Goyeneche, a un paso de la destitución

La Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Andrea Goyeneche, está a un paso de ser destituida del Poder Judicial. Su suerte quedó sellada luego del fallo que dictó el Superior Tribunal de Justicia (STJ), con una conformación ad hoc: con solo un integrante natural del alto cuerpo, Bernardo Salduna, y el resto con camaristas del fuero laboral.

Judiciales 19/05/2022 Editor Editor
Jury

El máximo tribunal le dijo que no tiene razón en el amparo que presentó Goyeneche contra la intervención de un fiscal que no integra el Ministerio Público Fiscal en la acusación en el proceso de jury.

El proceso, hasta acá, transitó un camino sinuoso.

El artículo 20 de la Ley de Jury N° 9.283 fija que el Jurado de Enjuiciamiento puede aceptar o desestimar la denuncia contra un funcionario -en el caso de la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche, ya aceptó abrir causa el 30 de noviembre de 2021-; también puede suspender al investigado -Goyeneche lleva casi seis meses fuera de su función-; y al final, luego de concluido el proceso, absolver o destituir al acusado: la opción más probable en el caso de la segunda en la línea de la Procuración, acusada por supuesto mal desempeño por su actuación en la causa de los contratos truchos en la Legislatura, es la destitución.

Esa posibilidad quedó reforzada con el fallo que dictó este miércoles feriado el Superior Tribunal de Justicia (STJ) ad hoc que analizó la apelación de la Fiscalía de Estado a una sentencia de primera instancia que había hecho lugar parcialmente a un recurso de amparo de Goyeneche. El planteo fue hecho el 29 de diciembre del año último y apuntó contra  la decisión que adoptó el Jurado de Enjuiciamiento el 30 de noviembre, cuando dispuso suspenderla en el cargo mientras dure el proceso de jury en su contra por supuesto mal desempeño de su función y, además, decidió apartar a todo el Ministerio Público Fiscal como órgano acusador y convocar a fiscales ad hoc para acusarla en el jury.

«Mediante dicho acto la demandada decidió la apertura del enjuiciamiento a la suscripta y, por mayoría de 5 votos, y en flagrante violación a las garantías constitucionales de legalidad de los actos públicos y división de poderes -en su aspecto de independencia judicial- y estabilidad en el ejercicio del cargo» -apunta- resolvió «la suspensión en sus funciones como Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción, hasta el veredicto definitivo». Además, el Jurado de Enjuiciamiento ordenó «separar del conocimiento de la causa a la totalidad de los integrantes del Ministerio Público Fiscal».

El 25 de enero último, la jueza de feria Elena Albornoz había hecho lugar parcialmente a un amparo que presentó Goyeneche contra lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento. En su fallo, la jueza Albornoz tildó de «ilegítimo» el accionar del Jurado de Enjuiciamiento al haber apartado al Ministerio Público Fiscal de su función acusadora, y convocar en su lugar a fiscales ad hoc. La magistrada, que sucedió en el tratamiento del recurso de amparo de Goyeneche luego de que en primera instancia interviniera el juez laboral José Antonio Reviriego, dispuso que «el órgano acusador  ante el jury dispuesto a la amparista Cecilia Andrea Goyeneche  sea el Ministerio Público Fiscal  representado por el Procurador General en los términos establecidos por el artículo 11 de la ley 9.283».

El caso llegó en apelación al Superior Tribunal de Justicia (STJ), que el 9 de febrero,  con el voto de los vocales Germán Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio y Juan Ramón Smaldone, revocó el fallo dictado por la jueza Elena Albornoz, y declaró el amparo como “inadmisible” para cuestionar el apartamiento del Ministerio Público Fiscal como órgano acusador en el marco del proceso que se le sigue ante el Jurado de Enjuiciamiento, por existir otro proceso judicial pendiente de resolución. Goyeneche recurrió esa resolución y pidió ir a la Corte con un recurso extraordinario federal, pero se lo rechazaron. Entonces, debió apelar a un recurso de queja para llegar a la máxima instancia federal

El  4 de abril el STJ -con los votos de los vocales Germán Reynaldo Carlomagno, Miguel Ángel Giorgio y Fabiola María Livia Bogado Ibarra -integra la Sala III de la Cámara Laboral y se sumó como vocal ad hoc- y el voto en disidencia del vocal Bernardo Salduna, denegó ese camino. Por eso, al final Goyeneche llegó a la Corte con un recurso de queja.

El máximo tribunal federal, con el voto de sus cuatro miembros -Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti-, falló el martes 10 del actual a favor del planteo de Goyeneche por lo cual dictaminó que «se hace lugar a la queja interpuesta, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada». Y devolvió el caso al STJ «a fin de que, por quien corresponda, se dicte una nueva sentencia con arreglo a lo expresado en este pronunciamiento».

El sábado último quedó integrado el tribunal que tratará el planteo de fondo en el amparo que presentó Goyeneche. El Superior Tribunal de Justicia (STJ), con una integración distinta – Guillermo Federik, de la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral; Emilio Luján Matorras, de la Sala Segunda de la Cámara Tercera Laboral (en disidencia parcial); María Gabriela López Arango, de la Sala Primera de la Cámara Tercera Laboral; y Pablo Andrés Vírgala, del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná- resolvió aceptar la excusación del vocal Germán Carlomagno, y rechazar las excusaciones de la vocal  Fabiola María Livia Bogado Ibarra, presidenta de la Sala Primera de la Cámara Laboral, y de Bernardo Salduna, vocal del STJ.

De ese modo, se dejó integrado el tribunal que deberá resolver la acción de amparo de Goyeneche con los siguientes magistrados: Bernardo Salduna,  Fabiola María Livia Bogado Ibarra, Guillermo Leopoldo Federik, Emilio Luján Matorras, María Gabriela López Arango, Pablo Andrés Vírgala, Gervasio Pablo Labriola, Alejandro Diego Grippo (los tres últimos del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná) y la presidenta del STJ, Susana Medina.

Este miércoles, el STJ ad hoc con el voto de los jueces Fabiola María Livia Bogado Ibarra, Guillermo Leopoldo Federik, Emilio Luján Matorras, María Gabriela López Arango, y la disidencia de Bernardo Salduna, revocó el fallo de la jueza Alboroz y rechazó el amparo de Goyeneche.

La decisión deja el camino libre al Jurado de Enjuiciamiento -que integran los vocales del STJ Gisela Nerea Schumacher, Daniel Omar Carubia y Juan Ramón Smaldone, todos recusados por Goyeneche-, el senador Armando Luis Gay y el diputado Gustavo Zavallo, del Frente Creer, y los abogados Verónica Mulone y Gonzalo García Garro- para votar por la destitución de Goyeneche. Por estas horas, y tras el cierre del debate oral en el jury, que cerró el último viernes 7 del actual, los siete jurados emiten sus votos. El primero en votar, el juez Smaldone, votó por la destitución de Goyeneche.

La decisión final del Jurado tiene que estar listo antes del 30 de este mes, cuando se cumple el plazo fatal de seis meses que impone la Ley de Jury para resolver el proceso. (Entre Ríos Ahora)

Te puede interesar
Lo más visto