Tres aspirante a Jueces de Instrucción de Concordia recibirán examen en el Senado
Este martes y miércoles se realizarán cuatro audiencias públicas en el recinto de la Honorable Cámara de Senadores.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación le puso fecha a su segunda audiencia pública: los días 27 y 28 de abril debatirá a puertas abiertas el cannabis medicinal.
Judiciales15/02/2022EditorConcretamente, se debatirá la decisión de la Cámara Federal de Rosario, que ratificó el fallo del juez federal de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez, que rechazó la acción de amparo promovida por María Laura Acosta y Yanina Viviana Bustos, presidenta y secretaria de la Asociación Civil MACAMÉ, y en representación de sus hijos menores de edad en la que solicitaban autorización para el autocultivo de cannabis con fines medicinales para sus hijos/as.
Se trata de la causa “Asociación Civil Macame y otros c/ Estado Nacional Argentino- P.E.N. s/ amparo ley 16.986”, donde las mujeres solicitaron que se declare la inconstitucionalidad de toda normativa que prohíba el autocultivo de cannabis para consumo medicinal y una medida cautelar que impida toda persecución penal mientras se tramita la causa.
Manifestaron que para ellas "es necesario el autocultivo porque tienen hijos/as que tienen otras patologías, como autismo o trastornos neurológicos, que no están contemplados en la Ley Nacional de Cannabis Medicinal".
"Las madres acudimos a plantar la medicina de nuestros hijos para calmar el dolor hoy ante un Estado ausente en la necesidad urgente", expresaron las demandantes oportunamente y detallaron que actualmente la planta de cannabis está penado por la Ley de Estupefacientes 27.737 y que a la vez se contrapone con la Ley 27.350 de Uso Medicinal de la planta de cannabis y sus derivados que fue sancionada por el Congreso el 29 de marzo del año 2017, que tiene por objetivo "establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la Salud".
Se trata de la causa “Asociación Civil Macame y otros c/ Estado Nacional Argentino- P.E.N. s/ amparo ley 16.986”, donde las mujeres solicitaron que se declare la inconstitucionalidad de toda normativa que prohíba el autocultivo de cannabis para consumo medicinal y una medida cautelar que impida toda persecución penal mientras se tramita la causa.
En el fallo que llegó a la Corte, dictado por los jueces José Guillermo Toledo y Aníbal Pineda, de la Sala A de la Cámara Federal de Rosario, reconoció que "si bien la experiencia de las madres indicaría que el suministro de derivados de cannabis resultaría beneficioso para la calidad de vida de sus hijos, lo cierto es que los pacientes y sus madres cuentan con vías legales o judiciales (llegado el caso) para obtener el medicamento estandarizado"
"El marco legal demuestra que el cultivo de la planta de cannabis en un domicilio, cuya autorización constituye la pretensión en análisis, no se presenta como el único medio idóneo –ni el primero- para obtener el aceite en cuestión y así resguardar la salud del menor", añade la sentencia Judicial.
Para la cámara, las actoras "cuentan con la posibilidad de acceder al aceite de cannabis por una vía legal, reitero, ya sea a través del Estado Nacional por sí, en articulación con la provincia o a través del agente de salud al cual se encuentren afiliados los niños, ya sea por medio del programa en cuestión o por vía de acceso de excepción de medicamentos, no sno se vislumbra arbitrariedad palmaria en la conducta del Estado".
"Dicho de otra manera, el acceso al medicamento en los términos del artículo 7° de la Ley 27.350 no constituye una flagrante inconstitucionalidad y no surge de manera evidente que la normativa atacada o la negativa a otorgarle una autorización para cultivar luzcan arbitrarias de modo tal que habilite la procedencia de la vía excepcional del amparo", sintetizó la sentencia que ahora revisará la Corte
El Máximo Tribunal de Justicia del país adelantó en su agenda que también tratará el cuestionamiento a la constitucionalidad de la exigencia de someterse a un programa estatal de investigación experimental como condición para acceder de manera gratuita al aceite de cannabis y sus derivados con fines medicinales.
Este martes y miércoles se realizarán cuatro audiencias públicas en el recinto de la Honorable Cámara de Senadores.
El exgobernador Sergio Urribarri acudió con una impugnación extraordinaria para lograr llegar a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y así revertir el fallo de la Cámara de Casación Penal, que revocó un fallo de primera instancia, hizo lugar al planteo de la Fiscalía y ordenó su detención y alojamiento con prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná.
La causa inició tras allanamientos concretados en el mes de agosto, donde se constató que la pareja ahora condenada venía dosis de drogas a consumidores en presencia de menores de edad.
El tribunal de juicios y apelaciones hizo lugar al pedido efectuado por el Ministerio Público Fiscal y dispuso la prisión preventiva del ex ministro Pedro Báez, condenado por delitos de corrupción.
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia tendrá dos instancias para revisar la prisión preventiva dictada por Casación contra el ex gobernador Sergio Urribarri. Por un lado, analizará la decisión de la jueza Carola Bacaluzzo de rechazar el hábeas data, por otro, recibirá por recurso extraordinario o por queja el planteo contra la decisión de Casación de enviarlo a la Unidad Penal 1.
El acusado es un hombre de 44 años, oriundo de Lanús, que se dedica al rubor de la geriatría. Se le imputó que durante siete meses –entre agosto de 2015 y febrero de 2016- defraudó al Estado Nacional en 179.933 pesos, puesto que se sostuvo que como apoderado de un geriátrico de Concordia “habría presentado y cobrado en las facturas al INSSJ PAMI, prestaciones no brindadas a personas ya fallecidas al momento de la fecha de realización de los supuestos servicios”.
Juan Carlos Núñez, transportista, denunció que un chofer que contrató, luego de demandarlo por un despido injustificado, le ha generado el remate de sus camiones, a pesar de haber pagado parte de la deuda.
En total, fueron cuatro los procedimientos policiales realizados en los que se buscaban armas de fuego y cartuchería. Finalmente, dos de ellos dieron positivos para estupefacientes.
La Cámara de Casación concedió el recurso de Impugnación Extraordinario que presentaron las defensas del ex gobernador, Sergio Urribarri; y las de Juan Pablo Aguilera y Pedro Baez, permitiendo que lleguen al Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia a discutir los fundamentos de la resolución que los envió a la cárcel. El Alto Cuerpo dispondrá la realización de una audiencia para tratar el recurso.
Con una foto que grafica la nota, los periodistas de AHORA en Concordia, realizaron una nota en la cual se muestra a un vecino pescando en un charco. Si bien parece una ironía, aquí desarrollamos el contenido de la nota publicada por el medio de Paraná.
La Policía de Corriente informó este lunes que una persona murió tras el choque de un camión y un automovil, en Santo Tomé.