Judiciales Por: TABANO SC18/06/2026

Casación transformó pena condicional en efectiva para conductora que chocó y mató

La Cámara de Casación Penal de Paraná resolvió que Shirley Ivon Pesoa deberá cumplir tres años de prisión de ejecución efectiva por la muerte de Lautaro Exequiel Meglio, ocurrida en 2024

En una decisión dividida que reabre el debate sobre la responsabilidad vial y los límites de la pena, la Cámara de Casación Penal de Paraná resolvió que Shirley Ivon Pesoa deberá cumplir tres años de prisión de ejecución efectiva por la muerte de Lautaro Exequiel Meglio, ocurrida en 2024 en avenida Zanni en Paraná. El fallo no solo revoca la condicionalidad de la pena dictada en primera instancia, sino que también eleva a ocho años su inhabilitación para conducir.

El hecho que originó la causa ocurrió la madrugada del 1 de febrero de 2024, aproximadamente a las 4. Según quedó acreditado, Pesoa conducía una camioneta Toyota Hilux por la avenida Zanni de la ciudad de Paraná en dirección sur-norte. Al llegar a la intersección con la calle Juan Manuel Blanes, realizó una maniobra calificada como “imprudente, negligente y antirreglamentaria”: efectuó un giro anticipado hacia la izquierda, cruzando la doble línea amarilla e invadiendo el carril contrario.

En ese momento, por el carril opuesto circulaba Lautaro Meglio, de 24 años, al mando de una motocicleta Honda Tornado. Pese a que el joven realizó una maniobra de frenado de más de 12 metros, no pudo evitar la colisión frontal-oblicua contra el lateral derecho de la camioneta. Meglio falleció horas más tarde en el Hospital San Martín debido a politraumatismos graves.

En fallo dividido, las camaristas Marcelo Badano y Marcela Davite, acompañaron los argumentos de los abogados querellantes, mientras que rechazaron los de la fiscalía y la defensa pública para mantener el veredicto dictado por la jueza Matilde Federik. El caso seguirá en la Sala Penal del STJ, ya que las partes dejaron asentado en la audiencia esa posibilidad de recurrir ante el máximo órgano judicial de la provincia.

En su exposición, los abogados de la familia Meglio, Gonzalo Meglio y Naim Chemez, centraron su recurso en que el tribunal anterior aplicó el mínimo de la pena sin sopesar la extrema gravedad de la conducta. Denunciaron que Pesoa cometió una “doble imprudencia”: realizar un giro prohibido invadiendo el carril contrario y hacerlo bajo los efectos de cocaína y marihuana.

La querella cuestionó duramente el uso de la situación familiar de Pesoa —madre de un niño con parálisis cerebral— como “escudo” para evitar la cárcel. Argumentaron que existen otros referentes familiares, como el padre de los niños, para el cuidado de los menores y que, al momento del accidente, los hijos no estaban bajo su cuidado directo. “La pena no puede ser reducida hasta tal punto que la sanción ya no se tome en serio por la comunidad”, enfatizaron.

Por su parte, el Ministerio Público Fiscal, representado por Patricia Yedro, solicitó confirmar la sentencia de ejecución condicional. Si bien reconoció la gravedad del hecho, argumentó que el fallo inicial era coherente y que aumentar la pena basándose en el consumo de drogas implicaría una “doble valoración”, ya que ese factor ya está contemplado en el tipo penal de homicidio agravado.

Por su parte, el defensor de Casación Luis Pedemonte adhirió a la postura fiscal y apeló a una perspectiva humanitaria. Destacó que el encarcelamiento de Pesoa destruiría el “soporte vital indispensable” para su hijo con discapacidad severa. Además, la defensa insistió en la “confluencia de riesgos”, señalando que la víctima circulaba a 84 kilómetros por hora en una zona de 60 kilómetros, lo que habría incidido en el desenlace fatal.

Visiones opuestas de los jueces

Las camaristas Davite y Badano compartieron su mirada. Davite lideró la postura de prisión efectiva. Sostuvo que conducir drogado representa una “imprudencia sumamente elevada” que bordea el dolo eventual.

Para la magistrada, la única explicación para que Pesoa, habiendo visto la luz de la moto, decidiera doblar igual, fue la alteración de su percepción por la cocaína. Davite concluyó que, aunque la situación familiar es un atenuante, la gravedad del injusto —matar a un joven por un consumo voluntario de estupefacientes— exige que la pena se cumpla en prisión para reafirmar la vigencia de la norma ante la sociedad.

La disidencia fue de Gustavo Pimentel. El camarista votó por rechazar el recurso y mantener a Pesoa en libertad condicional. Argumentó que el tribunal de juicio no fue arbitrario y que la pena de tres años condicional se ajustaba a derecho considerando que Pesoa no tenía antecedentes penales, mostró arrepentimiento y tiene una carga familiar crítica.

Pimentel coincidió con la defensa en que no se puede castigar doblemente por el mismo agravante y que el exceso de velocidad de la víctima debió mantenerse como un factor de disminución del injusto para la imputada.

Finalmente, por mayoría, se resolvió revocar la condicionalidad. Shirley Ivon Pesoa deberá ingresar a una unidad penal para cumplir su condena de tres años. Respecto a la posibilidad de una prisión domiciliaria debido al cuidado de su hijo, la Cámara aclaró que esa decisión deberá ser tratada exclusivamente por el Juzgado de Ejecución de Penas.

El clamor de una familia destruida

Durante la audiencia, la madre de Lautaro, Sara Betancurt, brindó un testimonio desgarrador ante los jueces: “A Lautaro le quitaron la vida, los sueños, los proyectos… nos quitaron una parte de nuestra vida para siempre”. La mujer pidió que el caso no fuera visto como un expediente más, sino desde la humanidad, exigiendo una justicia proporcional al daño causado.

Lautaro Meglio era un joven activo en la comunidad, trabajaba y practicaba deportes en los clubes Capibá y Quique de Paraná.

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