esa jurisdicción, María Josefina Minatta.
En el fallo emitido el 12 de mayo pasado y difundido este lunes por el Ministerio Público Fiscal, el magistrado consideró a los imputados coautores responsables de los delitos de allanamiento ilegal de vivienda, privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia respecto de ocho personas, tormentos en relación a siete hechos y asociación ilícita, todos en concurso real, por hechos perpetrados el 12 de mayo de 1977. Seró dispuso además el embargo de los bienes de los represores en la suma de 500 mil pesos a cada uno de ellos.
Respecto a Gómez del Junco, además, se suman dos casos por tormentos y asociación ilícita en concurso real por hechos ocurridos el 12 de enero de 1978.
Para el juez está probado en esta instancia que ambos imputados “formaron parte de una asociación, de índole delictiva, tendiente a la producción de delitos indeterminados, con la excusa de poner fin al accionar subversivo”. Para ambos imputados dispuso el sobreseimiento, por un hecho de tortura, respecto a Caserotto y en cuanto a Gómez del Junco por dos casos.
Los hechos
De acuerdo con el pronunciamiento judicial, se adjudicó a Caserotto y Gómez de Junco su intervención en la detención que sufriera el denunciante en esta causa junto a otras personas el 12 de mayo de 1977, cuando se encontraban festejando un cumpleaños en la casa de una familia amiga en Concepción del Uruguay. Añadió que en la vivienda se encontraban otras personas, incluso menores de edad, uno de los cuales fue amenazado con un arma.
También recordó que luego fueron trasladados a una sede de Gendarmería Nacional y estando allí fueron amenazados por el imputado Gómez del Junco. Otra de las víctimas del mismo procedimiento en su testimonio se refirió a Caserotto como la persona que habría entrado en la casa portando un arma.
Según se cita en la resolución judicial, la víctima relató que una vez que los sacaron de la vivienda, “los pusieron en una camioneta, los golpearon en el viaje, hicieron formar a los gendarmes en doble fila y los golpeaban con la culata de los FAL. Los metieron en un calabozo, a uno de ellos le hicieron sacar la ropa, le echaron agua de heladera y lo golpearon con el puño durante 30 minutos”.
Y agregó que “en un momento trajeron un individuo con cara alcoholizada quien los vendó, los ató y les hizo un simulacro de fusilamiento, luego les pegó con el cinto por la cabeza y la espalda”. Dijo además que no sabe cómo se llamaba esa persona y contó que estuvo desnudo desde las 22 del 12 de mayo hasta las 5.30 del día siguiente”.
El testigo también relató que el Jefe de la Unidad Penal a la que lo trasladaron al otro día no lo quería recibir porque tenía todo el cuerpo marcado con latigazos.
Según el procesamiento, respecto a las demás personas que vivían en la casa, surge de los testimonios que permanecieron privados ilegalmente de su libertad con custodia por personal de Gendarmería alrededor de diez días en su vivienda.
El juez tuvo en cuenta que estos hechos fueron acreditados en la causa que llegó a sentencia el 29 noviembre de 2019 ante el Tribunal Oral y Criminal de Concepción del Uruguay, en su sentencia en el juicio seguido a José Luis Palacios y Julio César Rodríguez.
En relación con otro hecho imputado a Gómez del Junco, la resolución cita el testimonio de una víctima que reconoció al imputado entre las personas que lo sacó junto a cuatro amigos de un balneario en Banco Pelay y que los subió a un Ford Falcon y los trasladó hasta una casa, donde los tuvieron privados de su libertad durante una noche.
Según el testimonio, allí fueron golpeados mientras los mantenían atados y luego los torturaron con picana eléctrica. La víctima citada en la resolución refirió que durante la tortura se le despegó la cinta que le habían puesto sobre los ojos y que pudo reconocer al imputado Gómez del Junco. Agregó que, luego de dos horas, fue liberado junto a otra de las víctimas cerca del lugar en donde habían sido secuestrados.
