FUERO VIOLENCIA DE GÉNERO PROPUESTA PARA UN SERVICIO DE JUSTICIA MÁS EFICAZ

La necesidad de un fuero de VIOLENCIA DE GENERO como propuesta para un servicio de justicia más eficaz en Entre Ríos, es apoyado en esta nota de la abogada Petit quien ha sido diputada nacional, autora de libros y se ocupa, principalmente, de cuestiones de género y constitucionales en el ejercicio del derecho.

Concordia 02/03/2023 TABANO SC TABANO SC
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Dra. Maria de los Angeles Petit

FUERO UNICO DE VIOLENCIA DE GÉNERO

UNA PROPUESTA PARA DAR UN SERVICIO DE JUSTICIA MÁS EFICAZ

Por la Dra. María de los Ángeles Petit

Abogada, ex diputada Nacional, 

 

La creación de un foro único para violencia de género es algo necesario y fundamental para avanzar  en la aplicación no solo de las normas nacionales  y las convenciones internacionales  sino en la indispensable perspectiva de género con que los jueces deben analizar las causas en que una mujer es víctima.

Si bien existen experiencias en algunas provincias del país, Entre Ríos no ha sido capaz de analizar la creación de estos fueros que darían respuesta a los graves problemas que enfrenta el poder judicial frente a las cada vez más complejas situaciones de violencia que se generan y se denuncian.

 La Ley 26.485, aprobada en el año 2009 ha quedado obsoleta en su clasificación de violencias y modalidades de violencia básica, por lo que es importante comenzar a analizar una reforma que contemple más garantías en los procedimientos policiales y judiciales.

Como abogada que litiga especialmente esta temática, a diario se producen graves problemas  en la forma en que  los jueces, de los fueros civil y laboral, interpretan las normas procesales, conjugando los códigos procesales , civiles o laborales, con las leyes de género, los que producen inseguridad jurídica para ambas partes, victimas y agresores.

En estos días, 2 casos pueden demostrarlo claramente. Con reserva de los expedientes por publicas razones  y porque la ley determina claramente que los expedientes de violencia son reservados, a menos que la victima dé su consentimiento,  uno de ellos plantea claramente la falta de perspectiva de género y la falta de compromiso para asumir la problemática en los fueros judiciales.

En uno de ellos, realizada una denuncia por violencia de género, se gira para su intervención la causa al Juzgado Civil y Comercial Nro. 3 de Concordia  quien no solo se declara incompetente, sino que además, deja sin protección a la víctima, violando lo establecido en la Ley 26485 de   y la Convención de Belem Do Para, que determina que el juez  que interviene en primera instancia, aun siendo incompetente debe dictar las medidas preventivas para proteger a la víctima. Apelada, la  falta de dictado de medidas, no así la competencia, Sala I Civil y Comercial de Concordia dictan las medidas directamente, en voto dividido, pero dejan vigente la declaración de incompetencia, derivando la causa a la Justicia Federal.

 El  Juzgado Federal de Concordia, se declara incompetente y devuelve el expediente al Juzgado Civil y Comercial 3 y en un día, el Juzgado Civil se lo reenvía para que sea girado a la Corte Suprema.

Si bien  las medidas preventivas están vigentes, al tratarse de medidas autosatisfactivas, las próximas acciones judiciales son independientes y de competencia provincial, me pregunto qué habría pasado si eran necesarias otras acciones de protección. Quién protege a la victima?

Que juez, que justicia, que fuero la protege?

En el segundo caso, una denuncia por violencia en el ámbito de una audiencia, es girada al Juzgado Civil y Comercial Nro. 1 de Concordia, quien dicta las medidas preventivas y se declara incompetente  y remite la causa a la Cámara  Contencioso Administrativa de Concepción del Uruguay,  quien se declara incompetente y la remite a la Sala Civil 1 de Concordia quien se declara incompetente y desde allí la causa se remite al Superior Tribunal de Justicia  y algunos meses, bastante tiempo después, en un Acuerdo resuelve que la competencia es de la Sala Civil 1 de Concordia.

En estos dos procesos actúo como abogada y en uno de esos casos como víctima.

Son solo 2 causas de muchas que se producen en la Provincia. Una denuncia contra la Municipalidad de Crespo por violencia laboral paseó algunos meses entre el Juzgado de Paz, el Juzgado Laboral, la Fiscalía especializada en Género de Paraná, la Cámara Contencioso Administrativa de Paraná y terminó en el Juzgado de Paz nuevamente.

Esta es la realidad a la que  nos enfrentamos los abogados especialistas en género, que litigamos todos los días y que además de conocer el derecho debemos poseer herramientas sicológicas para proteger, guiar y cuidar a las víctimas durante el tedioso proceso judicial.

Desconocimiento, falta de compromiso, de empatía, por parte de los jueces civiles y comerciales. 

Por ello, la creación de un fuero único de violencia seria al menos, un esfuerzo del Poder Judicial para lograr que las victimas puedan ser beneficiadas por los principios de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva.

Un análisis más profundo  merece el alto  costo del acceso a la  Justicia para las víctimas de violencia de género.

Desde hace tiempo lucho por una justicia más comprometida. La creación de un fuero único, propuesta de la Dra. Susana Medina de Rizzo, debe considerarse seriamente  y no ser obstaculizado por problemas presupuestarios o decisiones políticas.

La realidad nos empuja a buscar respuestas en un mejor servicio de justicia.  

 

 

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