DENGUE: Se declaró la emergencia sanitaria y epidemiológica en Concordia

Así lo decretó el Concejo Deliberante en la sesión de este jueves dada la propagación del mosquito que transmite esta enfermedad y que se cobró la vida de un joven concordiense días atrás.

Concordia 21/03/2024 Editor Editor
fumigación 1 dengue

A través de un proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, en la sesión ordinaria de este jueves, el Concejo Deliberante de Concordia aprobó por unanimidad la declaración de emergencia sanitaria y epidemiológica debido a la situación actual por la proliferación del mosquito Aedes aegypti, transmisor del virus del dengue.

La Municipalidad de Concordia se encuentra fuertemente abocada a luchar contra el flagelo del dengue que afecta a distintos sectores de la comunidad, en conjunto con todas las esferas del Estado y demás organismos con injerencia en la materia.

La mejor forma de prevenir es eliminar todos los posibles criaderos de mosquitos que no resulten de utilidad. En caso de no poder eliminarse por su uso permanente, debe evitarse que acumulen agua. La fumigación no es suficiente para eliminar el mosquito. La aplicación de insecticidas es una medida destinada a eliminar a los mosquitos adultos que pueden transmitir estas enfermedades.

Dentro de los considerando del proyecto, se indica que según datos elaborados conjuntamente con todas las autoridades sanitarias, al día 14 de marzo de 2024, había 1000 casos notificados mediante diagnóstico presuntivo clínico, sumados a esto, los casos en los que los vecinos no asisten al centro asistencial y los asintomáticos, es que por ello, dicha cifra debe estimarse en 4000.

Por ello es que se solicitó la declaración de emergencia sanitaria y epidemiológica, en principio, por 3 meses, atento a la situación actual de proliferación del mosquito Aedes aegypti, la cual fue aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante.

La misma faculta al Poder Ejecutivo a la utilización de un régimen de compras por excepción para la adquisición de los bienes y/o servicios requeridos, mediante el procedimiento de compra directa, previo a cotejo de precios, debiendo hacerse extensiva la participación a los proveedores no inscriptos conforme al procedimiento que instrumente el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

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