Interés General Por: Editor07/04/2022

Concordia-Salto: Cuáles son los únicos dos requisitos para cruzar las fronteras

De acuerdo a la Decisión Administrativa publicada este jueves en el Boletín Oficial, solo habrá dos tipos de requisitos para los viajeros en el marco de la pandemia.

Luego de dos años de restricciones que fueron decreciendo y aumentando de acuerdo a la situación epidemiológica, el Gobierno normalizó los ingresos al país tanto para argentinos como para extranjeros.

Las medidas adoptadas por la Jefatura de Gabinete, a cargo de Juan Manzur, y respaldada por los ministros, de Salud, Carla Vizzotti, y del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, fueron comunicadas a través de la Decisión Administrativa 370/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

De esta forma, el Poder Ejecutivo dispuso levantar casi la totalidad de las medidas contra el COVID-19 en las fronteras terrestres, marítimas y aéreas.

Ya no habrá los denominados “corredores seguros” y la apertura de los puntos de ingreso no habilitados hasta la fecha será “programada y escalonada” en coordinación con las autoridades nacionales y jurisdiccionales.

En este contexto, la entrada de personas al territorio nacional quedará sujeto al cumplimiento de una serie de requisitos. Los argentinos y residentes en el país deberán completar una declaración jurada acerca de su estado de vacunación y ausencia de síntomas compatibles con coronavirus, “dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje”.

Los extranjeros también tendrán que firmar la misma documentación, pero además tener un seguro de salud COVID-19 “con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos”. Quedarán eximidos aquellos -argentinos, extranjeros residentes y turistas- que ingresen al país por un plazo menor a 24 horas y lo hagan por vía terrestre.

En el marco del contexto bélico internacional provocado por Rusia, también quedan exceptuados los extranjeros no residentes de nacionalidad ucraniana, o provenientes de Ucrania, que hayan huido por la invasión. No obstante, el Gobierno aclaró que “mientras permanezcan en situación migratoria transitoria deberán prever la contratación de un seguro de salud COVID-19 si no contaran con alguna otra modalidad de cobertura de salud”.

De detectarse o reportarse en el punto de entrada un caso positivo o sospechoso de COVID-19, se activará el Plan de Contingencia de ese Punto de Entrada.

El Gobierno recomendó a quienes tengan que ingresar a la Argentina y no se encuentren vacunados o que tengan el esquema incompleto, “la realización de una prueba diagnóstica de COVID-19 dentro de las 24 horas posteriores a su entrada al país”. En cualquiera de los casos, los niños menores de seis años quedarán eximidos de practicarse el test PCR o de antígenos para entrar.

No será necesario realizar controles de temperatura en los puntos de ingreso, ni en los embarques con destino argentino, pero se advirtió que “podrán establecerse restricciones al ingreso de los y las acompañantes de los pasajeros y las pasajeras a las terminales aeroportuarias cuando la situación epidemiológica así lo requiera”.

En el caso de los tripulantes no vacunados o con esquema incompleto, deberán acreditar su estado de salud con una prueba de antígenos realizada al menos 48 horas antes o una PCR negativa realizadas al menos 72 horas previas al abordaje.

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