Aumentan las jubilaciones en julio: de cuánto será la mínima

La ANSES oficializó los nuevos montos para el sistema previsional y prestaciones clave, en línea con la actualización mensual según el Índice de Precios al Consumidor Nacional
Nacionales30/06/2026TABANO SCTABANO SC

anses

Tal como sucede cada mes, el Gobierno nacional oficializó un nuevo aumento en las jubilaciones y asignaciones familiares para el mes de julio, de acuerdo con el último dato de la inflación.

Los nuevos valores quedaron establecidos mediante la resolución 186/2026 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). De esta manera, el haber mínimo será de $411.989,33, una decisión que responde tanto a la actualización legal como a la evolución de la economía nacional. Por otra parte, el haber máximo para el mismo período será de $2.772.298,06.

La resolución también establece las bases imponibles mínima y máxima para el período devengado julio de 2026. El valor mínimo será de $138.757,90, mientras que el máximo ascenderá a $4.509.567,41.

De igual forma, al haber mínimo se sumará el bono extraordinario de 70 mil pesos, que el Gobierno otorga mes a mes.

En cuanto a prestaciones específicas, la Prestación Básica Universal (PBU) se fijará en $188.466,31 y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en $329.591,46 a partir de julio de 2026.

El ajuste de estos valores se fundamenta en la Ley N° 26.417, que regula la movilidad de las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 274/24. Este último sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241, estableciendo que los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

De acuerdo con lo dispuesto, la primera actualización bajo esta fórmula se realizó en julio de 2024. Para la actualización correspondiente a julio de 2026, la ANSES tomó como referencia el Informe N° IF-2026-58384655-ANSES-DESS#ANSES, que calculó la movilidad a considerar en 2,15% sobre la base de los datos publicados por el INDEC.

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