El trámite obligatorio para no perder el subsidio de luz y gas: quiénes deben hacerlo
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Desde la institución que nuclea a los comerciantes y empresarios locales (CCISC) catalogan como "insuficiente" la base imponible para el impuesto a las ganancias, y que "los trabajadores independientes, pymes, emprendedores, una vez más, son ignorados y discriminados".
Concordia 29/05/2022 EditorEl ingeniero Adrián Lampazzi, Presidente del Centro de Comercio, Industria y Servicios de Concordia, referenció ante cronistas de diario EL SOL-Tele5 que "el pasado viernes, en conferencia de prensa, el Ministro de Economía Martín Guzmán anunció la actualización de la base imponible para el cálculo del impuesto a las ganancias de los trabajadores en relación de dependencia, pasando el mínimo a $280.792 a partir del próximo día 1 de junio".
No obstante, sentenció que "es una actualización insuficiente que se suma a años de actualizaciones por debajo de la inflación", y como consecuencia, "cada vez más asalariados tributan este impuesto que, conceptualmente, no debiera incluir salarios y aguinaldos".
Continuando con el tema, agregó: "Ante la pregunta al ministro de un periodista acerca del por qué no se actualizaba la base imponible a los trabajadores autónomos, el ministro prefirió desviar la respuesta para no responder".
Asimismo, se quejó respecto a que "tampoco lo hizo en ese momento el presidente de la cámara de diputados de la Nación, Sergio Massa, presente en la conferencia de prensa y quien parece querer constituirse en el encargado de solicitar actualizaciones que debieran ser automáticas, mensuales o bimestrales y teniendo en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y no un cálculo que siempre resulta perjudicial para el contribuyente, más en un contexto inflacionario ascendente y que lleva más de una década sin control y que en poco tiempo quedará, nuevamente, relegado".
Y resaltó que "lo cierto es que el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias para autónomos no se actualiza, lo que ha llevado a que hoy día un trabajador autónomo con ingresos de alrededor de $ 63.000 mensuales, por debajo del necesario para que una familia este por sobre la línea de la pobreza según el INDEC, deba comenzar a tributar un 35% de ganancias".
Más adelante, Lampazzi reconoció que "no podemos achacar por esta situación solo al gobierno, cuando el problema lleva ya mucho tiempo -y varias administraciones- sin solución. Quizás sea la clase política que, por desconocimiento u omisión, consideren que ser autónomo o profesional independiente es condición suficiente para obtener muy altos ingresos y por ello condenen no solo a pagar impuestos imposibles sino también a quienes se jubilen por éste sistema (sin importar lo que haya aportado durante su vida laboral) a recibir una magra e insuficiente para subsistir jubilación mínima".
Monotributistas
Al respecto, comparó: "Algo similar ocurre con la actualización de las escalas del monotributo, donde cada vez más emprendedores, trabajadores independientes y emprendedores PyME son “empujados” a tributar en el régimen general, no por incrementar sus ventas o actividad sino sólo por efectos de la inflación y la decisión del gobierno de no hacer las actualizaciones correspondientes ni establecer un mecanismo automático acorde. Esto no sólo hace incrementar la presión impositiva sobre el pequeño contribuyente, sino que lo expulsa del sistema, dado que, en la gran mayoría de los casos, los ingresos son insuficientes para poder afrontar los costos que supone este régimen"
"Al día de hoy -dijo- la categoría más alta del monotributo (categoría K), supone que, como máximo, el contribuyente pueda facturar por mes para continuar dentro del régimen simplificado (facturar bruto por resultados de sus ventas de cosas o servicios, no ganar) $ 388.501.32, lo que equivale a U$S 3.100 al dólar oficial o U$S 1.880 al llamado dólar “blue” por mes", explicó Lampazzi.
Y continuó: "Comparativamente con los países de la región, nuestros socios del Mercosur y bajo el mismo concepto, para estar incluido en el régimen simplificado de Uruguay hay que facturar menos de U$S 42.000 mensuales mientras que en Brasil el importe es de aproximadamente U$S 75.000. Evidentemente, no existe equivalencia alguna y en ese sentido, desde Concordia también tenemos nuestro aporte a este perverso sistema recaudatorio, por cuanto cada año, cuando se aprueba la ordenanza tributaria, la actualización de las escalas queda siempre por debajo al valor de la inflación, lo que provoca que cada vez más empresas paguen un porcentaje mayor de Tasa Comercial. Así fue que, por ejemplo, para el 2022 la actualización fue del 35% mientras que la inflación del año 2021 fue superior al 50%, más de 15 puntos porcentuales de diferencia que se suman a los de los años anteriores".
Apocalypse Now
"Claramente, nuestro país no solo no apoya a autónomos, monotributistas, trabajadores independientes, quienes conforman las pymes y micropymes, emprendimientos que debieran ser grandes empresas en el futuro en base a trabajo, inversión y, sobre todo, residencia: los combate y los condena a la extinción, mientras que el resto de los países de la región apuestan por ellos, sabiendo de que son la forma más genuina de generación de empleo, riqueza bien distribuida y ascenso social", concluyó tajantemente el presidente del (CCISC).
(N.de la R: En Uruguay buscan empresarios que quieran radicarse allí)
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