Absuelven a pareja entrerriana acusada de intentar adoptar ilegalmente a dos niñas extranjeras
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná resolvió absolver a Damián Borgo y Carolina Silva, quienes estaban imputados por facilitar la permanencia ilegal de dos menores.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná resolvió absolver a una pareja entrerriana que había sido juzgada por presuntamente facilitar la permanencia ilegal de extranjeras menores de edad en el país. El fallo benefició a Damián Andrés Borgo y Carolina Solange Silva, oriundos de Villa del Rosario, quienes enfrentaban un pedido de condena de hasta cinco años de prisión.
La decisión fue adoptada por el tribunal integrado por las juezas Mariela Emilce Rojas y Noemí Marta Berros, junto al juez Jorge Sebastián Gallino. Además de la absolución, la resolución dispuso eximir a los acusados del pago de costas judiciales y ordenar la restitución de un teléfono celular que había sido secuestrado durante la investigación.
El debate durante el juicio
El proceso judicial se desarrolló a lo largo de varias jornadas en las que se expusieron distintos aspectos del caso. La acusación planteaba que la pareja entrerriana había facilitado la permanencia ilegal en el país de tres migrantes provenientes de República Dominicana, entre ellos dos niñas.
Durante las audiencias se reconstruyó el ingreso irregular al territorio argentino y se analizaron las circunstancias en las que las menores permanecieron en el país bajo el cuidado de los imputados.
El fiscal federal auxiliar, Dardo Barreto, pidió la condena.
En ese contexto, diferentes testimonios aportados por docentes, profesionales y vecinos señalaron que las niñas habían sido escolarizadas, recibían atención médica y contaban con mejores condiciones de alimentación y contención afectiva mientras vivían en Argentina.
La postura de la Fiscalía y la defensa
La fiscal federal Josefina Minatta sostuvo durante el debate que el caso encuadraba en el delito de facilitación de permanencia ilegal de extranjeros agravado, al tratarse de menores de edad y de personas en situación de vulnerabilidad.
Durante los alegatos, el Ministerio Público remarcó que, aun cuando las niñas hubieran mejorado su calidad de vida, el cumplimiento de las normas migratorias y de protección de la niñez no puede quedar sujeto a decisiones individuales.
La defensa, en cambio, sostuvo que no existió intención delictiva y que los acusados actuaron dentro de una red de cuidado informal. Según los abogados defensores, las pruebas incorporadas al expediente demostraban que no hubo explotación ni beneficio económico por parte de la pareja entrerriana.
El contexto del caso
La investigación había comenzado en 2024 a partir de una presentación realizada por organismos de protección de la niñez que tomaron conocimiento de la presencia de las menores en territorio argentino.
Según se expuso durante el juicio, las niñas habían ingresado al país junto a su padre desde República Dominicana y posteriormente permanecieron bajo el cuidado de la pareja acusada.
La situación derivó en la intervención de organismos estatales y en el traslado de las menores a una residencia mientras avanzaba la causa judicial.
El tribunal dispuso la absolución de los imputados y fijó para el próximo 26 de marzo la lectura de los fundamentos de la sentencia, donde se detallarán las razones jurídicas que sustentaron el fallo.
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