ENTRE RÍOS: Disponen la obligatoriedad de la paridad de género en la composición de las organizaciones civiles

Mediante resolución, se resolvió que las asociaciones civiles deberán incluir en su órgano de administración y fiscalización una composición que respete la paridad de género.

Provinciales11/03/2023EditorEditor
Paridad de género

La resolución Nº 57/23 de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas (DIPJ)  resolución viene a dar cumplimiento, en el ámbito de las personas jurídicas inscriptas en el registro provincial, a lo dispuesto por la Ley 10.844 de 2020, que reglamentó el artículo 17º de la Constitución Provincial.

La misma tiene como objetivo garantizar el principio de paridad de género en la conformación e integración de los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial, partidos políticos, asociaciones, colegios y consejos profesionales.

En esta línea, la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas estableció que las asociaciones civiles, fundaciones y personas jurídicas inscriptas, que tengan su domicilio en Entre Ríos, deben adecuar sus estatutos e incluir en sus órganos de administración y fiscalización una composición que respete la equidad de género. Esto es, que los órganos estén integrados por la misma cantidad de miembros de diversos géneros de forma intercalada.

En caso que la cantidad de miembros a cubrir fuera de número impar, el órgano deberá integrarse de forma mixta, garantizando la equidad posible.

“La política por la igualdad de género es permanente en el Ministerio de Gobierno y Justicia, impulsado por la ministra Rosario Romero, a través de capacitaciones, programas, normativa y acciones que promueven medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos constitucionalmente”, manifestó el director de Inspección de Personas Jurídicas (DIPJ), Lisandro Amavet.

En este sentido expresó: “Luego de un tiempo en que hemos instado a las instituciones a incorporar mujeres a los ámbitos directivos de las mismas, decidimos dictar esta norma que impone que todas las comisiones directivas y comisiones revisoras de cuentas de las asociaciones civiles y fundaciones que tengan consejo de administración temporal y electivo, deban integrarse de manera igualitaria entre varones y mujeres”.

Las estadísticas y nuestra experiencia en la dirección indican que hay muy pocas mujeres con respecto a los varones que dirigen o fiscalizan entidades civiles. Entonces, decidimos realizar una acción positiva para darle cabida a estos sentimientos de igualdad que tiene gran parte de la población. Con esta resolución vamos a promover la representación equitativa de las mujeres”, destacó Amavet.

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