
Desgarrador: despiden a Sasha y “Nego”, los jóvenes fallecidos de Crespo
Conmoción en la ciudad. ¿Quiénes eran las víctimas de la tragedia vial? Tenían 18 y 19 años y murieron tras ser colisionados por una camioneta.
Se trata de un caso de torturas ocurrido en el 2015 y por el cual nueve funcionarios policiales fueron condenados.
Judiciales02/11/2023
Editor
El médico Jorge Rafael Valdez, con prestación de servicios en el Centro de Salud Bajada Grande, de Concepción del Uruguay, fue echado por el Ministerio de Salud, organismo que además decidió suspenderle la matrícula.
La decisión se adoptó luego de que la Justicia condenara al profesional, junto a ocho policías, en el marco de la causa caratulada como “Borges, Francisco Celestino y otros s/ torturas, incumplimientos de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica”.
Los hechos ocurrieron el 25 de mayo de 2015. La primera sentencia se dictó el 27 de febrero de 2019, falló que quedó confirmado el 28 de abril de 2023 con un pronunciamiento de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
El 25 de mayo de 2015 será un día imborrable para la vida de Jorge López y su familia. Ese feriado se levantó temprano y fue a la casa de su hermano Aníbal para ayudarlo en unos arreglos en la vivienda. Las tareas se vieron interrumpidas cuando escucharon gritos desde la calle. Se encontraron con un procedimiento policial donde detenían a una menor que se encontraba con un grupo de jóvenes en un baldío vecino. Les llamó la atención la forma en que la joven oponía resistencia e incluso golpeaba a los policías. Jorge decidió sacar su celular y empezar a grabar.
Lo que esa acción desencadenó cambiaría su vida para siempre. Nunca imaginó que desde ese momento recibiría balas de goma, patadas, golpes de puños, una ducha con agua fría en sus “partes íntimas” con una hidrolavadora, maltratos y amenazas verbales, lo tiraran “reventado” en una celda hasta que se apiadaron y lo llevaron al Hospital Justo José de Urquiza, de Concepción del Uruguay. Además, debió sufrir, en un principio, la estigmatización social tras el accionar corporativo de la institución policial que “informó” que él había agredido a los policías y no a la inversa, tal como la mayoría de los medios de comunicación reprodujeran en eso días.
Y como si fuese poco el calvario, tuvo que revivirlo todo en declaraciones radiales y televisivas e, incluso, dos veces en el juicio oral y público que se tuvo que repetir por el fallecimiento de unos de los jueces del Tribunal poco tiempo antes de dictarse el fallo, siempre relatando en medio del llanto tanta humillación recibida.
Llegó la primera sentencia, el 27 de febrero de 2019, y las posteriores apelaciones por parte de las defensas, primero ante la Cámara de Casación y luego ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ.
El 28 de abril de este año, la Sala Penal del STJ-integrada por Claudia Mónica Mizawak, Daniel Omar Carubia y Gisela Nerea Schumacher- resolvió dejar firme la sentencia de primera instancia de Concepción del Uruguay, y ratificar lo decidido por la Sala II de la Cámara de Casación Penal de Concordia; e incluso les impide a los policías continuar apelando ante el estrado superior: la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
A la hora de justificar la votación fue Mizawak quien dio los argumentos. Entre ellos, recordó la intervención del procurador general de la Provincia, Jorge Amílcar Luciano García, quien, en su dictamen, se afirmó en “la abrumadora prueba documental, fílmica, y testimonial discutida en el plenario”; e incluso apuntó contra los abogados defensores: “Resulta poco serio que se insista en un relato fantasioso de obrar funcional legítimo cuando se ha demostrado con hartazgo la falsedad del armado ulterior de la ‘denuncia’, además de toda la violencia irracional”.
La sentencia en primera instancia fue el 27 de febrero de 2019. Entonces, los jueces Gervasio Labriola, Alejandro Grippo y Gustavo Díaz resolvieron las siguientes condenas: Eduardo Sebastián Troncoso a ocho meses de prisión en ejecución condicional; Leonardo Miguel Miño: dos años de prisión en ejecución condicional, más cuatro de inhabilitación especial; José Antonio Arias: cinco años de prisión efectiva más diez de inhabilitación especial; Juan José Asín: tres años y cuatro meses de prisión efectiva más seis años y ocho meses de inhabilitación especial; Roberto Andrés Ocampo: tres años y cuatro meses de prisión efectiva más seis años y ocho meses de inhabilitación especial; Leonardo José Povorosnik: tres años y cuatro meses de prisión efectiva más seis años y ocho meses de inhabilitación especial; Francisco Celestino Borges: cinco años y tres meses de prisión efectiva más once años de inhabilitación especial; el médico Jorge Valdez: dos años de prisión en ejecución condicional más cuatro años de inhabilitación absoluta; Eloy Fernández: dos años de prisión en ejecución condicional más cuatro de inhabilitación especial. En tanto que Pablo Sebastián Benítez fue absuelto.
El martes 31 de octubre de este año, en el Boletín Oficial se publicó el decreto Nº 2.056, que dispuso la instrucción de un sumario administrativo al médico Jorge Rafael Valdez, suplente en la carrera Médico Asistencial en el Centro de Salud Bajada Grande, de Concepción del Uruguay, «por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el Artículo 47° de la Ley 9892 – Carrera Profesional Asistencial-Sanitaria, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente decreto».
De igual modo se resolvió «la inmediata suspensión preventiva del servicio sin goce
de haberes» del profesional «hasta tanto se sustancie y resuelva el presente sumario, en razón de la gravedad y peligrosidad que su presunta conducta reprochada deviene para terceros al mismo, afectándose su idoneidad profesional en el débito laboral como empleado del Estado Provincial, el servicio sanitario y el interés público».
Además, el Ministerio de Salud resolvió suspender «provisoriamente» la matrícula profesional al médico Valdez «quedando inhabilitado para el ejercicio de la misma mientras y hasta que se cumpla la pena de inhabilitación absoluta por el doble del tiempo de la condena, impuesta por la Justicia Provincial». (Entre Ríos Ahora)

