Emitieron una cautelar por las mascotas en una causa por violencia de género

En un fallo inédito para la provincia, la titular del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Villaguay, extendió la medida cautelar de protección hacia la mujer denunciante con alcance también a las mascotas convivientes.
Judiciales15/09/2021EditorEditor
La jueza Fátima Anahí Polizzi
La jueza Fátima Anahí Polizzi, titular del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Villaguay.

La jueza Fátima Anahí Polizzi, titular del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Villaguay, dictó un fallo inédito en Entre Ríos en una causa de violencia de género: extendió la medida cautelar de protección hacia la mujer denunciante con alcance también a las mascotas convivientes.

Al momento de resolver, la magistrada tuvo en cuenta un fallo dictado en mayo último por la Justicia de la provincia del Chaco, y consideró “pertinente la cautelar interesada, por estimar que las mascotas pueden ser utilizados como medios para ejercer violencia contra la mujer, maltratarla, amenazarla, y coaccionarla”.

La sentencia fue resaltada por la abogada Cecilia Domínguez, proteccionista, que actúa en la causa en representación de la víctima.

Así, y a los fines de protección de la víctima denunciante “y evitar que sus mascotas se conviertan en un medio para causar daño y sufrimiento a la misma”, resolvió ampliar las medidas cautelares resueltas en beneficio de la mujer a principios de este mes, y prohibir a la ex pareja “la realización todo acto de daño, lesión, ocultamiento, traslado o cualquier tipo de maltrato de las mascotas convivientes de la víctima”, que conviven con la víctima, “bajo apercibimiento de incurrir en el Delito de Desobediencia Judicial (…), todo ello en el marco de las cautelares de prohibición de realizar actos molestos, perturbadores e intimidatorios” resueltos el último 3 de septiembre.

El antecedente en Chaco

El 18 de mayo de este año, el juez Juan Pablo Lubary, titular del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia de Resistencia, Chaco, intervino en una causa por violencia de género: una mujer que, tras una convivencia con un hombre a lo largo de 8 años, se había separado en buenos términos, aunque en el último tiempo había empezado a ser víctima de hostigamientos por parte de su ex. El caso alcanzó un grado de virulencia tal, que la mujer denunció al hombre por haber irrumpido en su vivienda, secuestrándole dos perros. Entonces, acudió a la Justicia y pidió su restitución con el argumento de que “los mismos son parte integrante de su familia, y que representan un sostén emocional en su vida”.

En su resolución, el juez Lubary relata la mujer denunció que su ex “se llevó a sus perritos y no los regresó; ella se cansó de reclamárselos pero no los devuelve, para ella son como sus hijos y sabe que esto lo hace para lastimarla, para dañarla emocionalmente, ya que la afecta muchísimo a ella como a todo el grupo familiar. Que no se anima a ir a buscarlos por temor a que le pueda pasar algo ya que es una persona muy violenta. Sigue diciendo que solo hay tres cosas que le importan en la vida: sus hijos (a los que ya se acercó); su trabajo (la acosó) y sus ´perrhijos´ como ella los llama y con los que se quedó”.

El juez dispuso la prohibición de acercamiento del ex a la víctima, le otorgó a la mujer un botón antipánico, y además resolvió lo siguiente: «Párrafo aparte, debemos señalar que estamos en presencia de la utilización de los animales (dos perros) como instrumentos para causar daño y sufrimiento psicológico a la Sra. N. A. B. y sus hijos. En estas situaciones, los animales son utilizados como chivos expiatorios, mecanismos para maltratar a la pareja o los hijos, para someterlos, amenazarlos, para evitar que se vayan y/o para asegurar su silencio respecto a su situación de víctimas».

Y agrega: «Además, esta situación es una preocupación que perdura, aunque se haya abandonado la relación de violencia como en el caso de autos, ya que los animales han sido retenidos en casa del presunto maltratador, encuadrándose además en una situación de violencia psicológica conforme ley Nº 26485 de Protección Integral a las Mujeres (…). Para entender el sentido que tiene este tipo de violencia muy pocas veces denunciado o analizado en el ámbito judicial, es preciso comprender el sólido vínculo existente entre las personas y los animales como ocurre en el caso de autos».

Así, ordenó la restitución a la mujer de dos canes «los cuales se encuentran en la vivienda del denunciado»

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