Concordia Por: TABANO SC24/02/2026

El Municipio apeló la decisión judicial de reincorporar a un ex empleado administrativo

El Subsecretario de Legal y Técnica de la Municipalidad, Dr. Ignacio Del Valle explicó que el pase a planta permanente se realizó en forma total y absolutamente ilegal e irregular. "Respetamos el fallo de la Cámara, pero discrepamos respecto a sus conclusiones en cuanto a que no se proceda al análisis de la cuestión de fondo pues dicho elemento resulta trascendental”, justificó.

Este lunes la Cámara en lo Contencioso Administrativo determinó que la Municipalidad de Concordia no tiene facultades para revocar por sí misma actos administrativos que ya habían generado derechos subjetivos, incluso si se alegan razones de ilegitimidad. El fallo ordena la reincorporación de un abogado a la planta permanente y el pago de salarios caídos.

Sin embargo, la Municipalidad de Concordia, a través de su cuerpo de abogados, recurrió ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia la sentencia dictada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

En ese sentido, el Subsecretario de Legal y Técnica de la Municipalidad, Dr. Ignacio Del Valle, brindó su parecer sobre el fallo dictado y explicó que la sentencia no se encuentra firme y por lo tanto el Municipio recurrirá ante el Superior Tribunal de Justicia a fin de que se revea el fallo dictado.

Asimismo, Del Valle señaló: "Respetamos el fallo de la Cámara, pero discrepamos respecto a sus conclusiones en cuanto a que no se proceda al análisis de la cuestión de fondo pues dicho elemento resulta trascendental a fin de entender el proceder del municipio en cuanto a revocar el pase a planta permanente".

En ese marco, el funcionario remarcó que, a criterio de la Municipalidad, el pase a planta permanente se realizó en forma total y absolutamente ilegal e irregular, ya que el beneficiario se desempeñaba como funcionario al momento de su pase, e incluso continuó prestando tareas en la misma situación (como funcionario) después de disponerse su pase a planta, siendo esto una clara violación de la Ordenanza Municipal Nº 32637, que prohíbe expresamente la contratación de funcionarios y posterior estabilidad hasta transcurrido un año del cese de su mandato, cosa que evidentemente no se respetó.

Del Valle afirmó que estos aspectos no se tuvieron en cuenta en este caso y la decisión que se tomó "va en detrimento de muchos trabajadores Municipales que en muchos casos esperan años para poder ser parte de la planta o que se realice un concurso".

A modo de ejemplo Del Valle manifestó  que en el hipotético caso que "el actual intendente, Francisco Azcué, al momento de finalizar su mandato, decidiera pasar a planta permanente a la totalidad de sus funcionarios sin ningún tipo de concurso y sin respetar la normativa vigente, según el criterio de la Cámara que se cuestiona, el Municipio debería iniciar una acción de lesividad y esperar años a que la justicia se expida en forma definitiva para recién después poder revocar una medida manifiestamente ilegítima".

Finalmente, sostuvo que "cuando la ilegalidad del acto es tan evidente y tan gravosa, la administración estatal se encuentra ante una disyuntiva: esperar años una decisión judicial o hacer cesar el acto en forma inmediata tal como se ha decidido oportunamente" concluyó. 

(APFDigital)

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