Conmoción en la ciudad. ¿Quiénes eran las víctimas de la tragedia vial? Tenían 18 y 19 años y murieron tras ser colisionados por una camioneta.

La decisión la tomó la Sala Primera en lo Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú, en torno a un caso que involucra a un banco privado y a un usuario que cayó en una estafa bajo la modalidad de "phishing".

En un análisis jurídico reciente, el abogado y docente Rubén Pagliotto afirmó que el artículo 2 de la Ley 11.222 —que restringe la competencia del juicio por jurados en la provincia— es abiertamente inconstitucional y supone un retroceso en materia de derechos.

Los trabajos empezaron el 10 de noviembre con la esperanza de hallar al menor en cuatro profundos espejos de agua.


Fue en un juicio abreviado. Los sospechosos reconocieron que el 28 de mayo de 2021 fueron sorprendidos en el margen argentino del río Uruguay, a la altura de Colón. Dos fueron detenidos en inmediaciones de una embarcación en la que intentaron despojarse de 2.300 dólares, y el otro cuando, en la zona, intentaba eludir a los prefectos en una motocross nueva que incluso no le habían retirado los plásticos.


La Asociación Entrerriana de Periodistas Agropecuarios (AEPA) realizó su último Tour Productivo de 2025 y Concordia fue el Departamento de destino. Un grupo de comunicadores de Paraná, Villaguay, Hasenkamp, Victoria y San Salvador llegaron para conocer el trabajo de los profesionales de la Estación Experimental de INTA, concretamente en el Campo El Alambrado.

La tranquilidad de la mañana de este domingo 7 de diciembre se vio sacudida por un violento siniestro vial en la intersección de calles J. J. Valle y Odiard, en Concordia.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) condenó al Estado Nacional, a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe y a los municipios de Rosario y Victoria a ejecutar el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta (Piecas-DP) a raíz de la continua quema de pastizales. La causa data de septiembre de 2020 cuando se quemaron más de 300.000 hectáreas entre áreas naturales protegidas, bosque nativo y zonas ganaderas y forestales.

El accidente fue en el tramo que une las localidades de Seguí y Viale, donde una moto y una camioneta colisionaron de manera violenta.
.