
¿Yo, señor?
No, señor.
El cuento de la buena pipa se coló en medio de la definición de la situación carcelaria del exgobernador Sergio Urribarri, y de su exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, más el cuñado del primero, Juan Pablo Aguilera. Los tres resultaron condenados en el Megajuicio que se sustanció entre 2021 y 2022.
Urribarri recibió una pena de 8 años de cárcel; Báez y Aguilera, 6 años y 6 meses de prisión cada uno. Todos recurrieron esas condenas, y esta última semana la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisibles los recursos extraordinarios que presentaron y, así, dejó firme aquellas condenas sin siquiera leer el recurso extraordinario.
Lo que siguió fue la petición flash del Ministerio Público Fiscal para que se los detenga y se los derive a la Unidad Penal N°1, de Paraná. El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná primero elevó consulta a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), y después resolvió hacer lugar al pedido y librar las órdenes de detención de los tres y su alojamiento en la cárcel de la capital provincial.
Los defensores de Urribarri y de Báez acudieron al tribunal y argumentaron razones de salud para evitar el encarcelamiento y solicitaron arresto domiciliario. Pero ese trámite no prosperó.
En el medio, el Servicio Penitenciario de Entre Ríos anotició al Tribunal de Juicios que en la Unidad Penal de Paraná no sería posible alojar a Urribarri, Báez y Aguilera.
Juan Santiago García, subdirector del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, elevó un escrito a la jueza María Carolina Castagno e indicó que la Unidad Penal de Paraná “no reúne las condiciones óptimas para brindar el alojamiento de los nombrados, teniendo en cuenta su edad avanzada y que en la actualidad a la población que aloja dicha institución carcelaria es de 1.066 internos. En este sentido los pabellones se encuentran con alta densidad de población, contando además solo con lugares comunes para que transiten su condena”.
Sugirió derivarlos a la Unidad Penal N° 9, de Gualeguaychú.
¿Quién debería resolver la situación?
“En mérito a lo expuesto, habiendo adquirido firmeza la sentencia de condena dictada por éste Tribunal en fecha 07.04.2022, corresponde ordenar la inmediata detención” de Urribarri y Aguilera, “y su alojamiento en la Unidad Penal N° 1, a fin de dar inicio a la ejecución de la pena impuesta”, dice la resolución firmada por los jueces María Carolina Castagno, Elvio Osir Garzón y Julián Carlos Vergara. A la vez, dispuso el traslado de Báez “desde su domicilio ubicado en calle Juan Manuel Jozami 2123 de la ciudad de Paraná, donde se encuentra cumpliendo prisión preventiva bajo modalidad de arresto domiciliario, a la Unidad Penal N° 1, a fin de dar inicio a la ejecución de la pena impuesta”.
El Servicio Penitenciario planteó la duda, pero nadie la develó.
La jueza de Ejecución de Penas de Paraná Cecilia Bértora sostuvo que en el «Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad a mi cargo no se ha recibido sentencia y cómputo» de las penas aplicadas. «Cabe destacar que dicha solicitud ya fue receptada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones, habiéndose dispuesto que oportunamente se hará saber a esta Magistratura, para que en el ámbito de las competencias que son propias de este organismo, se decida sobre el particular tomando en consideración los extremos suficientes y necesarios para resolver lo que corresponda legal y adminstrativamente, para mejor resguardo de los derechos del peticionante», expresó la jueza.
Y agregó: «Conforme a lo expuesto, no corresponde que me expida, debiendo estarse a la recepción de la documentación mínima necesaria para dar comienzo a la ejecución de la pena, como son la sentencia firme y cómputo de pena -el cual se encuentra en etapa de confección al día de la fecha-«.
Al cierre de esta edición, Urribarri, Báez y Aguilera seguían en la Unidad Penal de Paraná a la espera que se resuelva el entuerto judicial, y por eso entre los defensores circuló la posibilidad de presentar un hábeas corpus, que finalmente se desechó.
«No sé cómo van a resolver, no sé cómo van a terminar. No era urgente detenerlos el viernes, a las ocho y media de la noche, porque se generó un kilombo administrativo, máxime cuando no había peligro de fuga. Se había hablado que fuera el lunes la detención, porque formalmente la Corte todavía no ha notificado de la sentencia. Ojalá resuelvan», analizó una fuente que conoce el caso.
FUENTE: ENTRE RIOS AHORA.
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¿Yo, señor?

