Judiciales Por: TABANO SC23/09/2026

El STJ rechazó la impugnación extraordinaria y confirmó la sentencia de Casación en la causa Juan Ruiz Orrico

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, integrada por los vocales, Miguel Ángel Giorgio, Daniel Carubia y la vocal Claudia Mizawak rechazó la impugnación extraordinaria presentada por los defensores de Juan Enrique Ruiz Orrico contra la sentencia Nº 146 de la Sala II de la Cámara de Casación Penal, dictada el 3 de julio de 2026.

La resolución fue adoptada, en el marco del expediente “Ruiz Orrico, Juan Enrique s/ Homicidio culposo agravado s/ Impugnación extraordinaria”, Expte. Nº 5.912.

Luego de realizada la audiencia que se desarrolló hoy en Paraná, y que contó con la participación de los integrantes de la Sala los representantes de la defensa, los querellantes particulares y el Ministerio Público Fiscal, el Tribunal pasó a deliberar y posteriormente comunicó a las partes la decisión adoptada.

En ese marco, resolvió rechazar la impugnación extraordinaria presentada por los defensores de Ruiz Orrico contra la sentencia N.º 146 de la Sala II de la Cámara de Casación Penal y, en consecuencia, confirmar dicho pronunciamiento, destacó en un comunicado el área de Prensa del STJ.

 

La querella conformada por Leandro Rosatti y Mario Arcusin y el Procurador Jorge Amílcar Luciano García por el Ministerio Público Fiscal.

La audiencia

Declarado abierto el acto, se informó -por Secretaría- que estaban presentes los abogados Leopoldo Lambruschini, Félix Pérez y Leandro Ariel Monje, defensores técnicos de Juan Enrique Ruiz Orrico, parte recurrente en las presentes actuaciones. En calidad de querellantes particulares hizo lo propio el abogado Mario Arcusin, apoderado de Héctor Marcelo Izaguirre y Nélida Lorena Dubini (progenitores de Brian y Lucas Izaguirre); de Roberto Gustavo Rossi y María de los Ángeles Benítez (progenitores de Axel Rossi); de Ramón Donato Almada y María Cornelia Jaime (progenitores de Leonardo Almada) y el abogado Leandro Rosatti, coapoderado de María de los Ángeles Benítez (madre de Axel Rossi) y de Nélida Lorena Dubini (madre de los hermanos Brian y Lucas Izaguirre); mientras que por el Ministerio Público Fiscal estuvo el procurador general Jorge Amílcar Luciano García.

En primer orden, hizo uso de la palabra Lambruschini, quien se remitió en un todo al escrito de interposición del recurso afirmando que la Cámara de Casación de Concordia no realizó un control efectivo e integral del fallo condenatorio. Sostuvo que en la sentencia recurrida existe un apartamiento del derecho vigente, en lo que refiere al tratamiento de la pena natural, en el agravante de funcionario público y en la reparación del daño; como así también de las reglas del sistema de la imputación, en la valoración que se efectúa de la confesión. En ese marco, solicitó que se revoque la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal, por resultar arbitraria, disponiéndose el reenvío de las actuaciones para que con una integración distinta se dicte un nuevo pronunciamiento. En subsidio, de asumir el Tribunal la competencia positiva, solicita se revoque la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal adecuándose la pena impuesta a Juan Enrique Ruiz Orrico, conforme los fundamentos desarrollados por esa defensa.

Seguidamente, hizo uso de la palabra el Procurador García, quien afirmó que el marco sustancial de este recurso es el agravio a derechos constitucionales que atañen a la tercera cuestión, esto es, a la determinación de la pena. Luego de su alocución, concluyó que el agravio de la defensa no constituye una vulneración de derechos fundamentales ni acto puro de poder, por lo que formalmente no es admisible el recurso interpuesto por la defensa.

A su turno, el abogado Mario Arcusin, afirmó que no están de acuerdo en la reducción de la pena por la confesión, agregando que sí están de acuerdo en la reducción de la misma por la falta de antecedentes penales.

A continuación, se habló el abogado Leandro Rosatti, quien adhirió a lo expuesto por el Procurador en lo referido al doble conforme, aludiendo a cada uno de los agravios que fueron citados por la defensa. Y solicitó que se rechace la impugnación extraordinaria, se confirme el fallo dictado por la Cámara de Casación con costas y se regulen los honorarios profesionales de esa parte.

Acto seguido, el presidente del Tribunal, hizo saber que tiene presente los informes efectuados por cada una de las partes asistentes a la audiencia, y da por culminada la etapa de recepción de los mismos, informando que el Tribunal pasa a deliberar y que, concluida la deliberación, dará a conocer el resultado al que se arribe en la misma.

Concluida la deliberación, el Tribunal informó a las partes el veredicto al que arribó y resolvió:

1) Rechazar la impugnación extraordinaria “articulada por los Dres. Leopoldo Luis Francisco Lambruschini y Félix Patricio Pérez -codefensores técnicos del imputado Juan Enrique Ruiz Orrico- contra la sentencia Nº 146 dictada por la Sala II de la Cámara de Casación Penal, en fecha 3 de julio de 2026, la que, en consecuencia, se CONFIRMA”.

2) Declarar a cargo de la recurrente vencida, “las costas devengadas por la impugnación extraordinaria deducida (conf. Art. 585)”.

3) Regular los honorarios profesionales de Mario Arcusin y Leandro Rosatti, por la actuación que les cupo en esta instancia de Alzada, en carácter de representantes de la Querella Particular, en la cantidad de cincuenta (50) juristas, los que, conforme al actual valor de la unidad arancelaria ($ 94.732,48) equivalen a la suma de $4.736.624, correspondiéndole a Arcusin la suma de ($2.841.974,60 (equivalente a 30 juristas) y a Rosatti la suma de $1.894.649,60 (equivalente a 20 juristas).

4) Tener presente la reserva del caso federal.

Asimismo, se hizo saber que la lectura íntegra de la sentencia y sus fundamentos se llevará a cabo en el término de ley y que la audiencia ha sido videograbada.

Antecedente

 

Finalizado el juicio oral y público realizado en los tribunales de Concepción del Uruguay, el 9 de marzo de 2025, el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Darío Crespo, aplicó a Juan Ruiz Orrico la pena de 5 años y 8 meses de cárcel de cumplimiento efectivo, por considerarlo autor material y responsable del delito de homicidio culposo por la muerte de cuatro trabajadores en un siniestro vial ocurrido el 20 de junio de 2024 en la ruta 39, en el departamento Uruguay, recordó el área de Comunicación del STJ. El 27 de julio de este año la Cámara de Casación con asiento en Concordia concedió la impugnación extraordinaria ante la Sala Penal del STJ.

 

El acta

 

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