Reforma previsional: qué cambia y desde cuándo regirá la nueva edad jubilatoria

La ley fija nuevas edad de retiro para estatales. No obstante, no será inmediato. Cuándo regirán las nuevas exigencias en la Provincia.
Provinciales02/08/2026TABANO SCTABANO SC

CAJA

La Cámara de Diputados de Entre Ríos aprobó en las últimas horas la Reforma Previsional enviada por el Poder Ejecutivo. La iniciativa establece varios cambios en el modelo jubilatorio provincial, con el especial objetivo de reducir el déficit del sistema, que supera los 40 mil millones de pesos mensuales.

En ese contexto, entre otros puntos, la administración de Rogelio Frigerio estableció en la norma nuevas edades para las jubilaciones ordinarias. Actualmente, los estatales se pueden retirar a los 57 años -mujeres y 62 años -varones-, pero ahora eso cambió: será 60 años y 65 años respectivamente.

No obstante, cabe destacar, el aumento de la edad no será inmediato: este esquema de incremento será progresivo (a razón de seis meses de edad por cada año calendario) y comenzará a implementarse a partir del 1 de enero de 2031. Durante los próximos cinco años continuarán aplicando los requisitos vigentes anteriores al texto.

En otro orden, y dada las críticas que se habían suscitado, el oficialismo decidió retirar del proyecto el artículo que fijaba que quienes ingresaran al Estado provincial luego de aprobada la ley se jubilarían a los 68 años.

Otras claves del proyecto

Cálculo de haberes ordinarios

A partir de la reforma, el haber de la jubilación ordinaria se calculará como el 82% del promedio actualizado de las últimas 180 remuneraciones mensuales brutas (es decir, los últimos 15 años de aportes). Las jubilaciones por invalidez y por edad avanzada equivaldrán al 70% de dicho promedio de remuneraciones.

Regímenes especiales

Quienes accedan a jubilaciones ordinarias especiales (como docentes, servicio penitenciario o tareas de radiología) deberán continuar efectuando el aporte personal solidario previsto para los activos hasta que alcancen la edad de la jubilación ordinaria común. Una vez cumplida esa edad, cesará la obligación de aportar.

En cuanto a las pensiones, el haber será equivalente al 70% del beneficio que gozaba o le hubiera correspondido al causante. Por último, se dictamina que el beneficio de pensión se extingue definitivamente por nuevo matrimonio o unión convivencial. 

Declaración de Emergencia

El primer título del proyecto aborda la urgencia de financiar la Caja de Jubilaciones y Pensiones, abarcando a los tres poderes del Estado provincial, municipios adheridos y entes descentralizados. Se declara el estado de emergencia económica y financiera del sistema previsional provincial hasta el 31 de diciembre de 2027, un plazo que el Poder Ejecutivo podrá prorrogar por dos años más.

 Aportes Extraordinarios

Se establece un aporte personal extraordinario adicional para los trabajadores activos que perciban haberes superiores a $3.000.000. Este aporte será progresivo según una escala salarial: comienza en un 1% para quienes ganen entre $3.000.001 y $4.000.000, y asciende hasta un 8% para los salarios nominales de $16.000.001 en adelante. 

Además, los aportes patronales que deben realizar los empleadores se incrementan en un 3% con carácter excepcional y durante la vigencia de la emergencia. Entre otros puntos, se autoriza a establecer límites máximos a los beneficios que superen el equivalente a 15 haberes mínimos.

 

 

Fuente: AHORA

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