Megajuicio: Las defensas pidieron más absoluciones con base en impugnación a pruebas mal logradas

Las defensas de Juan Pablo Aguilera, cuñado del ex gobernador Sergio Urribarri, de su esposa, Luciana Almada y de la contadora Corina Cargnel solicitaron la absolución argumentando que el marco probatorio tratado en el juicio no sólo no probó culpabilidades, sino que piezas claves del andamiaje acusatorio fue mal producido por la Fiscalía.

Judiciales11/03/2022EditorEditor
Megajuicio

Las defensas de los imputados en las cinco investigaciones que componen este juicio complejo completaron una nueva jornada pidiendo absoluciones. A primera hora de la mañana lo hizo Cullen a favor de su pupila Corina Cargnel, la contadora de las empresas TEP y Next y luego Marcos Rodríguez Allende para Aguilera y su pareja, Luciana Almada.

TEP y Next están sindicadas por Fiscalía como dos firmas que cartelizaron durante el Gobierno de Urribarri la publicidad oficial en vía pública, aunque la segunda no se dedicó nunca a esa actividad. Cargnel era la contadora y, según la acusación, la armadora del negocio como supuesta asistente de Aguilera, a quien el MPF atribuye ser el real dueño de ambas firmas. Luciana Almada, quien figura como socia de TEP junto a Emiliano Giacopuzzi, sería una mera prestanombre en el relato acusatorio.

Tanto Cullen como Rodríguez Allende fueron contra estos supuestos de la Fiscalía, analizando e interpretando testimonios de las audiencias y pruebas recogidas en la investigación previa. Como ha venido ocurriendo, pidieron al Tribunal integrado por José María Chemes; Elvio Garzón y Mónica Castagno que no considere material probatoria obtenido sin seguir lo pautado en el Código Procesal Penal de la provincia.

Aguilera y Almada

La exposición principal corrió por cuenta de Rodríguez Allende, quien ocupó en su alegato parte de la mañana y toda la tarde para argumentar en la causa conocida como la de “las imprentas”. El próximo lunes abrirá la audiencia exponiendo sobre la investigación del parador de Mar del Plata.

Como conclusión de su extensa intervención, aseveró que no existen pruebas del vínculo de Aguilera con los expedientes, órdenes de publicidad y pagos que recibió TEP. Y que Fiscalía tampoco demostró que Urribarri o su ministro de Comunicación, Pedro Baez, se hayan interesado en la empresa durante la gestión. “El mayor esfuerzo de la Fiscalía estuvo en vincular a Aguilera con TEP. No lo lograron y, más allá de eso, no pudieron demostrar el interés y menos el peculado”, razonó el letrado.

Además Aguilera “trabajó en el legislativo (Cámara de Senadores de la provincia) en una función que nada tenía que ver con Urribarri y Baez. En el corto periodo en la Casa de Entre Ríos, lo único que tenía era vinculación con Urribarri pero (no estaba) ni cerca del Ministerio de Comunicación. Por eso su actividad no tuvo nada que ver con los hechos que estamos investigando”, afirmó.

Luego pidió la absolución de Aguilera. Y también de Almada en la inteligencia de que la Fiscalía “no ha demostrado el rol de Almada en los hechos que se están debatiendo”.

Durante varias horas, Rodríguez Allende profundizó el análisis de falencias del proceso investigativo y acusatorio que ya habían sido apuntadas por otras defensas:

- El horario en el que se produjo el hallazgo por parte de Teresa Pot del disco rígido externo en la casa vecina a la sede de TEP el día del allanamiento. Ella lo debería haber encontrado no más allá de las 8/8:30 del 1 de agosto de 2016, el procedimiento judicial comenzó pasadas las 9 y la Fiscalía asegura que Cargnel arrojó el elemento informático cuando la intervención judicial estaba en desarrollo. En ese disco hay elementos que la acusación considera fundamentales para el proceso, al punto tal de ser calificado como la “caja negra de la corrupción”.

- El modo en que los Fiscales y la Policía Federal se entera de la existencia del disco externo. Pot se retiró antes de que se los anoticie. Y la señora Brambilla, dueña de la finca, tiene problemas de salud.

- También marcó las discrepancias entre la hora de secuestro del elemento informático que figura en el acta y el momento en el que se le tomó la fotografía de registro.

- Esto se relaciona con las incongruencias horarias entre lo que dice el acta labrada en la casa y lo que testimoniaron los testigos civiles que participaron del procedimiento.

- Llamó la atención también en que se llevó una testigo civil del allanamiento en TEP al procedimiento en la residencia de Brambilla. Y que hubo serias desprolijidades marcadas por las ausencias de testigos civiles en momentos clave de la intervención judicial.

- También mencionó la ausencia de testigos civiles de los allanamientos en las audiencias. Solo fue uno convocado por las defensas después de una ardua búsqueda ya que había sido registrado en las actas con un apellido que era en realidad su segundo nombre.

- El procedimiento en la sede de TEP estuvo “plagado de irregularidades”, resumió.

También hizo un repaso de los  elementos reunidos en la causa para consolidar el dato de que Giacopuzzi y Luciana Almada eran los dueños de TEP, en contraposición al rol de testaferros de Aguilera que les asignó Fiscalía. Remarcó también que después de 2015, tras el recambio de gobierno, la firma siguió trabajando. Y señaló que al momento del allanamiento había 11 personas cumpliendo tareas en el galpón y las oficinas.

