
La Fiscalía respaldó la clausura preventiva de la planta de efluentes del Parque Industrial de Gualeguaychú
TABANO SC
La situación judicial de la Planta de Tratamiento de Efluentes del Parque Industrial de Gualeguaychú sumó un nuevo pronunciamiento. La Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná se pronunció a favor de mantener la clausura preventiva dispuesta por el juez federal Hernán Viri.
El dictamen, fechado el 16 de septiembre y firmado por el fiscal General de Paraná, Ignacio Candiotti, coincide con la postura que había sostenido anteriormente el fiscal federal de Gualeguaychú, Pedro Rebollo.
El expediente se originó a partir de una denuncia presentada por vecinos del barrio Don Pedro por presuntas irregularidades en el tratamiento y vuelco de efluentes industriales. En esta instancia, la Fiscalía General consideró que existen elementos suficientes para sostener una medida cautelar ambiental, principalmente por la presencia de verosimilitud del derecho y peligro en la demora.
Ahora será la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná la que deberá resolver los planteos de las partes y definir si mantiene la clausura preventiva o adopta otras medidas.
El conflicto judicial se inició en julio de 2025, cuando vecinos denunciaron que la planta del Parque Industrial estaría vertiendo efluentes sin el tratamiento adecuado hacia el río Gualeguaychú. A partir de esa presentación, la investigación quedó radicada en el Juzgado Federal de Gualeguaychú y fue delegada al Ministerio Público Fiscal.
En agosto de 2025 se realizó un primer allanamiento, durante el cual se tomaron muestras de los vertidos industriales. Los análisis de laboratorio detectaron valores de contaminación por encima de los niveles permitidos. Un segundo procedimiento, realizado en noviembre de ese año, incluyó muestras tomadas en siete puntos estratégicos y volvió a detectar elevados niveles de DBO, coliformes termotolerantes y Escherichia coli.
La investigación continuó durante 2026. En un allanamiento realizado el 19 de mayo se detectó, entre otros elementos, un caño rojo con una llave de paso que no se encontraba habilitado y que fue señalado por el supervisor de la planta como un sistema previsto para actuar ante posibles contingencias. También se observó acopio de barros con fuerte olor y presencia de insectos, además de otro caño que desembocaba en calle El Hornero.
En ese procedimiento también se tomaron muestras en la planta y en distintos puntos del río Gualeguaychú. En esos análisis, según el dictamen fiscal, no se detectaron valores por fuera de los parámetros normativos.
Sin embargo, una nueva toma de muestras realizada el 9 de junio en la denominada Cañada Melgar, ubicada entre la planta y el barrio Don Pedro, arrojó resultados que la Fiscalía General considera particularmente relevantes. El informe de laboratorio detectó una alta carga bacteriana, elevados niveles de coliformes termotolerantes y Escherichia coli, además de concentraciones de aluminio, cromo, cobre, plata, selenio y zinc por encima de los valores admitidos.
Para la Fiscalía, esos resultados constituyen evidencia de una contaminación concreta en el área. El dictamen cita además la interpretación realizada por especialistas de la Policía Federal, quienes señalaron que los niveles de Escherichia coli detectados pueden ser considerados un indicador de contaminación fecal antropogénica aguda.
La planta y su capacidad de tratamiento
Otro de los elementos considerados en el dictamen son las declaraciones incorporadas durante la investigación. El supervisor de la planta, Fernando Valentín Vergara, había señalado que existía una sobrecarga de materia orgánica, con valores que duplicaban lo admitido, y que la situación estaba relacionada con los valores de ingreso provenientes de las industrias.
A su vez, durante una audiencia de conciliación realizada en febrero, el representante del Parque Industrial había mencionado la existencia de defectos ocultos que requerían materiales importados para su reparación. Una ingeniera contratada por el Parque Industrial manifestó en esa misma instancia que la planta estaba trabajando con un caudal de efluentes superior al que podía procesar y estimó que su acondicionamiento podía demandar entre seis meses y un año.
La Fiscalía General también puso bajo consideración otro dato: el Certificado de Aptitud Ambiental de la Planta de Tratamiento se encuentra vencido desde 2021. Aunque reconoce que se trata de una habilitación administrativa, considera que ese incumplimiento debe ser valorado dentro del conjunto de elementos de la causa.
La clausura como medida preventiva
El planteo de la Fiscalía General no supone una condena ni una decisión definitiva sobre el fondo de la investigación. El dictamen remarca que la clausura tiene carácter cautelar y preventivo.
En ese sentido, sostiene que la planta continúa funcionando de manera inadecuada e insuficiente y que, si bien se fueron realizando algunas de las obras y medidas de acondicionamiento comprometidas, estas no se habrían concretado en su totalidad ni dentro de los plazos previstos. Para la Fiscalía, esa situación impide prolongar el actual estado de funcionamiento deficiente.
El dictamen también recuerda que en materia ambiental rigen los principios de prevención y precaución. En particular, señala que la ausencia de certeza científica definitiva no debe utilizarse para postergar medidas destinadas a evitar un daño ambiental grave o irreversible.
Por esa razón, el fiscal General de Paraná, Ignacio Candiotti, concluyó que la medida dispuesta por Viri, y que había sido reclamada en la primera oportunidad por el fiscal Rebollo, resulta “razonable y justificada” frente a los elementos reunidos hasta ahora y solicitó formalmente a la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná que rechace los recursos presentados y confirme la clausura preventiva de la Planta de Tratamiento de Efluentes del Parque Industrial de Gualeguaychú.
El propio dictamen plantea, de todos modos, que al tratarse de una clausura preventiva corresponde que la situación sea revisada periódicamente. En ese marco, considera necesario que la administración del Parque Industrial y las empresas que lo integran completen las inversiones, tareas de mantenimiento y obras de infraestructura técnica necesarias, de manera que posteriormente pueda evaluarse un eventual levantamiento de la medida.
Fuente: Ahora El Día



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