Fundamentos
Para el juez Seró, los testimonios incorporados en esta causa, conformaron los elementos de convicción más importantes del plexo probatorio. “Cada testigo nos brindó pormenorizados datos acerca de diversos tópicos que hicieron al funcionamiento del Comando militar y su proceder durante el autodenominado Proceso de Reorganización Nacional”, destacó el magistrado.
Para el juez, la privación ilegal de la libertad sufrida por los damnificados, tal como se desprende de los testimonios reseñados en la causa, se vio agravada en razón de haber sido cometida bajo violencia, con empleo de fuerza física directa sobre los detenidos. En esa línea dijo que, como lo manifestaron los testigos, tanto Caserotto como Gómez del Junco fueron los que dirigían el operativo en la sede de Gendarmería Nacional.
Por otro lado, consideró acreditado que uno de los testigos fue torturado en la sede de la Gendarmería y que mostró las marcas que quedaron en su cuerpo cuando fue ingresado a la Unidad Penal N°4, por lo que allí se negaron a recibirlo como detenido.
Para el Tribunal, los tipos penales por los que deberán responder los imputados refieren a crímenes contra la humanidad, consistentes en violación de domicilio, privación ilegal de la libertad, agravada por mediar violencia y amenazas coactivas y asociación ilícita, en concurso real con el delito de aplicación de torturas.
Este martes y miércoles se realizarán cuatro audiencias públicas en el recinto de la Honorable Cámara de Senadores.
El exgobernador Sergio Urribarri acudió con una impugnación extraordinaria para lograr llegar a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y así revertir el fallo de la Cámara de Casación Penal, que revocó un fallo de primera instancia, hizo lugar al planteo de la Fiscalía y ordenó su detención y alojamiento con prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná.
La causa inició tras allanamientos concretados en el mes de agosto, donde se constató que la pareja ahora condenada venía dosis de drogas a consumidores en presencia de menores de edad.
El tribunal de juicios y apelaciones hizo lugar al pedido efectuado por el Ministerio Público Fiscal y dispuso la prisión preventiva del ex ministro Pedro Báez, condenado por delitos de corrupción.
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia tendrá dos instancias para revisar la prisión preventiva dictada por Casación contra el ex gobernador Sergio Urribarri. Por un lado, analizará la decisión de la jueza Carola Bacaluzzo de rechazar el hábeas data, por otro, recibirá por recurso extraordinario o por queja el planteo contra la decisión de Casación de enviarlo a la Unidad Penal 1.
El acusado es un hombre de 44 años, oriundo de Lanús, que se dedica al rubor de la geriatría. Se le imputó que durante siete meses –entre agosto de 2015 y febrero de 2016- defraudó al Estado Nacional en 179.933 pesos, puesto que se sostuvo que como apoderado de un geriátrico de Concordia “habría presentado y cobrado en las facturas al INSSJ PAMI, prestaciones no brindadas a personas ya fallecidas al momento de la fecha de realización de los supuestos servicios”.
Juan Carlos Núñez, transportista, denunció que un chofer que contrató, luego de demandarlo por un despido injustificado, le ha generado el remate de sus camiones, a pesar de haber pagado parte de la deuda.
En total, fueron cuatro los procedimientos policiales realizados en los que se buscaban armas de fuego y cartuchería. Finalmente, dos de ellos dieron positivos para estupefacientes.
La Cámara de Casación concedió el recurso de Impugnación Extraordinario que presentaron las defensas del ex gobernador, Sergio Urribarri; y las de Juan Pablo Aguilera y Pedro Baez, permitiendo que lleguen al Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia a discutir los fundamentos de la resolución que los envió a la cárcel. El Alto Cuerpo dispondrá la realización de una audiencia para tratar el recurso.
Con una foto que grafica la nota, los periodistas de AHORA en Concordia, realizaron una nota en la cual se muestra a un vecino pescando en un charco. Si bien parece una ironía, aquí desarrollamos el contenido de la nota publicada por el medio de Paraná.
La Policía de Corriente informó este lunes que una persona murió tras el choque de un camión y un automovil, en Santo Tomé.