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La situación quedó en evidencia en una audiencia de remisión de una causa a juicio por los delitos de lesiones graves dolosas y hurto agravado que se realizó el 1 de septiembre.
Judiciales12/09/2022
Editor
La anómala situación surge del acta de continuación de la audiencia de remisión a juicio de una causa que investiga los presuntos delitos de lesiones graves dolosas y hurto agravado, a la que accedió EL DIARIO. Allí, respecto del conflicto que se suscitó en la audiencia anterior, se informa que “la defensa cuestionaba que la Fiscalía dispuso -sin notificarla y no siendo la etapa oportuna- la realización de un nuevo informe médico forense en relación al carácter de las lesiones, con posterioridad a la solicitud de remisión a juicio y consiguiente cuarto intermedio dispuesto”.
Quien cuestionó el accionar es el defensor del imputado WFG, Franco Azziani Cánepa. Quien dispuso la medida transgrediendo los plazos determinados en el Código Procesal Penal es el fiscal Ignacio Aramberry. Quien resolvió hacer lugar al señalamiento de Azziani Cánepa, es la jueza de Garantías de Paraná, Paola Firpo. La magistrada ordenó “hacer lugar a la exclusión de evidencia solicitada por la defensa y no tener por incorporado el informe médico efectuado con posterioridad a la remisión de la causa a juicio por parte de la Fiscalía”.
Aportados
En el acta, que se labró el 1 de septiembre, Firpo sostuvo que “en relación a la divergencia respecto de la concurrencia de las lesiones y su carácter de leves o graves se trata de un aspecto que se va a discutir -eventualmente- en la etapa del debate oral y público, razón para la cual se va a tener especial consideración de los informes médicos que han sido aportados y forman parte de la solicitud de remisión…”.
La fría letra del acta y su riguroso formalismo, no alcanzan a dar cuenta de la densidad de la oralidad, en función de la situación que se estaba desarrollando en la causa y en la audiencia. Así, fuentes judiciales deslizaron que Firpo fue severa con el fiscal. La redacción del acta no lo refleja. Allí sostuvo que “debido a que tal como lo indica la normativa procesal y doctrina -a la que cita- no corresponde considerar evidencia producida a posteriori de dicho acto, máxime sin haberse anoticiado a la defensa interviniente, razón por la cual corresponde hacer lugar a la exclusión probatoria solicitada por la defensa de dicho informe médico posterior y no hacer lugar a su inclusión”.
Fines
En la resolución, Firpo recordó que dispuso un cuarto intermedio “a los fines de que se corrijan los meros errores materiales previo a continuar con la audiencia de remisión a juicio y que solicitaba los informes médicos aludidos para poder arribar a una decisión, que solo le fueron acercados los informes médicos por parte de la defensa”. Las fuentes señalaron que el conflicto se suscitó porque la Fiscalía propuso modificar la calificación legal del delito de Lesiones por el de Lesiones graves, lo que agravaría la situación del imputado.
Jury
Aramberry recibió un pedido de Jury y destitución por supuesto mal desempeño de sus funciones por falso testimonio en el Jury a la destituida procurado general adjunta y fiscal anticorrupción, Cecilia Goyeneche, e incumplimiento al deber objetivo de investigación y buena fe procesal, en la causa Contratos en la Legislatura. (APF DIGITAL)

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