Internacionales Por: Editor 08/07/2023

La justicia chilena condena por siete delitos sexuales al agresor que sacó a la calle a las feministas

La justicia chilena ha declarado culpable este viernes a Martín Pradenas, de 31 años, de siete delitos sexuales perpetrados contra seis víctimas entre 2010 y 2019. El caso que ha sido seguido con alto interés por la opinión pública chilena arrancó con la denuncia de violación a Antonia Barra, cuando ella tenía 21 años. La joven se suicidó tres semanas después de la agresión, en octubre de 2019, conmocionando al país y movilizando a las feministas en busca de justicia. Es el segundo juicio oral que enfrenta Pradenas. El Tribunal Supremo anuló el pasado diciembre el primer proceso, tras acoger un recurso de la defensa que acusaba falta de imparcialidad por parte de uno de los jueces. La condena entonces fue de 20 años de cárcel. La sentencia de este nuevo juicio se conocerá el 28 de julio próximo. La Fiscalía y la familia de Barra piden 40 años de prisión.

La joven Antonia Barra quien se suicidó después de ser violada, supuestamente por Pradenas.

Pradenas, quien siempre se ha declarado inocente, se encuentra en prisión preventiva desde 2020. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco (a unos 650 kilómetros al sur de Santiago) lo ha declarado culpable por dos delitos de violación a personas mayores de 14 años, cuatro abusos sexuales a una mayor de 14 y otro a una menor de 14. El juez José Ignacio Rau Atria sostuvo esta mañana que se reunieron pruebas de víctimas, testigos y agente de la Policía de Investigaciones que “en general y en lo fundamental, no fue contradicho por prueba de la contraria”. “Las pruebas han sido concordantes, consistentes, complementarias y suficientes. Se han valorado de acuerdo a los estándares legales, los parámetros que concurren desde el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y las perspectivas de género e infancia y de adolescencia”, añadió.

La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, valoró el veredicto de la justicia. “Los estándares suscritos por el Estado chileno en la convención Belém Do Para, instrumento internacional suscrito desde los años 90, nos obligan a la debida diligencia a no revictimizar y a garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia de género y sus familias”, sostuvo la ministra, que milita en el mismo partido que el presidente Gabriel Boric, Convergencia Social, y muy cercana a él.

El caso de Antonia Barra ha sido un símbolo de la lucha feminista en Chile. De acuerdo al relato del fiscal, Barra llegó el 17 de septiembre de 2019 a una discoteca de Pucón, en la sureña región de la Araucanía. En el recinto, Pradenas la acosó por horas y la convenció para salir del lugar. Entre las pruebas del Ministerio Público, un vídeo la muestra caminando con dificultad junto a Pradenas. Según las pruebas, estaba en estado de ebriedad. A la mañana siguiente, la víctima llamó llorando a la amiga con la que fue a la discoteca y le dijo que Pradenas la había encerrado en una cabaña.

Según el fiscal, cuando sus amigos fueron a buscarla, Barra se veía muy afectada y no contó lo ocurrido. El 12 de octubre le relató a su ex novio que Pradenas la había violado, de acuerdo a los mensajes encontrados en su móvil. Al día siguiente, se despidió del chico, y a las pocas horas, se quitó la vida.

En julio de 2020, los tribunales ordenaron solo el arresto domiciliario a Pradenas, pese a las peticiones de la Fiscalía de decretar la prisión preventiva. La decisión sacó a la calle a miles de mujeres en diferentes ciudades del país. Días después de las protestas, el Ministerio Público revocó la medida cautelar y dictó la prisión preventiva por considerar que Pradenas constituía un peligro para la sociedad. El caso de Barra impulsó a otras víctimas del agresor a contar sus testimonios ante la justicia.

Desde entonces, Alejandro Barra, padre de la víctima, junto con organizaciones feministas, se han movilizado para que el suicidio femicida tenga persecución penal. A finales de 2022 se promulgó la Ley Antonia, la que establece que la persona que “con ocasión de hechos previos constitutivos de violencia de género, cometidos por éste en contra de la víctima, cause el suicidio de una mujer, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo como autor de suicidio femicida”.

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