
Dictaron una medida cautelar que suspende la reforma laboral incluida en el DNU de Milei
La Cámara Nacional del Trabajo aceptó el pedido de la CGT y suspendió los efectos del título IV del decreto de desregulación de la economía hasta que haya una sentencia definitiva sobre la cuestión.
Judiciales04/01/2024
Editor
La Justicia del Trabajo resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU del presidente Javier Milei. Se trata del primer freno que imponen los tribunales a los alcances del decreto de necesidad y urgencia 70/2023. “Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema”, advirtió el fallo, que hasta incluyó citas a Juan Bautista Alberdi, el jurista admirado por el jefe de Estado.
Por dos votos a uno, la Cámara de feria ni siquiera esperó la justificación oficial en el expediente para defender el DNU, justo cuando estaba en juego si podía pronunciarse. Se descuenta que el Gobierno apelará la resolución ante la Corte Suprema. El Procurador del Tesoro Rodolfo Barra quería que el caso quedara bajo la órbita del fuero en lo contencioso administrativo, que ya concentró la mayoría de las presentaciones.
“Es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (arg. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)”, sostuvo el fallo de la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo.
La decisión fue firmada por mayoría por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que resolvió frenar los tramos que aluden a las modificaciones laborales. En disidencia, la tercera jueza Dora González decía que el caso había que pasarlo a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente, como había dicho la fiscalía.
“Sin perjuicio de destacar que al dictarse el decreto de necesidad y urgencia en cuestión no se le fijó fecha de entrada en vigencia, de modo tal que no lo hizo en forma inmediata a su publicación sino de conformidad con lo regulado en los art. 5° y 6° del Código Civil y Comercial, a mi entender los propios considerandos de dicho DNyU traducen -al menos en lo que respecta a la materia laboral- que no se evidenciaría objetivamente la ‘necesidad’ de adoptar tan numerosas medidas y que, aunque ello pudiera -hipotéticamente intentar justificarse en la referencias genéricas a ‘un hecho demostrado’, lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia” para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo, máxime cuando varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria al punto que se las ha incluido como integrativas del derecho penal laboral, calificadas como “leyes antievasión’”, sostuvo el voto de Sudera.
Y añadió: “No se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema ‘excepcionalidad’”.
“Por otro lado, creo pertinente destacar que resulta también una inveterada doctrina del máximo tribunal que las consideraciones genéricas expuestas en los considerandos de los Decretos de Necesidad y Urgencia resultan inhábiles para justificar el dictado de medidas legislativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional”, afirmó.


Un jurado popular declaró culpables a César Sena, Emerenciano Sena y Marcela Acuña por el femicidio de Cecilia Strzyzowski
La resolución fue anunciada este sábado luego de un cuarto intermedio tras la audiencia del viernes. Las penas se conocerán en los próximos días. De los siete imputados, solo uno fue absuelto.

Coimas en discapacidad: piden la detención de Spagnuolo y otras 5 personas implicadas en el choreo a los discapacitados.
El fiscal del caso, Franco Picardi, cree haber detectado un “esquema estructurado y sostenido de direccionamientos de contrataciones públicas”. El ex funcionario deberá presentarse en Comodoro Py el próximo 19 de noviembre a las 13:00.

Juicio por el crimen de Gusmán: se realizó la reconstrucción del hecho en Paraná.
La instancia forma parte de las pericias que se llevan adelante durante el juicio, con participación de abogados querellantes y los defensores los policías acusados de "gatillo fácil"

Su novia era 28 años menor, escapó con él, lo defendió públicamente: lo condenaron por violador
Diego Francisconi es un sujeto de 51 años que a principios de este año fue una de las personas más buscadas en el sur entrerriano porque había escapado de Gualeguaychú con su novia de 23 años. Lo detuvieron por abusar de una niña de 12 años y ahora lo condenaron a 7 años y medio.

Este martes se inicia el Juicio por Jurados contra los policías Rodrigo Molina y Diego Sebastián Íbalo, imputados por la muerte de Gabriel Gusmán, ocurrida el 25 de septiembre de 2018. El juicio es impulsado por la querella autónoma –que sostiene que se trató de un caso de gatillo fácil- porque Fiscalía desistió de la acusación por falta de evidencias. La defensa va por un accionar legítimo.

A pesar de la prueba secuestrada, los colombianos solo fueron "identificados" y deberán presentarse a defenderse a través de abogados de la matrícula, muy diferente a los argentinos, donde primero se los detiene y luego se les pide -días después cuando van a fiscalía- que nombren un abogado.

Conducía una camioneta alcoholizado, chocó contra un camión y sufrió lesiones graves
Un hombre conducía una camioneta con alto grado de alcohol en sangre y sufrió fracturas al chocar contra un camión en una curva de un camino vecinal de campo.

Duro golpe al narcotráfico: detuvieron en España al líder de la mayor banda del crimen organizado de Ecuador
Pipo Chavarría, líder de Los Lobos, fue capturado en Málaga. El hombre “es responsable de al menos 400 muertes”, dijo el ministro del Interior ecuatoriano.


Intentó realizar reparaciones en el techo de su casa y cayó al suelo: murió en el acto.
El hombre, de 81 años, sufrió un trágico accidente doméstico mientras realizaba tareas de mantenimiento en su casa. La fiscalía investiga el caso. Ya fue identificado.




