Concordia Por: Editor03/06/2021

La Comisión Directiva de la Delegación Concordia del C.P.C.E.E.R. Informa que habrá cambios en el monotributo

Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos - Delegación Concordia (CPCEER), informan que la AFIP-DGI, mediante el dictado de la R.G. 5003  (B.O. 02/06/2021), implementó  la aplicación de la Ley 27.618 y el Decreto Reglamentario 337/2021.

De esta manera los cambios más importantes que podemos destacar son los siguientes:

1) Se incrementan las escalas del monotributo, en un 35,31%, con efecto retroactivo al 01/01/2021. Esto implica que los contribuyentes pueden permanecer en la misma categoría facturando hasta un 35,31% más, comparando con la escala  vigente durante  el año 2020.


2) Se incrementan los importes de los conceptos que forman parte del monotributo nacional en un 35,31% en forma retroactiva al 01/01/2021.
A modo de ejemplo; contribuyente que estaba en la categoría A de monotributo (componentes nacionales):


 
3) Estos incrementos   son retroactivos al 01/01/2021. Por tal motivo seguramente existirán diferencias durante los meses de enero a mayo del presente año. La AFIP-DGI pondrá a disposición de los contribuyentes en su cuenta corriente, esas diferencias de categoría y se podrán cancelar sin intereses  hasta el 20/07/2021.

4) También es importante destacar que la AFIP-DGI, procedió a realizar una recategorización de oficio de todos los contribuyentes monotributistas, tomando en cuenta las nuevas escalas que comenzaron a regir en forma retroactiva. Esta recategorización de oficio es retroactiva al 01/02/2021.

5) Si el contribuyente no está de acuerdo con la recategorización de oficio que efectuó el fisco, existe la posibilidad de reclamar hasta el 25/06/2021. En caso de no hacer nada, queda vigente la categoría asignada por la AFIP-DGI.

6) Se eleva el precio unitario máximo de los bienes que podrán vender los monotributistas a $ 39.398,76.

7) Estas modificaciones también afectan al componente del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Recordemos que la ATER durante el año 2020 se adhirió al Monotributo unificado nacional. Pero los efectos en este componente son distintos, debido a que por el momento no han sufrido incremento.
A modo de ejemplo si el contribuyente estaba pagando Monotributo categoría A y luego de la recategorización de oficio que practico recientemente el fisco, permanece  en la misma categoría  A, no tendrá diferencias a pagar por este concepto durante los meses de febrero a mayo del corriente año.

8) También la nueva legislación prevé un marco normativo especial, que permite armonizar la transición hacia el régimen general  tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los contribuyentes.  La legislación habilitó un puente que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos, experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación a la legislación anterior.

9) Los  monotributistas  promovidos que únicamente venían pagando el componente de autónomo se van a ver afectados por estos cambios, en forma retroactiva, debiendo pagar las diferencias por los períodos de enero a mayo sin intereses hasta el 20/07/2021. Estos contribuyentes venían pagando $ 745,49, ahora deberán pagar $ 1.008,72, surgiendo una diferencia mensual a regularizar de $ 263,23.

10) Los monotributistas sociales que únicamente abonan el concepto de obra social pagaban $ 520,61, ahora deberán comenzar a abonar $ 704,44, debiendo pagar las diferencias desde enero a mayo del corriente año, de $  183,83 por cada mes.


Como se puede apreciar los cambios introducidos recientemente en el régimen de monotributo son muy importantes y ocasionando una  enorme tarea administrativa, ante cualquier duda no deje de consultar a un CONTADOR MATRICULADO, son los únicos que están capacitados para dar un asesoramiento acorde a los constantes cambios normativos.

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