Corrientes: fallo declara inconstitucional aplicar Ganancias a jubilados

La resolución del Juzgado Federal de Primera Instancia de Goya ordenó el cese inmediato de las retenciones y el reintegro de los montos descontados a la parte denunciante.
Nacionales15/04/2026TABANO SCTABANO SC

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El Juzgado Federal de Primera Instancia de Goya hizo lugar a una acción de amparo previsional y declaró la inconstitucionalidad del artículo 79, inciso c), de la Ley de Impuesto a las Ganancias en su aplicación sobre haberes jubilatorios.

Qué establece el fallo

El tribunal determinó que:

  • Los haberes previsionales no deben ser considerados “ganancia”

  • El impuesto aplicado a jubilaciones resulta inaplicable en este caso

  • Deben devolverse las sumas retenidas

Además, dispuso que las costas del proceso sean asumidas por la parte demandada.

La decisión se basó en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, especialmente en el precedente García, María Isabel”.

En ese fallo se establece que las jubilaciones:

  • Sustituyen al salario

  • No constituyen una ganancia en términos tributarios

Derechos afectados

El juzgado consideró que la aplicación del impuesto afecta la integralidad de las prestaciones previsionales, además, vulnera el principio de igualdad. Por lo tanto, este impuesto no contempla la situación de vulnerabilidad de jubilados y pensionados.

Si bien el fallo corresponde a un caso individual, resulta importante porque se inscribe en una línea de decisiones judiciales que cuestionan la aplicación del impuesto a las jubilaciones.

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