
El senado provincial estudia un proyecto de cobro de prestaciones de salud en hospitales
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Sobresale entre los asuntos a tratar el “Cobro de prestaciones de Salud”, por el cual todo aquel que se atienda en un hospital público y posea obra social o posibilidad de pago, deberá abonar los servicios, entre estos se incluyen los gastos que demanda la atención de los accidentados. Esta comisión dictará un proyecto con vistas a tratarlo en la sesión del miércoles 15.
Cobro de prestaciones de Salud
En Legislación General se abordará el Expediente Nº 13.699, que establece en la Provincia la obligatoriedad del cobro por parte de los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia de los servicios brindados a beneficiarios de otros subsistemas de salud, dentro de los que se cuentan (obras sociales, mutuales, empresas de medicina prepagas, seguros de accidentes, Administradoras de Riesgos de Trabajo u otras similares dentro del límite de su cobertura y de la normativa vigente.
El proyecto elaborado por el senador Horacio Amavet (Departamento Uruguay) establece que los servicios asistenciales brindados a pacientes con cobertura social o privada deberán ser facturadas por los efectores conforme al nomenclador aprobado por el Ministerio de Salud de Entre Ríos, cuyos valores podrán ser mejorados mediante convenios prestacionales celebrados por las partes.
Además, señala que las entidades obligadas deberán cancelar las sumas adeudadas en el término de 60 días hábiles de recibida la factura, previéndose una instancia de impugnación para el caso de existir discrepancias sobre los montos facturados. Vencidos los plazos establecidos para el pago de las facturas, el Ente Regulador y Ejecutor del Arancelamiento de Salud de la provincia (EREAS), emitirá el certificado de deuda, que será considerado instrumento público.
Entre otros aspectos se indica que para recuperar los gastos prestacionales derivados de la atención de pacientes accidentados, el cobro a las entidades aseguradoras involucradas se realizará por el total de los gastos irrogados por el establecimiento asistencial, no pudiéndose invocar eximición de responsabilidad en el siniestro.
El EREAS -cuya creación propone el proyecto- tendrá como funciones regular, fiscalizar y resolver toda cuestión derivada de la facturación y cobro de los servicios de salud brindados por establecimientos provinciales, pudiendo impulsar las demandas judiciales necesarias para el efectivo cobro de tales recursos, sin perjuicio de las facultades constitucionales de la Fiscalía de Estado.


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