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Nacionales Por: TABANO SC28/02/2026

De cara al domingo, el Gobierno se anotó otra victoria legislativa y se aprobó la reforma laboral

La Cámara alta dio luz verde al proyecto con las modificaciones que le había realizado la Cámara de Diputados, la cual eliminaba el polémico artículo 44 sobre las licencias por enfermedad.

Con el apoyo de bloques aliados para ratificar la versión aprobada en la Cámara baja de la ley de modernización laboral, que eliminó el artículo que modificaba el régimen de licencias por enfermedad, el oficialismo logró aprobar el proyecto con 42 votos positivos, 28 negativos y 2 abstenciones, tras un extenso debate dentro de la última sesión especial de extraordinarias convocadas por el presidente Javier Milei.

Entre las modificaciones introducidas por Diputados, la mesa política del Gobierno decidió eliminar el polémico artículo 44, que trataba sobre el régimen de licencias médicas. La norma original establecía que, en caso de licencia por enfermedad o accidentes no laborales, los trabajadores podrían percibir entre el 50% y el 75% del salario, dependiendo del caso.

Otro cambio tiene que ver con las indemnizaciones por despido, ya que modifica la base de cálculo de la indemnización por antigüedad. Solo se considerará la remuneración mensual devengada y pagada en cada mes calendario, y quedan excluidos conceptos no mensuales como el aguinaldo, vacaciones y premios extraordinarios.

Salarios, vacaciones y despidos: qué cambios hay en la reforma laboral que aprobó Diputados

Cambios en indemnizaciones

  • Se redefine la "mejor remuneración" para el cálculo: solo lo mensual, normal y habitual, excluye conceptos no mensuales como SAC y vacaciones y se establece que la indemnización es la única reparación por despido sin causa.

Actualización de créditos laborales

  • También establece una actualización de créditos laborales, que establece un esquema de IPC y un 3% anual.

Nuevo sistema: Fondo de Asistencia Laboral

  • Se crean los Fondos para ayudar a cubrir costos de desvinculación y obligaciones indemnizatorias. Aporta el empleador: 1% mensual grandes empresas y 2,5% mensual MiPyMEs.

Registración laboral simplificada y digital (ARCA)

  • El registro ante ARCA es suficiente: no pueden exigirse requisitos extra por otras autoridades. Libros laborales: se conservan 10 años y se permite digitalización con validez legal.

Delimitación de beneficios sociales para el trabajador

  • Se redefine qué entra como beneficio social no remunerativo (comedor, reintegros médicos, guardería, útiles, capacitación, etcétera).

Banco de horas

  • Se habilitan regímenes voluntarios de banco de horas, de común acuerdo entre el empleador y el empleado.

Vacaciones

  • Vacaciones entre 1° de octubre y el 30 de abril, y se permite acordar fuera de temporada. Se habilita el fraccionamiento, con un mínimo de 7 días.

Régimen de Incentivo para Formación Laboral

  • Se incorpora un Régimen de Incentivo a la Formación Laboral para promover capacitación, empleabilidad y reconversión. El objetivo: más trabajo formal, más productividad y más oportunidades, especialmente para jóvenes y perfiles sin experiencia.

Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión

  • Se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión. Apunta a que las empresas realicen inversiones en producción real, tecnología y expansión.

Reducción de cargas sociales para nuevos empleos

  • Se reducen cargas sociales para empleos actuales y se facilita la contratación de nuevos empleados.

Prelación de convenios de empresas

  • Un convenio de empresa de una provincia prevalece por sobre un convenio ámbito nacional.

Compromiso de Reforma Fiscal integral

  • Se presentará una nueva Ley que impulse los acuerdos fiscales entre la Nación y las Provincias para reducir las cargas tributarias

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