Cuáles son los requisitos y montos de la jubilación anticipada

Alberto Fernández y todos los ministros firmaron el decreto que oficializó la medida que beneficiará a aquellas personas con 30 años de aportes, pero que no alcanzan la edad jubilatoria.

Nacionales30/09/2021EditorEditor
jubilacion anses

El Gobierno oficializó el plan de jubilación anticipada para aquellas personas que cuentan con 30 años de aportes pero que no alcanzan la edad jubilatoria, fijó los requisitos y determinó el monto del haber que percibirán. El Decreto 674/2021 firmado por el presidente Alberto Fernández y todo el Gabinete de Ministros fue publicado este jueves en el Boletín Oficial.

Tendrán derecho a la “Prestación Anticipada” las personas que cumplan los siguientes requisitos: haber cumplido 60 años de edad los varones o 55 años de edad las mujeres; acreditar 30 años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el régimen de reciprocidad; poder acreditar encontrarse en situación de desempleo al día 30 del mes de junio de 2021. El Gobierno aclaró que “solo podrán reconocerse años de servicios con aportes efectivos”.

El monto del haber que percibirán las personas beneficiarias de la Prestación Anticipada será el equivalente al 80 % del haber calculado a la fecha de solicitud. Una vez alcanzada la edad jubilatoria requerida (60 años para las mujeres y 65 años para los varones), los beneficiarios pasarán a percibir el 100% del haber de forma automática.

Además se determinó que la Prestación Anticipada “tiene carácter extraordinario”, por lo que ”no corresponde su otorgamiento en cualquier supuesto en que la persona afiliada tenga derecho a un beneficio de tipo ordinario; si la misma se encontrara otorgada, se extinguirá en el supuesto en que la persona beneficiaria se incapacite y acceda a las prestaciones de Retiro por Invalidez establecidas en la Ley N° 24.241″. En tanto, “su solicitud podrá efectuarse dentro de los dos años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente”.

El goce de la jubilación anticipada es incompatible con la realización de actividades en relación de dependencia o por cuenta propia, y con la percepción de cualquier tipo de planes sociales, pensiones graciables o no contributivas, jubilación, pensión o retiro civil o militar, ya sean nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.

En los considerando, el Poder Ejecutivo justificó la decisión amparándose en la crisis económica heredada de la gestión anterior y profundizada por las consecuencias del coronavirus: “Se trata de una medida basada en el principio de solidaridad, reconociendo el esfuerzo contributivo de las personas y las dificultades para obtener ingresos suficientes afectados por la crisis económica previa y durante la pandemia de COVID-19″. Y se explicó que es una medida “de carácter urgente” dado que “garantizará ingresos permanentes a personas que hoy se encuentran en situación de vulnerabilidad, a la vez que les otorgará cobertura sanitaria, una protección de suma relevancia atendiendo a que la pandemia sigue vigente”.

ANSES prevé que entre 20.000 y 30.000 ciudadanos y ciudadanas podrán jubilarse en 2021, con un haber promedio de $50.000. Los turnos para solicitar a la Prestación Anticipada comenzarán a darse a partir de este 1 de octubre.

“Está destinado a hombres y mujeres que ya han trabajado mucho, que tienen los 30 años de aportes y que no le deben nada al Estado pero todavía les falta la edad. En su mayoría, el 90%, son varones que van a tener, a partir del DNU, la posibilidad de jubilarse. Somos un Gobierno que piensa cómo salir de la dificultad con respuestas y soluciones concretas”, destacó Raverta.

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