Procesaron a un hombre en Entre Ríos por trata sexual contra una adolescente

Mediante engaños, sometió a la prostitución a una adolescente de 17 años oriunda de Chaco que llegó a nuestra provincia buscando trabajo.

Judiciales30/10/2023EditorEditor
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En línea con un pedido realizado por la fiscal federal de Concepción del Uruguay, Josefina Minatta, el titular del Juzgado Federal N°1 de Concepción del Uruguay, Pablo Andrés Seró, procesó a un hombre acusado de haber captado, transportado y acogido a una mujer menor de edad con fines de explotación sexual, agravado por haber existido engaño y abuso de la situación de vulnerabilidad. También dispuso el embargo de sus bienes hasta cubrir la suma de 40 mil pesos.

Según la investigación, la joven habría sido engañada a través de una falsa oferta laboral en 2006, cuando la víctima tenía 17 años. El hombre le habría facilitado los medios para trasladarla desde la provincia de Chaco, de donde es oriunda, hasta la Ciudad de Concepción del Uruguay. Una vez allí, la víctima recibió golpes y amenazas y fue obligada a prostituirse en un prostíbulo.

El avance en esta investigación es el resultado del trabajo de la fiscalía, que en mayo pasado logró revertir ante la Cámara Federal de Paraná el dictado de la falta de mérito que había beneficiado al imputado. De conformidad con la posición del Ministerio Público Fiscal, el tribunal revisor había señalado que el juez de primera instancia no había valorado de forma adecuada el testimonio único de la víctima y otros elementos de prueba.

Argumentos de la Fiscalía

En el pedido de procesamiento, la fiscalía señaló que la conducta atribuida al imputado configura “claramente” un supuesto de violencia contra la mujer en los términos de los artículos 1° de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (conocida como Convención de Belem do Pará) y 4° de su ley reglamentaria N° 26.485, concretamente violencia física, psicológica y sexual.

“Esas previsiones legales otorgan un resguardo específico a la declaración de la mujer que alega haber sido víctima de violencia de género, que debe ser especialmente atendida por los jueces en consideración a que los hechos de esta naturaleza habitualmente se cometen en un ámbito de privacidad y sin la presencia de testigos directos”, resaltó la fiscal en su dictamen.

Minatta tuvo en cuenta la Guía de Actuación en casos de violencia doméstica contra las mujeres -elaborada por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM)- y señaló que, en este tipo de casos, donde se materializan hechos de violencia de género, se “debe valorar el testimonio de la víctima con perspectiva de género y analizarlo en conjunto con los elementos que demuestran el contexto de violencia”.

Sostuvo además que se deben tener en cuenta las características particulares que presentan estos casos, como la frecuente inexistencia de testigos directos, el carácter cíclico de la violencia, las dificultades que experimentan las víctimas para denunciar y la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran.

“La violencia basada en el género, como la sexual contra una mujer o niña, constituye una forma de discriminación en los términos de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la declaración de la víctima es una prueba fundamental teniendo en cuenta que la agresión se produce en ausencia de otras personas o bajo amenazas, lo que impide contar con otros testimonios”, concluyó.

El caso

La investigación se inició el 11 de octubre de 2019, cuando la víctima de este caso, oriunda de la provincia de Chaco, realizó una denuncia ante la línea telefónica gratuita 145. En esa oportunidad, la denunciante manifestó que en 2006, cuando tenía 17 años y se encontraba en una situación problemática de índole familiar, recibió una oferta laboral engañosa por parte del imputado para trabajar en un “negocio” de la ciudad entrerriana de Concepción del Uruguay.

En su relato, la mujer detalló que el hombre le facilitó su traslado desde la Ciudad de Resistencia y, una vez arribada a la ciudad entrerriana, la llevó hasta un prostíbulo llamado “Snack Bar”, ubicado en la intersección de las rutas Nacional 14 y provincial 39, cuyo dueño era el tío del imputado. Añadió que, una vez allí, la joven fue obligada a prostituirse, pernoctar en el lugar y estar encerrada junto a otras mujeres.

En su declaración, la joven contó que, desde que llegó al prostíbulo, el imputado la amenazó con una supuesta deuda y le decía que, hasta no saldarla, no se iba a poder ir. Además, aseguró que el hombre la violaba, la golpeaba y la drogaba.

La denunciante refirió que todas las mujeres dormían en los mismos lugares donde realizaban los “pases”, que debían pagarse la comida y que les retenían el 100% del valor de los “pases” y “copas”. En esa línea, dijo que había una caja donde ellas debían poner el dinero y anotar los importes, y que, con el mismo fin, también habían implementado un sistema de cintas en la muñeca de la mano.

Además, relató que debían estar en el bar desde las 20.00 hasta las 5.00 de la mañana de lunes a lunes, que el imputado estaba armado y que solía amenazarla regularmente con frases como “no te olvides que yo sé todo de vos, quién sos, quién es tu familia, y vos me debés la plata”. Por último, aseguró que el imputado la amedrentaba cuando ella no quería realizar “pases”.

Por otro lado, la mujer también declaró que en una oportunidad pudo escapar a Chaco pero la fueron a buscar bajo amenazas y la llevaron nuevamente hasta Concepción del Uruguay. Posteriormente quedó embarazada del imputado y finalmente pudo escapar con su hija a fines de 2008.

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