Desde ATER Concordia explicaron de qué manera se puede ingresar a la moratoria vigente

Se trata de un régimen destinado a contribuyentes y responsables para cancelar deudas generadas en concepto de tributos provinciales administrados por la ATER. Desde la delegación Concordia explicaron de qué manera se puede ingresar al sistema de pago tanto en efectivo como débito automático.

Concordia 05/03/2024 Editor Editor
martín guattini

En diálogo con cronistas de Diario El Sol-Tele5, Martín Guattini, de Rentas Concordia, señaló que "la administradora estableció un plan de facilidad de pago que arrancó el viernes pasado y tiene vigencia hasta el 30 de abril".

"En ese plan de regularización se debe incluir todas las deudas vencidas hasta el 31 de diciembre, por ejemplo, el impuesto inmobiliario automotor o los ingresos brutos", continuó.

"El plan establece condonaciones de multas e intereses y facilidades de pago de hasta 18 cuotas dependiendo del monto de la deuda. La modalidad de suscripción al régimen es vía web para todos los contribuyentes, pero se hace una excepción para aquellos contribuyentes denominados pequeños, que son aquellos que tienen una deuda inferior a un millón de pesos y no tienen más de tres inmuebles, ellos si quieren, pueden optar por venir a hacerlo en la oficina", detalló Guattini.

"Para venir a hacerlo a la oficina de Rentas, tienen que sacar un turno vía web o llamando al teléfono de la oficina que es 421 9907 y se le otorga un turno de atención", indicó, y recordó que el horario de atención es de 7:30 a 12:30 horas.

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DEUDAS SUPERIORES AL MILLÓN DE PESOS

"Para aquellos que la deuda es mucho mayor al millón de pesos, en esos casos las suscripciones tiene que ser únicamente vía web. En la mayoría de estos casos el contribuyente tiene matriculados contadores que les hacen esos trámites, ellos también están en contacto siempre con nosotros porque tenemos contacto con el Consejo de Ciencia Económica y el que no tenga contador, de todos modos puede llamar para averiguar, pueden entrar en la página nuestra www.ater.gov.ar que ahí también se explica cómo es la modalidad de suscripción", precisó Guattini.

"En caso de que lo quiera hacer uno, se tiene que hacer a través de un contador que le ordene, que lo guíe cómo se hace el sistema y lo presenta un contador. No es necesario que se lo haga un contador, pero la idea es que el contribuyente pueda hacerlo por sí mismo, que para eso tiene que tener clave fiscal, ingresando por AFIP y se paga con la modalidad de pago en efectivo en los Entre Ríos Servicios o en Caja Mixta. El sistema es rápido y fácil, o puede adherirlo al débito automático", concluyó.

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