Ley Ómnibus: las jubilaciones se actualizarán mensualmente y de acuerdo a la inflación

Las jubilaciones comenzarán a ajustarse a partir de abril en base a la inflación, sin combinación con ninguna otra variable, luego de que en marzo se aplique el aumento trimestral conforme a la actual ley de Movilidad, si avanza en el Congreso la nueva propuesta del Gobierno.

Economía 22/01/2024 Editor Editor
jubilaciones, jubilados

El Gobierno nacional dispuso introducir una modificación en la fórmula de movilidad jubilatoria respecto del texto original de la Ley ómnibus enviada al Congreso Nacional. De este modo, la fórmula actual seguirá hasta abril y luego los haberes se ajustarán por el índice de precios al consumidor (IPC). 

Según informó el Ejecutivo, “el Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del INDEC. Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo”.

“En marzo de 2024, se realizará el ajuste trimestral de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N 24.241 en base al índice de movilidad dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 24.241. A partir de abril de 2024, el índice de movilidad se obtendrá mensualmente conforme al último dato de inflación mensual disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes”, expresó.

“La inflación se definirá como la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec)”, afirmó.

En el artículo 106 indica que “sustitúyase, a partir del 1° de abril de 2024, el artículo 32 de la Ley N° 24.241, el que quedará redactado como sigue: “ARTÍCULO 32. Movilidad de las prestaciones. Las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la presente serán móviles”.

“El índice de movilidad se obtendrá mensualmente conforme al último dato de inflación mensual disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes. La inflación se definirá como la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. En ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario o la beneficiaria. La primera actualización sobre la base de la movilidad dispuesta en este artículo se hará efectiva a partir del 1° de abril de 2024”, afirmó.

BONO DE FEBRERO

Esta mañana, durante su habitual conferencia de prensa, el vocero presidencia Manuel Adorni también se refirió al tema y reafirmó que habrá un bono en febrero, tras el plus de $55.000 que se abonó en enero, aunque todavía no se conozca de cuánto será.

“Ya habíamos hablado de un bono para enero y para febrero. La fórmula de movilidad ha sido dañina para los jubilados, de hecho hace tiempo que no se respeta, donde se los tiene que compensar a los jubilados con un bono”, dijo.

“Está claro que la fórmula no solo no ha servido para que el jubilado mantenga su poder adquisitivo, siempre se lo ha tenido que compensar con un bono”, agregó.

LA IDEA ORIGINAL

En el texto original enviado en diciembre al Congreso Nacional, se disponía, entre otros puntos, la suspensión de la actual fórmula de movilidad que actualiza las jubilaciones y otras prestaciones sociales cada tres meses. Según la norma, el Poder Ejecutivo podría realizar aumentos por decreto hasta que se establezca un nuevo mecanismo de revisión automática. La medida resultaba clave para el ajuste fiscal que encarará el ministro de Economía, Luis Caputo, como punto de partida para “desindexar” el componente más sustancioso del gasto público.

Hasta la actualidad, los ajustes de haberes se otorgan en un porcentaje de incremento trimestral, determinado por la variación de un índice que surge de sumar 50% del aumento trimestral de la recaudación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) por beneficiario y 50% de la variación de los salarios. Para este último eje, se toma el mayor valor entre el Ripte (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable) y el índice general de salarios del Indec. Si consigue la sanción en el Congreso, Milei podrá otorgarlos por decreto.

En el Gobierno del expresidente Alberto Fernández se había modificado la reforma sancionada en 2017 en tiempos de Mauricio Macri cuando se generó un fuerte enfrentamiento legislativo con protestas en las calles de quienes estaban en contra de ese cambio. En este último caso, la fórmula se regía en un 70% en base a la inflación y el 30% en base a los salarios.

La importante aceleración de los demás precios implicó que ninguno de los dos mecanismos hayan conseguido que los haberes previsionales no pierdan poder adquisitivo. En los últimos años los jubilados reciben bonos para compensar las pérdidas que arrojaba la fórmula. Una de las justificaciones que daban en La libertad Avanza es que como la inflación del último trimestre de 2023 será más baja que la del inicio del 2024, de mantenerse el esquema vigente, continuará la degradación de estos ingresos.

El gasto previsional es clave para las cuentas públicas y el ajuste fiscal que propone Caputo. De hecho, el recorte del gasto que informó el Palacio de Hacienda contempla una reducción del 0,4% del PBI en jubilaciones. Por otro lado, si finalmente la inflación comienza a ceder en algún momento, el rezago en la actualización se dará sobre niveles más altos por lo que la necesidad de gasto crecerá en términos reales.

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