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Nacionales Por: TABANO SC29/05/2026

De qué trata la reforma a Ley General de Sociedades que el Gobierno enviará al Congreso

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, anunció que este viernes ingresará el proyecto para modificar la legislación vigente sancionada en 1972 que regula la creación, funcionamiento y disolución de los distintos tipos societarios.

En un continuado de la agenda reformista oficialista, el Gobierno anunció que este viernes enviará al Congreso de la Nación un proyecto de ley para modificar la Ley General de Sociedades (LGS), sancionada en 1972, y que tiene como objetivo la regular la creación, funcionamiento y disolución de los distintos tipos societarios.

"Durante la jornada de hoy estaremos enviando al Congreso de la Nación la nueva Ley General de Sociedades. Fin", publicó el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, en su cuenta de X al dar a conocer la noticia.

La legislación, conocida popularmente como Ley de Sociedades Comerciales, adoptó su denominación actual tras la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación mediante la Ley N° 26.994 y constituye el marco regulatorio fundamental para la constitución, funcionamiento, disolución y liquidación de las sociedades en el país.

Pese a la poca información brindada desde Casa Rosada sobre los detalles del proyecto, fuentes parlamentarias explicaron a C5N que de la elaboración de la iniciativa participaron el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger; su par de Justicia, Juan Bautista Mahiques; la secretaria de Legal y Técnica y la Inspección General de Justicia.

Tras el anunció de Adorni, el ministro Federico Sturzenegger brindó más detalles en su cuenta de X y señalar que "el proyecto nos mueve de un régimen rígido y anacrónico, construido sobre la desconfianza al sector privado, a un marco moderno basado en la autonomía, la libertad y la desregulación".

Entre los principales cambios enunciados por el funcionario se encuentran:

  • Se termina la tutela del Estado sobre cómo los socios organizan sus negocios. Las normas de la ley pasan a ser supletorias: el estatuto manda. Las restricciones estatales serán excepcionales y de interpretación restrictiva. Los registros públicos no podrán dictar resoluciones que limiten lo que la ley permite.

  • Se eliminan las trabas burocráticas de los registros. El objeto social podrá ser amplio, plural y sin obligación de conexidad entre actividades. Y si no se consigna objeto en el estatuto, se entiende que la sociedad puede realizar cualquier actividad lícita. Esto es esencial en un mundo tan cambiante como el que vivimos. También implica menos trabas burocráticas y más libertad para trabajar.

  • Las sociedades podrán someter sus conflictos internos al derecho extranjero o mercantil internacional. Y también podrán pactar cláusulas arbitrales en el estatuto para resolver controversias sin depender de la lentitud de la justicia.

Para Sturzenegger, "todo lo que se esperaba de digitalización se logra acá": "Permitimos la digitalización plena de la sociedad con domicilio electrónico, libros y registros digitales, asambleas a distancia, constitución de la sociedad por firma digital o electrónica, legajo digital público para cada empresa. Con este proyecto, el expediente en papel queda en la historia".

"En una de las innovaciones más revolucionarias, distinguimos a las empresas que funcionan bajo esquemas de automatización y descentralización. Se regulan la Sociedad Automatizada, que opera mediante algoritmos o IA sin requerir empleados para su operación ordinaria, y las DAO, que son total o parcialmente autónomas, con participaciones en tokens y registros en blockchain. Ambas tienen personalidad jurídica plena y responsabilidad limitada", completó.

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