

La Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) informa que se llegó a un acuerdo en la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) que decreta la obligatoriedad para las empresas de abonar los salarios en cuentas bancarias de los trabajadores y trabajadoras rurales.
“Cuando decimos de llegarle con medidas concretas al trabajador estoy hablando de estas disposiciones que sacan al trabajador de situaciones que precarizan su actividad. Son hechos, no palabras. Está la Resolución 220/2023 para que todos los compañeros y compañeras cobren cómo corresponde. Es un paso que damos en pos de la inclusión”, declaró Voytenco, Secretario General de UATRE, celebrando la medida.
El nuevo régimen estatutario estableció nuevas modalidades de contratación en las relaciones laborales imperantes en el ámbito agrario, entre las que se encuentran el contrato de trabajo agrario permanente de prestación continua y el contrato de trabajo agrario permanente de prestación discontinua.
En el caso de los trabajadores temporarios, el empleador estará exento de la obligación, a excepción de que sea el propio trabajador el que le brinde una CBU o una CVU a los efectos del depósito de sus haberes.
En todos los casos, el trabajador podrá exigir que su remuneración le sea abonada en dinero efectivo, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 36 de la Ley N° 26.727.


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