Sobre el hecho de que el MPF consideró a las empresas Bustamente y Montañana partes del supuesto entramado de sobreprecios y retornos de la publicidad en vía pública, se preguntó porque esas firmas no fueron allanadas ni se les secuestró material probatorio para ratificar la existencia del circuito ilegal. Con ironía agregó: “Si los retornos se hacía por mail, WhatsApp y se facturaban”. Más adelante, postuló: “La cartelización no existió porque los proveedores tenían la exclusividad de distintas zonas y era imposible la competencia entre ellos”.

También subrayó que en las conversaciones y correos electrónicos sumados a la causa “Aguilera no mandó ni exigió nunca a ninguno de sus supuestos testaferros por las actividades de la empresa”.

Un extenso fragmento de su alegato estuvo dedicado a señalar falencias e irregularidades de los informes técnicos hechos sobre las computadoras y los celulares secuestrados en el procedimiento de agosto de 2016.

Recordó que la autorización del juez de Garantías fue para que la Fiscalía proceda a llevar adelante la pericia, no para que esa labor la haga la fiscalía. Por eso, señaló que el ingeniero biomédico que concretó la labor sobre las pc y notebooks, Guillermo Fritz, no es perito del Superior Tribunal de Justicia, requisito que fija el Código Procesal penal, sino un empleado del Ministerio Fiscal.

Además, su título no tiene los alcances legales necesarios: es un bioingeniero que no está habilitado legalmente para hacer una operación así. Es una función que sólo puede cumplir un especialista en informática matriculado. Y el agente de Fiscalía no lo era.

“Los Fiscales pidieron (al juez de Garantías) hacer una pericia y no se hizo una pericia”, concluyó Rodríguez Allende, destacando que tampoco se fijaron los puntos de pericia, elementos clave para determinar qué información es trascendente para la causa.

Por otro lado, reseñó que no fue notificado de que iba a realizar una pericia sobre los celulares. Y que en esa tarea, a cargo de otro bioingeniero (Fernando Ferrari) adolece de lo mismo que el procedimiento hecho sobre el material informático: fue hecho por alguien que no cumplía con los requisitos legales ni tenía la incumbencia profesional para llevar adelante la práctica.

El abogado pidió entonces que se excluyan como prueba estos dos informes.

También puso en tela de juicio, al igual que sus colegas, la validez de los informes telefónicos que mostraban cruces de llamadas entre imputados, personas que fueron luego testigos y otros que no están vinculados de ningún modo a la investigación, dado que fueron incorporados a la causa por una mera gestión de la Fiscalía sin autorización del juez de Garantías.

Cargnel

A primera hora, el abogado Cullen completó su tercera jornada de exposiciones presentando ante el Tribunal los elementos que consideró válidos para solicitar la absolución de Cargnel.

“Estamos convencidos de que hay una investigación sesgada, un direccionamiento muy marcado, muy claro, para generar la (idea de) peligrosidad (de los imputados) al no poder constatar ningún hecho concreto”, afirmó.

“Hace 8 años que la empresa TEP no contrata publicidad con el Estado y sigue funcionando", destacó.

Y resaltó que la sigla TEP que significa “todo en publicidad”. Por eso hacía varias actividades de marketing en forma directa o a través de proveedores, señaló, las que tenían como destinatarios a varios clientes, entre ellos el Estado y el Partido Justicialista donde Aguilera cumplía funciones en las campañas políticas.

En la tarea de coordinar pagos, trabajos y el manejo de las cuentas corrientes de publicidad intervenía Cargnel como contadora interna, apuntó, descalificando las exposiciones de Fiscalía que consideraron estas acciones como prueba del accionar ilícito.

La actividad en el juicio se retomará el lunes con el alegato de Rodríguez Allende en la causa del parador de Mar del Plata. El martes será el turno de Raúl Barrandeguy. Si completa su exposición ese día, el martes comenzarán las réplicas y dúplicas, donde Fiscalía primero y las defensas después rebatirán los argumentos y contraargumentos de la otra parte. (APFDigital)

Te puede interesar
urribarri

Urribarri recurrió el fallo de Casación y su defensor compara con el caso “Ilarraz”

Editor
Judiciales24/11/2024

El exgobernador Sergio Urribarri acudió con una impugnación extraordinaria para lograr llegar a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y así revertir el fallo de la Cámara de Casación Penal, que revocó un fallo de primera instancia, hizo lugar al planteo de la Fiscalía y ordenó su detención y alojamiento con prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná.

urribarri

El Superior Tribunal revisará el hábeas corpus y espera el recurso extraordinario presentado por la defensa de Urribarri

Editor
Judiciales22/11/2024

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia tendrá dos instancias para revisar la prisión preventiva dictada por Casación contra el ex gobernador Sergio Urribarri. Por un lado, analizará la decisión de la jueza Carola Bacaluzzo de rechazar el hábeas data, por otro, recibirá por recurso extraordinario o por queja el planteo contra la decisión de Casación de enviarlo a la Unidad Penal 1.

3q5273py

Absuelven por falta de pruebas a acusado de facturar a PAMI prestaciones a personas fallecidas

TABANO SC
Judiciales20/11/2024

El acusado es un hombre de 44 años, oriundo de Lanús, que se dedica al rubor de la geriatría. Se le imputó que durante siete meses –entre agosto de 2015 y febrero de 2016- defraudó al Estado Nacional en 179.933 pesos, puesto que se sostuvo que como apoderado de un geriátrico de Concordia “habría presentado y cobrado en las facturas al INSSJ PAMI, prestaciones no brindadas a personas ya fallecidas al momento de la fecha de realización de los supuestos servicios”.

Lo más visto