
Manifestación de los organismos de Derechos Humanos
Hoy tenemos la necesidad de manifestarnos ante la falta de quórum en el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concordia para tratar la Declaración de Interés Social, Educativo y Cultural del Acto Institucional de Señalización del Regimiento de Caballería de Tiradores Blindado N°6 “Blandengues” como Centro Clandestino de Detención.
Concordia04/12/2021

Expresamos que a lo largo y ancho del país se han instalado y se instalan señalamientos como Sitios de Memoria según el Programa nacional basado en la Ley 26.691, ante cada lugar donde funcionó un Centro Clandestino de Detención durante la Dictadura Cívico-Militar-Eclesiástica (1976-1983). Estos Centros fueron instalaciones secretas empleadas por las Fuerzas Armadas y de Seguridad para interrogar, torturar, violar y mantener detenidas ilegalmente y eventualmente asesinar a personas.
La cantidad y uso de diversas instalaciones con esos fines, se multiplicó en todo el territorio nacional a partir del golpe de estado del 24 de marzo de 1976, en el marco del Terrorismo de Estado, para ejecutar un plan sistemático de destrucción y exterminio hacia todo aquello que se oponía a su proyecto de país.
Estos señalamientos, muchas veces, están cargados de disputas y tensiones sobre los sentidos que se le asignan a un lugar, la negación de los hechos, el rechazo a la marcación del lugar. Estas cuestiones son parte también de la memoria colectiva y de la lectura que hagamos en el presente.
La construcción de la memoria y su señalización en la ciudad nos advierte acerca de las transformaciones que se dan en forma constante.

hoy condenado a cadena perpetua por delitos de lesa humanidad.
El Regimiento de nuestra ciudad también funcionó como Centro Clandestino de Detención.
Ya en 1999, en su libro Obediencia debida, el capitán José Luis D’Andrea Mohr, quien fuera un militar con coraje civil, un rebelde contra la disciplina absurda y criminal del terrorismo de Estado, demostró con documentos oficiales cómo fue elaborado y aplicado el plan sistemático de persecución y exterminio en nuestro país.
Los Familiares de Desaparecidos y Presos Políticos y Madres de Plaza de Mayo siempre buscaron VERDAD. Fueron años y años pidiendo, reclamando a los gritos que les digan dónde están, dónde los tienen, qué han hecho con ellos.
Sus hijos, de quienes nada sabían ni obtenían información, habían sido sacados de sus casas, de sus lugares de trabajo, bajados de un colectivo, sacados de formación del servicio militar y nunca obtuvieron respuestas y sí, muchas veces, recibieron amenazas.
Videla dijo “los desaparecidos no están, ni vivos ni muertos, no existen, son una entelequia”.
Entonces, las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo y los demás organismos de DDHH comenzaron a exigir justicia. El lema era “no queremos venganza, solo queremos justicia. Reclamamos JUSTICIA”.
Y fue precisamente ese largo proceso ante el Poder Judicial, que permitió, a través de los testimonios de sobrevivientes y otros testigos, y a través de la investigación y constatación por parte de los Tribunales de la Justicia Federal, la construcción de la VERDAD y con ella la construcción de la MEMORIA colectiva e histórica. Este proceso tuvo sus marchas y contramarchas: el JUICIO a las Juntas Militares (1985), apertura de causas en la Justicia, LEYES de Punto Final y Obediencia Debida, Indulto, Declaración de Inconstitucionalidad y anulación de la leyes citadas (septiembre del 2003) lo que permitió la reapertura de las causas contra los genocidas.
Recordamos que estos hechos fueron considerados por la Justicia DELITOS de LESA HUMANIDAD como parte de un GENOCIDIO. Por lo tanto no prescriben. El 2x1 no los alcanza, como lo logró demostrar y reafirmar la movilización popular de Mayo del 2017.
En el caso de los hechos ocurridos en nuestra ciudad, en este Centro Clandestino de Detención y Tortura que se señalizará el 07/12/21, fueron los jueces de la Justicia Federal quienes, recorriendo el Regimiento de nuestra ciudad, constataron in situ lo dicho por los testigos y dictaron sentencia condenatoria con dos cadenas perpetuas al entonces jefe de Regimiento Naldo Miguel Dasso y con 8 años de prisión al entonces teniente primero Gonzalo López Belsué. Además, es la Justicia quien resuelve dejar abierta la causa Área Paraná II -causa Papetti- para seguir investigando otros responsables.
Repudiamos la decisión política de los concejales que se retiraron quitando quórum para el tratamiento de la declaración de interés municipal del acto de señalización.
Creemos que el NUNCA MÁS nos comprende y compromete a todos y todas como ciudadanos.
UN PUEBLO QUE NO CONOCE SU HISTORIA ESTÁ CONDENADO A REPETIRLA
Asociación de Familiares y Amigos de Detenidos Desaparecidos y ex Presos Políticos
H.I.J.O.S.
Liga Argentina por los Derechos Humanos
Comisión Permanente de DDHH de Colón
Comisión Memoria, Verdad y Justicia de Concepción del Uruguay
Asociación de Familiares y Amigos de Desaparecidos de Entre Ríos (AFADER)
Madres de Plaza de Mayo Gualeguaychú
Agrupación H.I.J.O.S. Regional Paraná.
Agrupación H.I.J.O.S. Regional Concordia
Familiares de Detenidos Desaparecidos de Concordia y de Concepción del Uruguay
Asociación de Ex Presos La Solapa de Paraná
Memoria Colectiva de Villaguay
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Gualeguay.
Red de Organismos de Derechos Humanos de Entre Ríos (RODHER)


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