Judiciales Por: Editor23/08/2021

¿La monja carmelita descalza condenada termina en la cárcel?

«Es inminente la orden de detención», respondió el fiscal Jorge Gamal Taleb respecto de la situación de la monja concordiense Luisa Toledo, expriora del Monasterio de la Preciosísima Sangre y de Nuestra Señora del Carmen, de Nogoyá, condenada en 2019 a 3 años de prisión efectiva que le impuso un tribunal por el delito de privación ilegítima de la libertad en perjuicio de dos religiosas.

El miércoles 18 de este mes, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) denegó el recurso extraordinario federal presentado por los defensores de la monja, Miguel Cullen y Guillermo Vartorelli. En su voto, el vocal Daniel Carubia sostuvo que «es evidente que el recurso extraordinario así intentado se revela palmariamente inadmisible y debe denegarse su concesión», posición que compartieron Miguel Giorgio y Claudia Mizawak. De ese modo, el alto cuerpo rechazó la vía de recurrir el fallo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El 4 de junio último, la misma Sala había rechazado un recurso de queja presentado por los defensores de la religiosa.

Aunque según dijo el defensor Cullen, irán en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación tras el revés en el STJ. De igual modo, aseveró el fiscal Taleb, ese recurso no traba el efecto de la detención de la religiosa.

La monja  Toledo, exprioira del convento carmelita de Nogoyá, fue condenada el viernes 5 de julio de 2019 a la pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo en la Unidad Penal N° 6 de Paraná. El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay la halló culpable del delito de privación ilegítima de la libertad en perjuicio de las excarmelitas Silvia Albarenque y Roxana Peña, a quienes durante años impidió la salida del Carmelo, y a las que sometió a la aplicación de violencia, amenazas y tormentos que no estaban establecidos en las constituciones de la orden religiosa.

Luego de la confirmación de la condena por parte de la Cámara de Casación Penal y, luego, de la Sala Penal del STJ, y el rechazo al recuso federal, queda el camino allanado para que la religiosa, que está en libertad, pueda ser llevada detenida a la Unidad Penal de Mujeres de Paraná al hacer efectiva la condena. «El hecho de que la defensa presente un recurso de queja para insistir con ir a la Corte no cambia esa situación. La Corte tiene fallos en los que ha dicho que la queja no suspende la ejecución de la sentencia. El STJ devuelve el expediente al Tribunal de Juicio de Gualeguay, y este tribunal es el que manda a detenerla», apuntó Taleb.

Antes, el 29 de diciembre de 2020, la Cámara de Casación Penal confirmó la condena de la religiosa. Al llegar a Casación, Miguel Cullen, defensor junto a Guillermo Vartorelli de la religiosa, señaló que «la sentencia contiene contradicciones entre los hechos reales sustanciales y lo que termina decidiendo cuando aplica la norma, es decir se contradice en sus propios términos». La defensa de la monja planteó que el juzgamiento de las conductas de Luisa Toledo «importa inmiscuirse en cuestiones internas de la iglesia, el fallo no respeta la libertad de culto consagrada por la Constitución Nacional -ya que interpreta, reinterpreta y reescribe las normas eclesiásticas- y esa fue la gran discusión que se dio durante todo el trámite de este proceso, en el que lo que se puso en juego fueron las normas de los monasterios de clausura como los regula la Iglesia Católica».

El 5 de julio de 2020, la monja Luisa Ester Toledo, expriora del convento carmelita de Nogoyá, fue condenada  a la pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo en la Unidad Penal N° 6 de Paraná. El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay la halló culpable del delito de privación ilegítima de la libertad en perjuicio de las excarmelitas Silvia Albarenque y Roxana Peña, a quienes durante años impidió la salida del Carmelo, y a las que sometió a la aplicación de violencia, amenazas y tormentos que no estaban establecidos en las constituciones de la orden religiosa.

Cuando emitió el fallo, el  tribunal de Gualeguay había morigerado la pena que había pedido el Ministerio Público Fiscal, 6 años y medio, por cuanto consideró la avanzada edad de Toledo, su estado de salud y el hecho de haber vivido casi toda su vida enclaustrada en un convento. En su resolución, desechó los argumentos de la defensa, y consideró probados los hechos –el convento convertido en una cárcel “inexpugnable”, con cámaras de seguridad, cerco perimetral de alambre de púa y vidrio molido, muchas puertas con llaves, la existencia de vigilancia en el “locutorio”, el lugar donde las religiosas del claustro recibían visitas-, y condenó a la monja por el delito de privación ilegítima de la libertad agravada bajo la utilización de violencia y amenazas.

En su presentación, los defensores de la religiosa señalaron que «los fallos interpretaron como castigos costumbres arraigadas en la Iglesia Católica y entendieron como antinatural el enclaustramiento voluntario de las denunciantes, omitiendo considerar la situación de la denunciada y las testimoniales de las monjas Miño y Marín, que ratificaron lo que dicen las Constituciones y los ceremoniales del convento». Además, expresaron que la queja fue rechazada «de manera arbitraria, dado que el Superior Tribunal puso en cabeza de la defensa la carga de señalar la importancia de las declaraciones de las testigos de descargo mencionadas anteriormente, y que no fueron contestados todos los agravios planteados en la instancia casatoria, sino que dicha Cámara sólo se remitió textualmente a lo dicho por el Tribunal de Juicios, de modo que, al rechazarse la queja, se convalidó una sentencia que no se adecua a los términos constitucionales por no hallarse suficientemente fundada».

@diarioelsolconcordia

Te puede interesar

Narcotráfico: Condenan a dos clanes narcos que operaban desde las cárceles de Victoria y Gualeguay

El TOF sentenció a 18 personas vinculadas a las organizaciones “Clan Millen” y “Clan Luque, que coordinaban la distribución de drogas desde las unidades penales N° 7 y N° 5. Las penas van de 3 a 6 años y medio de prisión.

Escándalo en la causa Cuadernos: el Tribunal aceptó un video editado

Una declaración del chofer Oscar Centeno donde confiesa que no conoce a ejecutivos de Isolux ni vio plata podría hacer naufragar el juicio del siglo de la corrupción kirchnerista. El arrepentido De Goycochea dio detalles de la entrega de fondos habilitados desde España.

Imputaron a Manuel Adorni por presunto enriquecimiento ilícito

El fiscal Gerardo Pollicita pidió una serie de medidas para evaluar los bienes del actual jefe de Gabinete y avanzar en lo que respecta a la acusación mencionada.

Liberaron al uruguayo que tenía pedido de captura internacional

Carlos Damián Araujo, quien poseía un Pedido de Captura Internacional (Alerta Roja) solicitado por Interpol de la República Oriental del Uruguay (R.O.U.)., fue detenido en el barrio Belgrano Sur, tras una persecución por el arroyo Manzores, este miércoles fue ordenada su liberación por la causa iniciada en Concordia pero seguirá detenido en mérito a que tiene un trámite de extradicción con su país. 

Nahir Galarza salió de la cárcel y viajó a Gualeguaychú por una visita autorizada por la Justicia

La joven de 27 años fue trasladada desde la Unidad Penal N° 6 de Paraná hasta su ciudad natal para visitar a su abuela materna, en el marco de un permiso humanitario excepcional.