Causa Maradona: Dalma y Gianinna pidieron investigar a Morla por encubrimiento de homicidio

El pedido fue presentado por los abogados de las hijas del exfutbolista, por el presunto “homicidio con dolo eventual” de Maradona y con un pedido de elevación a juicio oral de los fiscales.

Judiciales04/05/2022EditorEditor
Morla y Maradona

Dalma y Gianinna Maradona le solicitaron este martes a la justicia de San Isidro que el ex apoderado de su padre, el abogado Matías Morla, sea indagado por prevaricato, estafa procesal y por el posible encubrimiento del homicidio de Diego Armando Maradona el 2020, informaron fuentes judiciales.

El pedido fue presentado en la mañana del martes en la Fiscalía General de San Isidro por los abogados Federico Guntin y Marcelo Darío Sverdlik Warschavsky, quienes representan a las mencionadas hijas del ex astro del fútbol como particulares damnificadas en el expediente.

Culminada ya la investigación por el presunto “homicidio con dolo eventual” de Maradona y con un pedido de elevación a juicio oral de los fiscales para los ocho profesionales de la salud imputados, ahora las hijas del “10” quieren avanzar con la declaración indagatoria de Morla, quien nunca llegó a estar imputado en el expediente principal por la muerte, pero sí fue apartado como abogado de las hermanas de la víctima.

“Quien lucía en calidad de letrado actuante por las hermanas del occiso, Administrador General y ‘absoluto’ gerenciador de negocios del occiso, sería ni más ni menos, conforme pruebas de la causa, quien habría intervenido de manera activa, antes y después del fallecimiento del Sr. Maradona, en la ‘colaboración’ para cargar responsabilidades sobre personas que no la tenían”, señalan los letrados en el escrito.

Guntin y Sverdlik Warschavsky también le atribuyen a Morla de “desligar a los reales culpables, al solo efecto, no solo de apartarse de la búsqueda de la verdad, sino de conducir a un yerro manifiesto a la instrucción”.

“Resumiendo, el Dr. Matías Edgardo Morla, quien fuera apoderado del fallecido y luego de sus hermanas en la causa principal donde se investiga las circunstancias de su muerte, habría ‘asesorado’ a quienes podrían resultar penalmente responsables del homicidio del Sr. Diego Armando Maradona. Así de simple, así de burdo”, agregaron.

Dalma y Gianinna fueron más allá contra Morla y en el escrito, afirman: “El prevaricato y estafa procesal que se podría haber cometido, solo podrían ser la ‘punta del iceberg’, es decir, el principio del fin de la vida del Sr. Maradona, ni más ni menos que un supuesto encubrimiento del homicidio perpetrado contra el occiso”.

Dalma y Gianinna Maradona le solicitaron a la justicia de San Isidro la indagatoria de Morla.

En el mismo planteo, los abogados de las hijas de Maradona le piden a la fiscalía que “obligue al imputado a constituir domicilio real en el país”, ya que, según recientes manifestaciones de su propio abogado, Mauricio D’Alessandro, en un medio, Morla se ausentó del país hace ya más de cuatro meses y estaría establecido en España.

“Por todo lo mencionado, solicitamos se cite en forma urgente a prestar declaración indagatoria al Dr. Matías Edgardo Morla, por los motivos y causas expuestas precedentemente”, concluye el planteo.

Fuentes judiciales aclararon a Télam que los fiscales de San Isidro tomaron la decisión de iniciar la causa que reclama esta querella ya desde que en julio de 2021 el juez de Garantías Diego Martínez ordenó apartar a Morla como abogado de las hermanas de Maradona.

“Pero por distintas apelaciones formuladas por la defensa, recién en marzo de este año quedó en condiciones de que se formalice el inicio de este expediente”, dijo una fuente judicial.

Más acusaciones contra Morla

Esta no es la única causa que tiene en la mira a Morla, ya que una fiscal de La Plata lo citó a indagatoria junto a otros ocho acusados de su entorno, acusados de haber manipulado psicológicamente a Maradona y de haberle suministrado “alcohol, fármacos y marihuana” para apropiarse de sus marcas, aunque esta diligencia está por ahora suspendida hasta que se defina la competencia del expediente.

El 13 de abril pasado, los fiscales que investigaron la muerte del ex capitán de la selección argentina, Patricio Ferrari, Cosme Iribarren y Laura Capra, pidieron que ocho profesionales de la salud imputados vayan a juicio oral como presuntos responsables de un “homicidio simple con dolo eventual”, delito que prevé de 8 a 25 años de prisión.

El equipo fiscal consideró que sus “omisiones” y “desmanejos” colocaron a la víctima en una “situación de desamparo” y librándola “a su suerte” en el marco de una internación domiciliaria “indignante”.

El pedido fue para el neurocirujano y por entonces médico de cabecera del “10”, Leopoldo Luciano Luque (40); la psiquiatra Agustina Cosachov (36); el psicólogo Carlos Ángel “Charly” Díaz (30); la médica coordinadora de la prepaga Swiss Medical, Nancy Edith Forlini (53); el coordinador de enfermeros Mariano Ariel Perroni (41), los enfermeros Ricardo Omar Almirón (38) y Dahiana Gisela Madrid (37); y el médico clínico Pedro Pablo Di Spagna (49).

La muerte de Maradona

Maradona, la mayor figura de la historia del fútbol mundial, murió a los 60 años de un edema pulmonar y una falla cardíaca el 25 de noviembre de 2020 en una casa del barrio privado San Andrés, de Tigre, donde transitaba una cuestionada internación domiciliaria por su adicción al alcohol y luego de haber sido sometido a una neurocirugía.

La autopsia estableció que murió como consecuencia de un “edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada” y descubrieron en su corazón una “miocardiopatía dilatada”.

Una junta médica posterior concluyó con los estudios complementarios que Maradona era un paciente con pluripatologías que agonizó 12 horas antes de morir, que “no estaba en pleno uso de sus facultades mentales” y que pudo haber tenido “más chances de sobrevida” si hubiera estado en una clínica.

También sostuvo que “el equipo médico tratante” se representó la posibilidad del resultado muerte y fue “indiferente” a esa cuestión, no modificando sus conductas y plan médico/asistencial trazado, manteniendo las omisiones perjudiciales precedentemente apuntadas, abandonando 'a la suerte' el estado de salud del paciente“.

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