


De tal manera, y al no contar con el mantenimiento adecuado por parte de sus propietarios, afectan el sistema de distribución impidiendo que los vecinos reciban normalmente la energía.
Se reitera la vigencia del decreto 1300 / Reglamentario de la Ley N°8916/95, (artículo 48) que establece que “Los árboles o arbustos que invadan o tomen contacto con las líneas eléctricas y que puedan dañarlas o perturbar el servicio deberán ser removidos por sus propietarios”.
•El día 24/12 a las 2,00 hs la CEC informó que “Debido a que las ramas de un árbol caído en V. Simón y A. de Luque, tocaron la línea del conductor de energía (fase inferior) se produjo un corte de suministro de alrededor de 10 minutos.” (…) la acción de la rama provocó la salida de servicio de la Estación Transformadora Río Uruguay por lo que el corte afectó a toda la zona que abastece”.
•El día de ayer en zona de Remedios Escalada y Echagüe se produjo un corte de energía también provocado por incidencia de ramas de árboles sin el mantenimiento o poda necesaria. Esto produjo la acción de las protecciones por los cortocircuitos que detecta el sistema por las ramas que tocan las líneas; en consecuencia, interrumpe la distribución de la energía para evitar un problema mayor como podría ser un incendio.
La falta de poda o mantenimiento de árboles terminan afectando a los vecinos que se ven imposibilitados.



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