La fiscalía buscará revertir la excarcelación del padre de Luana: la audiencia es el jueves 16 en Concordia
La fiscal Josefina Penón apelará la decisión del juez de Garantías de Federación, que liberó a Raúl Cabral con restricciones por no encontrar riesgo de fuga ni de entorpecimiento. La causa avanza bajo la carátula de abandono de persona agravado seguido de muerte.
El próximo jueves 16 de abril, a las 10 de la mañana, los tribunales de Concordia serán escenario de la audiencia de apelación contra la resolución del juez de Garantías de Federación, Sergio Rondoni Caffa. La fiscal Josefina Penón buscará revertir la excarcelación de Raúl Cabral, de 42 años, acusado junto a su pareja por el abandono que derivó en la muerte de su hija Luana, una niña con discapacidad.
El magistrado había determinado que no existían indicios de riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la investigación, requisitos que la ley exige para disponer la medida más gravosa: la prisión preventiva. En consecuencia, Cabral quedó en libertad bajo condiciones estrictas, entre ellas la prohibición de salir de la ciudad y de acercarse a testigos.
El estado de la investigación
La causa, encabezada por la fiscal Penón, avanza bajo la carátula de abandono de persona agravado por el vínculo, seguido de muerte, un delito que contempla prisión efectiva. La hipótesis central apunta a un extremo descuido y a la falta de asistencia permanente hacia Luana, quien dependía totalmente de los adultos a su cargo para alimentarse, hidratarse y recibir atención médica.
Noelia Moretti, de 42 años y pareja de Cabral, continúa internada en el hospital de Federación en estado delicado. Ambos serán sometidos a pericias psiquiátricas y psicológicas para determinar si se encuentran en condiciones de afrontar un proceso judicial.
El lunes 13 de abril comenzará en Paraná la pericia médica más exhaustiva, orientada a esclarecer con precisión la causa de la muerte de la niña.
El hallazgo que conmocionó a la región
Luana fue encontrada sin vida en su cama el jueves pasado. Según las primeras estimaciones, la niña habría permanecido fallecida durante aproximadamente treinta días en la vivienda familiar sin que nadie del entorno advirtiera la situación. El caso generó profunda conmoción y malestar social en Federación, alimentados por los rumores y la incertidumbre sobre lo ocurrido.
Nota editorial
La decisión judicial es legítima: el proceso puede seguir sin prisión preventiva
La excarcelación de Raúl Cabral fue recibida con indignación por parte de la comunidad de Federación. Es comprensible: el caso es de una gravedad extraordinaria y el dolor social es legítimo. Sin embargo, conviene separar la reacción emocional —necesaria y humana— del análisis jurídico que la situación requiere.
El juez Rondoni Caffa no absolvió a Cabral. Evaluó los presupuestos procesales que habilitan la medida cautelar más severa del sistema penal —la prisión preventiva— y concluyó que no estaban dados: no hay indicios concretos de fuga ni de maniobras para obstaculizar la investigación. Esos son, precisamente, los únicos fundamentos que la ley autoriza para privar de la libertad a una persona que todavía no fue condenada.
La presunción de inocencia no es un privilegio ni una concesión: es un principio constitucional que rige para todos, incluso para quienes enfrentan acusaciones que generan repudio. La prisión preventiva no es un adelanto de pena ni un gesto de sensibilidad institucional hacia el reclamo popular. Es una herramienta procesal con requisitos precisos. Cuando esos requisitos no se verifican, el juez que la niega no falla contra las víctimas: cumple con su función.
La fiscal Penón tiene todo el derecho —y el deber, si así lo considera— de apelar esa decisión. El sistema de recursos existe exactamente para eso. Pero la apelación no debería leerse como una corrección de un error judicial: es el ejercicio normal del control entre partes en un Estado de derecho. La audiencia del jueves en Concordia permitirá que un tribunal superior revise los argumentos con la misma vara legal que aplicó el juez de primera instancia.
Mientras tanto, la investigación avanza. Las pericias médicas, psiquiátricas y el análisis forense irán construyendo el cuadro completo de lo sucedido. La justicia para Luana no se mide por la celeridad con que se encarcela a un sospechoso, sino por la solidez con que se prueba lo que realmente ocurrió. Eso requiere tiempo, rigor y respeto por las formas. Aun cuando duela esperar.
Te puede interesar
Caso Loan: confirmaron la fecha de inicio del juicio
La Justicia Federal de Corrientes confirmó la fecha de inicio del juicio oral y público por la presunta sustracción y ocultamiento de Loan Danilo Peña, el niño que fue visto por última vez el 13 de junio de 2024.
El abogado de los brillantes argumentos terminó preso junto a sus propios clientes
Pedro De La Madrid, uno de los letrados más reconocidos del foro concordiense, admitió esta semana su responsabilidad en una decena de delitos que van desde la estafa procesal hasta la falsificación de documentos públicos. Lo esperan tres años y medio de prisión efectiva en la UP3.
El juez Ariel Lijo ordenó levantar el secreto bancario y fiscal de Manuel Adorni y su esposa, en Entre Ríos no necesitan autorización judicial.
La decisión, adoptada a pedido del fiscal Pollicita, incluye la revisión de activos y movimientos financieros vinculados a la pareja y a una empresa de su propiedad, en el marco de una causa por supuesto enriquecimiento ilícito. En Entre Ríos, según las sentencias de cinco jueces penales de Concordia y uno de Paraná, no se requiere que un juez autorice el levantamiento del secreto, un fiscal puede hacerlo.
Una entrerriana será juzgada por instigación al magnicidio por una publicación en Facebook contra Macri
La mujer oriunda de Oro Verde realizó la publicación sugiriendo que alguien atente contra la vida del primer mandatario. El debate será en Paraná la semana próxima.
Causa Adorni: la Justicia allanó tres inmobiliarias que intervinieron en la compra de una de sus propiedades
Los operativos se realizaron en sucursales de la firma Rucci. Además, se ordenó el levantamiento del secreto bancario del funcionario.