
Escuchó su condena por explotación sexual por Zoom, vació su casa y se fugó
Mientras la jueza Federal de Concepción del Uruguay le dictaba "reglas de conducta" a la distancia a un condenado a 10 años de prisión por explotación sexual, el criminal aprovechó para fugarse
TABANO SCEl sistema judicial sumó un nuevo capítulo de desatención escandalosa. Rubén Alberto Cabra de 43 años, alias “Petro”, quien la semana pasada fue condenado a 10 años de prisión por secuestrar, golpear y explotar sexualmente a una adolescente de 17 años en un prostíbulo de Concepción del Uruguay, se fugó. ¿Cómo lo logró? Gracias a las facilidades de la virtualidad: el Tribunal Oral Federal (TOF) de Concepción del Uruguay le permitió presenciar la lectura del veredicto a través de la plataforma Zoom.
Mientras la jueza Federal Emilce Rojas le dictaba “reglas de conducta”, el criminal aprovechó la virtualidad para armar las valijas y desaparecer. Literalmente se vació su casa, ya que al no dictar su inmediata detención el hombre se fue. Y además contó con cuatro días de ventaja para huír ya que la notificación presencial de gendarmería recién se ejecutó el 20 de junio y la condena había sido dictada el 16.
Este miércoles, el juez de Cámara, Sebastián Gallino, firmó la Resolución N° 29/2026 declarando formalmente la rebeldía de Cabra y ordenando su inmediata captura nacional e internacional. Sin embargo, las fuerzas federales llegaron tarde: el condenado ya borró sus huellas. Lo peor que la víctima vive en la misma ciudad.
Tras el veredicto condenatorio dictado el martes 16 de junio, el Tribunal le impuso a “Petro” una serie de restricciones de corte casi protocolar para el nivel de delito del que se lo acusaba: fijar domicilio sin posibilidad de mudanza, prohibición de salir del país y presentarse semanalmente ante Gendarmería Nacional.
El absurdo comenzó el 20 de junio, cuando efectivos de Gendarmería se presentaron en su supuesto domicilio en Chaco para hacerle firmar el acta de compromiso de dichas reglas. Allí fueron atendidos por la madre de Cabra, quien aseguró “desconocer su paradero desde hace un mes”.
Tras 48 horas de supuestas tareas investigativas express, el panorama empeoró notablemente. Los domicilios declarados por Cabra son en Villa Ángela, provincia de Chaco, mismo lugar donde vive la mujer que lo denunció.
Gendarmería constató en calle Berna que el lugar estaba ocupado por la cuñada del condenado, quien declaró que reside allí hace apenas cuatro días y que “Petro” Cabra se mudó llevándose absolutamente todas sus pertenencias.
Luego se revisó la casa de la pareja de Cabra en avenida Kennedy. La pareja del condenado, repitió el mismo guion que la madre: no lo ve desde hace un mes y no sabe dónde está.
Por lo que contaron sus familiares, Cabra se fue el mismo día que escuchó la sentencia gracias a las facilidades que le brindó el sistema judicial al permitirle presenciar la lectura de su veredicto de manera virtual a través de la plataforma Zoom.
El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay no ordenó su detención inmediata. En su lugar, se le impusieron una serie de reglas de conducta que debía cumplir mientras permanecía en libertad y obviamente no cumplió. Además contó con cuatro días de ventaja para huír.
Ante la flagrante burla al proceso judicial, el Tribunal no tuvo más remedio que aplicar el artículo 288 del Código Procesal Penal de la Nación, disponer su rebeldía y emitir la alerta roja para su captura.
Peligroso delincuente
La fuga de Cabra deja un sabor amargo y desamparo en la víctima, una joven captada en 2006 en la localidad chaqueña de Villa Ángela bajo falsas promesas laborales. Al llegar a Concepción del Uruguay, la adolescente fue encerrada en el cabaret Snack Bar (propiedad del tío del imputado, ya fallecido), donde fue obligada a prostituirse bajo un salvaje régimen de amenazas y golpizas.
A pesar de que en una oportunidad la joven logró escapar a Chaco, Cabra viajó personalmente junto a dos matones para secuestrarla nuevamente, manteniéndola bajo llave en su domicilio particular y trasladándola todas las noches al prostíbulo para continuar con su explotación económica y sexual.
Después de muchos años la mujer pudo denunciar. La investigación judicial se inició en 2019 a raíz de una denuncia recibida a través de la Línea 145, que fue derivada a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de la fiscal federal Alejandra Mángano y el fiscal general Marcelo Colombo.
Tras un análisis preliminar, las actuaciones fueron remitidas a la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay, a cargo de Minatta, que —a través de medidas de investigación— logró identificar a la víctima en 2021. Inicialmente, la causa involucraba a dos imputados del caso, pero el dueño del prostíbulo —Rubén Ángel Cabra, tío del actual imputado— falleció antes de ser llamado a declaración indagatoria, por lo que su sobrino quedó como único acusado.
Después de un largo juicio que comenzó en abril, la jueza Mariela Emilce Rojas dictó sentencia. La misma incluía, además de los 10 años de cárcel, una histórica reparación económica de 65.292.000 pesos como indemnización integral para la damnificada, junto con el decomiso del local comercial y el embargo de una motocicleta Honda.
El martes, con los fundamentos del fallo ya presentados y el delincuente formalmente evadido, la millonaria reparación y la condena efectiva quedan suspendidas en el aire “hasta tanto sea habido”.
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