

La reforma de la Ley de Bienes Personales que el Senado de la Nación sancionó el pasado miércoles eleva los mínimos no imponibles a seis millones de pesos, para objetos particulares, y a treinta millones para las casas.
Vale recordar que desde el Ministerio de Economía, Martín Guzmán subrayó que con la sanción de las modificaciones al impuesto a los Bienes Personales, 131.000 contribuyentes dejarán de pagar el tributo.
"El proyecto de modificación de Bienes Personales es Ley. Una medida equitativa que mejora el sistema tributario argentino", sostuvo Guzmán al retuitear un hilo de mensajes emitidos por el Ministerio de Economía tras la aprobación de la iniciativa en el Senado.
Cuáles son los 6 principales puntos de la medida:
1- Se modifica el art. 24 de la ley 23.966 de impuesto sobre los bienes personales a fin de incrementar el mínimo no imponible de dos a seis millones de pesos. En el caso del inmueble destinado a casa-habitación, el piso se establece en 30 millones de pesos, cuando antes era de 18 millones de pesos.
2- Se dispone que estos montos se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del INDEC correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior.
3- A los fines de utilizar el índice mencionado no resultan aplicables las disposiciones del artículo 10 de la ley 23.928 (ley de convertibilidad) y sus modificaciones, que prohíbe la indexación de deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios.
4- Se añaden dos nuevos tramos para los bienes nacionales de 1,50 % y de 1,75 % para las porciones de las bases imponibles que superen los 100 millones y 300 millones de pesos, respectivamente.
5 - Se modifican las alícuotas para los bienes situados en el exterior y se establecen porcentajes que van del 0,70 % al 2,25 %. Asimismo, se delega en el Poder Ejecutivo nacional la facultad de disminuir estos porcentajes para el caso de activos financieros situados en el exterior, en caso de verificarse la repatriación del producido de su realización, supuesto en el que podrá fijar la magnitud de la devolución de hasta el monto oportunamente ingresado.
6 -Se faculta al Poder Ejecutivo nacional a incrementar, durante el año fiscal 2022, los montos previstos en el inciso z) del artículo 26 (exención para el sueldo anual complementario) y en el anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.


Cada legislador provincial cuesta $1.215.574.116,00.- al año: cómo está compuesto ese gasto

Sube el riesgo país y se acerca a los 600 puntos: Alcanza el valor más alto en cinco meses

Caputo atribuyó la caída de la actividad económica al clima, el gas y el Mundial

Cerraron más de 31.300 empresas desde que asumió Javier Milei, un 6,1% del total

Suben 130% los peajes en la Autovía 14: las estaciones alcanzadas y modalidades de pago

Un camión perdió el control y chocó contra un auto en la Ruta 12: cuatro heridos y reportan 4 kilómetros de fila

Dibu Martínez fue operado con éxito por la fractura de maxilar, pero se pierde la fecha FIFA

Adiós a Fray Claudio Bedriñán: una vida dedicada al estudio bíblico, la fraternidad y el servicio pastoral

Un médico reactualiza la idea del "sordo" Medina de construir un hospital infanto-juvenil de alta complejidad en Concordia.

.





