Uruguay no instalará un free shop en Concordia

Aclaró CTM argentina no tiene proyecto alguno en este sentido.

Interés General 07/08/2022 Editor Editor
duty free

Era una noticia falsa, aunque fue publicada por el diario “Cambio” de Salto. Ayer, el encargado de prensa de la Delegación Argentina ante la CTM de Salto Grande, mediante un “derecho de réplica”, negó que los uruguayos planeen hacer un free shop en territorio argentino y se diluyó la posibilidad para los argentinos podamos tener un lugar donde ir a pasar y comprar artículos sin impuestos.

Las buenas acciones y desarrollos del lado uruguayo, que lleva adelante Carlos Albisu, no son imitados del argentino.

"Derecho a Réplica: Nota "Un free shop funcionará en Concordia, así lo convinieron el presidente de la CTM y Lacalle Pou" 

En vista de lo publicado en diario El Sol de Concordia bajo el título "Un free shop funcionará en Concordia, así lo convinieron el presidente de la CTM y Lacalle Pou", informando acerca de la instalación de un "Duty Free" o "Free Shop", en la ciudad de Concordia, es dable aclarar que:

La decisión de evaluar y habilitar la apertura de comercios de esta naturaleza la ha determinado y promovido el GOBIERNO URUGUAYO en TERRITORIO URUGUAYO acompañándose la iniciativa desde la DELEGACIÓN DEL URUGUAY ANTE LA CTM, no interviniendo en la misma la Delegación Argentina ante la CTM.

Cabe destacar que, en materia de Centro de Frontera, el correspondiente a Concordia se ubica en territorio argentino, por lo tanto, la instalación de este tipo de propuestas comerciales son definiciones que debe tomar soberanamente cada país; desde Argentina no existe proyecto alguno para instalar este tipo de comercios en Concordia.

Según los publicado en diarios de la República Oriental del Uruguay, de dónde se toma la información reproducida por el Diario El Sol, la misma establece que los puntos de ubicación potencial de estas inversiones serían en las localidades de Salto, Paysandú y Fray Bentos, según lo que determinaría el Gobierno de Uruguay en su territorio, quedando por lógicas razones excluida la ciudad de Concordia o cualquier otra de Entre Ríos.

En materia de "cartas fundacionales" de Salto Grande, las mismas, que en realidad se tratan de convenios y acuerdos, no hablan específicamente de cuestiones de esta naturaleza, haciendo gala la nota de una muy libre interpretación de lo que el acuerdo de 1946 establece en sus párrafos iniciales:

"La finalidad de ese Convenio es la obtención del mayor beneficio de las disposiciones naturales que ofrecen los rápidos del río Uruguay, en la zona de Salto Grande, para el desarrollo económico, industrial y social de ambos países y, con el fin de mejorar la navegabilidad, aprovechar sus aguas para la producción de energía y facilitar la vinculación de sus comunicaciones terrestres".

Delegación Argentina ante la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande".

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