Defensores de Luis Erbes hablaron de "accionar tendencioso"

Defensores del funcionario del Ministerio de Economía, Luis Erbes, opinaron de la investigación y sobreseimiento por el delito de enriquecimiento ilícito.

Provinciales 10/06/2022 Editor Editor
Erbes

Abogados defensores del funcionario del Ministerio de Economía, Luis Erbes, se refirieron a la investigación por presunto enriquecimiento ilícito, y a la decisión de sobreseimiento que ocurrió este miércoles. En un parte de prensa, señalaron que "después de 5 años y 7 meses de investigación, 2 pericias contables, 18 pedidos de informes y tres declaraciones informativas, la Justicia de Garantías, a cargo del juez José Eduardo Ruhl, sobreseyó al contador Luis Alfonso Erbes".

Los abogados Franco Azziani Cánepa, Ladislao Uzín Olleros y Andrés Bacigalupo, aseguraron que "el funcionario público -que nunca fue formalmente imputado- estuvo, como decimos, 5 años y 7 meses bajo sospecha por un delito que no cometió ni siquiera en grado de tentativa, con todo el menoscabo personal y la estigmatización que ello conlleva".

Tildaron de "penosa y lamentable situación en que se alojó a nuestro asistido -que incluso gravitó en su estado de salud- se debió, entre otras irregularidades, al accionar tendencioso y malintencionado del contador Héctor Enrique, quien, bajo la órbita y las directivas del Ministerio Publico Fiscal, emitió una pericia contable incriminante". "Cuando la tarea pericial debió enfocarse en la averiguación de la verdad a través de normas técnicas y cálculos aritméticos, optó por apartarse de esas exigencias regulatorias, para enderezar tendenciosa y maliciosamente su accionar a emitir groseras especulaciones y supuestos, huérfanas de objetividad, con el embozado objetivo de perjudicar al contador Erbes".

Como defensores, destacaron no se apartan "de auspiciar por una correcta administración del servicio de Justicia, abonando por el dictado de condenas efectivas en casos comprobados de corrupción, sin perder de vista que en la lucha contra ese flagelo que perjudica al cuerpo social -y con mayor incidencia a los más vulnerables- que arremete históricamente a nuestro país, no deberían soslayarse los derechos y garantías constitucionales más elementales, que amparan a todos los ciudadanos, a saber: el debido proceso, la razonabilidad en los plazos investigativos, el principio de inocencia, como así también la posibilidad de ser investigados por funcionarios objetivos y profesionales, pues ante probanzas desincriminatorias concretas, deben proceder a desvincular al sospechado y no a la inversa, pues la función fiscal no se limita a acusar y peticionar condenas sino que también abarca defender esas garantías tuteladas por la Constitución, ya que su función es preservar la permanente y estricta observancia de la ley".

"Ha quedado comprobada la absoluta inocencia de nuestro asistido por el delito injustamente endilgado, inocencia respaldada por decisiones jurisdiccionales; ERBES estuvo a derecho desde el primer día, empero poder abstenerse a declarar, amparado por esa garantía constitucional, espontáneamente se presentó en tres ocasiones a prestar declaración informativa, aportar elementos y contestar cuanta pregunta se le formulara. No es dato menor, que no obstante esta alongada investigación, expuesta mediáticamente, la Administración Federal de Ingresos Públicos tampoco encontró ninguna inconsistencia en sus declaraciones juradas, ni en la evolución de su patrimonio o en el origen de sus recursos financieros. - A pesar de la contundencia de los elementos colectados durante años de investigación, esta defensa consintió en la práctica de una nueva pericia, la que se encomendó a la Cont. María Florencia ARA, del cuerpo pericial del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos; dicho dictamen no arrojó ningún elemento revelador que permitiera imputar a nuestro asistido; muy por el contrario, convalidó la veracidad de todos los elementos aportados por Erbes, al no detectarse ninguna inconsistencia", consideraron.

Por último, subrayaron que "la labor objetiva y adecuada a derecho de los magistrados intervinientes en este proceso quienes, desprovistos de cualquier sesgo político, dictaron -a ciencia y conciencia- auténticas sentencias ejemplificadoras en lo que a delitos contra la administración pública se refiere".

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