Tres aspirante a Jueces de Instrucción de Concordia recibirán examen en el Senado
Este martes y miércoles se realizarán cuatro audiencias públicas en el recinto de la Honorable Cámara de Senadores.
“Se ha degradado el servicio de justicia”, dijo Barrandeguy.
Judiciales09/04/2022EditorUno de los defensores del exgobernador Sergio Daniel Urribarri en el megajuicio que concluyó este jueves con la condena a 8 años de cárcel para el ex titular del Ejecutivo, Raúl Barrandeguy, dijo hoy que con ese pronunciamiento «se ha degradado el servicio de justicia de la provincia, devolviéndole inexplicablemente a una etapa medieval plenamente superada en todos los países civilizados».
En el marco del megajuicio -que arrancó el 27 de septiembre de 2021- Urribarri fue sentado en el banquillo de los acusados en un proceso en el que se lo condenó en tres grandes causas de supuesta corrupción: el primer caso es el otorgamiento de una pauta publicitaria del Estado a la empresa Global Means, del empresario Germán Buffa, antes de que esa firma tuviera existencia real; la “causa de la vaca” o “de las imprentas”, que investigó de qué modo dos empresas, Tep SRL y Next SRL, que se adjudican al cuñado de Urribarri, Juan Pablo Agueilra, se quedó durante 5 años con la torta del negocio de la pauta publicitaria oficial en cartelería en vía pública; y la megacausa del Sueño Entrerriano, que involucra la publicación de una solicitada contra los fondos buitre; la instalación de un parador playero en Mar del Plata que costó $14 millones; y el pago a la productora Nelly Entertainment de $28 millones para difundir tres spots en apariencia para difundir la Cumbre del Mercosur de 2014.
En esas maniobras, según la acusación de la Fiscalía, se desviaron u$s 8,6 millones de dólares del Estado provincial para financiar la campaña presidencial de Urribarri en 2015.
El adelanto de veredicto -dictado en forma unánime por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná compuesto por los vocales José María Chemez, María Carolina Castagno y Elvio Osir Garzón- contiene el fallo condenatorio a 8 años de cárcel para Urribarri, un poco menos que los 12 años pedida por los fiscales Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull. En el dictamen, el tribunal se inclinó por receptar la tesis acusatoria de Fiscalía y rechazó, una a una, las críticas y los planteos de las defensas de los 13 imputados llevados a juicio, de los cuales 8 terminaron condenados.
Al analizar ese pronunciamiento, Barrandeguy sostuvo que «lamentablemente en dicho pronunciamiento se juzgó y condenó a un gobierno, el de Urribarri. En ese quehacer se desconocieron los principios más sólidos que sostienen el estado de derecho y en particular, se abandonaron prácticas procesales inveteradas, pulverizando las exigencias rituales propias de un juicio justo».
Además, aseguró que «en particular se condenó a Urribarri, sin valorar una sola prueba de descargo, desechando criterios legales universales, reemplazándolos por la ponderación únicamente de indicios». Y que «consecuencia de ello, se ha degradado el servicio de justicia de la provincia, devolviéndole inexplicablemente a una etapa medieval plenamente superada en todos los países civilizados».
«En defensa de esos principios civilizatorios violentados por el tribunal, y siguiendo directivas de mi defendido, que comparte plenamente este punto de vista, vamos a continuar demandando justicia a los tribunales entrerrianos, en el entendimiento de que esta defensa seguirá corriendo impulsada por la necesidad de defender los derechos de la persona humana ante el poder judicial”, dijo en un claro anuncio de que el fallo será recurrido ante la Cámara de Casación Penal, que es la instancia que sigue.
El codefensor de Urribarri -compartió esa tarea con Candelario Pérez y Marcos Rodríguez Allende- emitió un pronunciamiento que la única manifestación de los defensores luego de conocido el adelanto de veredicto, y aclaró que siempre «he cuidado mi conducta pública y también privada de proceder de acuerdo a la verdad. Y hoy ante la necesidad de dar publicidad a mi opinión sobre el juicio llevado adelante contra el ex gobernador Urribarri, no haré excepción”.
“Por eso -señaló en un comunicado público-, entendiendo que debo poner a consideración de la opinión pública, mi punto de vista sobre la sentencia de condena anticipada en el día de ayer por el tribunal de juicio, con toda honestidad y absoluta responsabilidad» hizo conocer su opinión.
Este martes y miércoles se realizarán cuatro audiencias públicas en el recinto de la Honorable Cámara de Senadores.
El exgobernador Sergio Urribarri acudió con una impugnación extraordinaria para lograr llegar a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y así revertir el fallo de la Cámara de Casación Penal, que revocó un fallo de primera instancia, hizo lugar al planteo de la Fiscalía y ordenó su detención y alojamiento con prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná.
La causa inició tras allanamientos concretados en el mes de agosto, donde se constató que la pareja ahora condenada venía dosis de drogas a consumidores en presencia de menores de edad.
El tribunal de juicios y apelaciones hizo lugar al pedido efectuado por el Ministerio Público Fiscal y dispuso la prisión preventiva del ex ministro Pedro Báez, condenado por delitos de corrupción.
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia tendrá dos instancias para revisar la prisión preventiva dictada por Casación contra el ex gobernador Sergio Urribarri. Por un lado, analizará la decisión de la jueza Carola Bacaluzzo de rechazar el hábeas data, por otro, recibirá por recurso extraordinario o por queja el planteo contra la decisión de Casación de enviarlo a la Unidad Penal 1.
El acusado es un hombre de 44 años, oriundo de Lanús, que se dedica al rubor de la geriatría. Se le imputó que durante siete meses –entre agosto de 2015 y febrero de 2016- defraudó al Estado Nacional en 179.933 pesos, puesto que se sostuvo que como apoderado de un geriátrico de Concordia “habría presentado y cobrado en las facturas al INSSJ PAMI, prestaciones no brindadas a personas ya fallecidas al momento de la fecha de realización de los supuestos servicios”.
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