Ramos Padilla dictó una medida cautelar contra Lijo y García Mansilla

El juez Alejo Ramos Padilla dictó una medida cautelar para impedirle a García-Mansilla intervenir en las causas en trámite en la Corte y a Ariel Lijo jurar ante el máximo tribunal.

Judiciales03/04/2025TABANO SCTABANO SC
RAMOSPADILLA

El juez federal de La Plata Alejo Ramos Padilla dictó una cautelar para impedirle a Manuel García-Mansilla que intervenga en las causas en trámite en la Corte o para que firme resoluciones administrativas. El fallo se conoció minutos después de que el Senado rechazara por una amplia mayoría su pliego y el de Ariel Lijo.

Ramos Padilla tiene una causa en la que se discute la constitucionalidad del decreto 137 que firmó Javier Milei el 25 de febrero para designar a García-Mansilla y Lijo en el alto tribunal sin pasar por la Cámara alta.


A pedido de las organizaciones que intervienen en el expediente, Ramos Padilla le ordenó a García-Mansilla que se abstenga del conocimiento y decisión de todas aquellas causas jurisdiccionales y actuaciones administrativas en trámite bajo apercibimiento de sanciones penales o pecuniarias.

En igual sentido, le ordenó a la Corte Suprema que se abstenga de tomarle juramento a Lijo– algo que no parecería estar en los planes de los supremos y menos después de que el Senado rechazara su pliego.  La cautelar tiene una vigencia de tres meses.

El 28 de febrero pasado, Ramos Padilla se declaró competente para analizar las designaciones de García-Mansilla y Lijo a partir de unas presentaciones que habían hecho el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) –con las firmas de Mariano y Emanuel Lovelli–, Jonatan Baldiviezo (Observatorio del Derecho a la Ciudad), Fernando Cabaleiro (Naturaleza de Derechos) y María Eva Koutsovitis (La Ciudad Somos Quienes la habitamos).

Días después fueron el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Poder Ciudadano y el Instituto de Estudios Comparados de Ciencias Penales y Sociales (INECIP) a solicitar que declare la inconstitucionalidad del decreto 137. En la misma línea se pronunció Elisa Carrió, que fue admitida como amicus curiae (amiga del tribunal).

 
Ramos Padilla inscribió el litigio en el registro público de procesos colectivos y explicó que los afectados podrían ser los "ciudadanos del país que, como destinatarios del servicio de justicia, tienen derecho al acceso a una justicia independiente e imparcial y a que se respete la Constitución nacional".

El Gobierno quiso sacarle el caso, pero fracasó la maniobra que había diseñado el procurador del Tesoro de la Nación, Santiago Castro Videla, ya que en la justicia federal en lo contencioso administrativo de la Ciudad de Buenos Aires rechazó reclamarle el expediente a Ramos Padilla.

Tanto en la Casa Rosada como en la Corte había preocupación por el hecho de que Ramos Padilla estaba entendiendo en la causa. No fueron pocos los que explicaron por ese temor la jura a hurtadillas que tuvo García-Mansilla para sumarse a la Corte Suprema. Estuvo solo junto a un puñado de secretarios letrados y el número dos del Ministerio de Justicia, Sebastián Amerio.

 
En diciembre de 2015, Ramos Padilla, mientras era juez federal de Dolores, frenó la designación de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz que había hecho Mauricio Macri por decreto. También suspendió el tarifazo y, hacia el final del gobierno de Cambiemos, destapó el escándalo de espionaje que tenía como personaje central a Marcelo Sebastián D’Alessio. Esas acciones le aseguraron la antipatía eterna del líder del PRO. Milei no debe sentir mayor estima por el juez después de que, días atrás, dictara una cautelar para frenar la transformación del Banco Nación en una sociedad anónima.

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