
Una mujer denunció acoso y hostigamiento por parte de un abogado de Concordia
Una mujer denunció que sufre desde hace años hostigamiento y acoso por parte de un abogado. Cuestionó la inacción de la Justicia y del Colegio de la Abogacía
Abogado penalista de Concordia se refirió a un caso sobre abuso sexual ocurrido el año pasado. La causa está a punto de ser elevada a juicio, mientras el imputado continúa en libertad.
Judiciales06/12/2024
Editor
En diálogo con cronistas de Diario El Sol-Tele5, el abogado penalista Pablo Palacio resaltó "la importancia de constituirse como querellante; tanto las víctimas de violencia de género como las de abuso sexual o víctimas de cualquier delito, tienen este derecho de constituirse junto con el abogado querellante para que, junto con el fiscal, profundicen la investigación y se condene, en caso de que el delito haya existido".
Tras destacar la importancia de la querella, el letrado detalló que este miércoles evitaron que "un imputado por el delito de abuso sexual en perjuicio de una menor de edad adquiera el beneficio de la salida alternativa de la probation en vistas de que la víctima (nuestra clienta) todavía se encuentra sufriendo daños psicológicos y, por lo tanto, no está en condiciones de que esta persona se libere de este hecho presuntamente cometido".
Respecto del caso, Palacio precisó: "Es un hecho que ocurrió el año pasado; las consecuencias de los abusos sexuales generan daños psicológicos irreparables, así que si bien ya tiene un año de cometido el abuso, todavía se está trabajando en la reparación del daño".
Acto seguido, el abogado querellante aclaró que el hecho tuvo lugar "en otra ciudad que no es la ciudad de Concordia" e hizo énfasis en que "la cuestión digamos no viene al caso".
"La persona imputada está en libertad, pero se encuentra con medidas de coerción, las cuales son sustitutivas de la prisión preventiva, es decir, que no está con prisión preventiva, pero tiene obligaciones impuestas por el juez de Garantías. Tiene prohibición de acercamiento a la víctima, prohibición de actos molestos y perturbadores, prohibición de molestar también al grupo familiar para preservar también la integridad de la víctima y poder llegar a un debate oral y público lo más pronto y de la mejor manera. El imputado iría a juicio integrado por un tribunal unipersonal", concluyó Palacio.

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