Concordia Por: Editor21/01/2022

El abogado Román fundamentó el recurso de amparo colectivo de la gente que no quiere vacunarse

Un abogado del foro local presentó un recurso de amparo contra el gobierno provincial, solicitando que se deje sin efecto el Decreto N.°4078 por el cual Entre Ríos adhiere a Nación en la obligatoriedad de presentar el pase sanitario que constata la aplicación de al menos dos vacunas contra el coronavirus.
Félix Román, abogado de causas imposibles, presentó un amparo en Concordia, será rechazado “in límine”.

En diálogo con cronistas de diario EL SOL-Tele5, el letrado aseguró que son más de 350 las personas que pidieron se suspenda el decreto provincial mediante la única herramienta legal posible que es “el amparo colectivo con la gente que no quiere vacunarse”, dijo.  

En este sentido, el abogado Félix Román, expresó: “Antes que nada quiero decirle a la sociedad que lo que yo hice no fue una amenaza”. “Lo que hice unos días atrás fue mandar una carta documento a la gobernación para agotar las vías administrativas porque es un tema técnico el amparo cuando uno tiene que intimarla a la administración pública, tiene que ser mediante una carta documento”, insistió.

“La base fundamental del amparo y de toda la gente que represento que son más de 350 personas y a quienes yo me uno en pensamiento, es la falta de confianza a las vacunas porque es una sustancia génica que sigue estando en etapa experimental y de la cuales no tenemos información certera sobre sus componentes ni posibles efectos secundarios”, dijo.

“Hice la presentación ante el Juzgado de Ejecución y Medidas de Seguridad Penal de Concordia, a cargo del Juez Juan Lazzaneo, porque no tenemos la información certera que pedimos respecto a las dosis que se aplican y voluntariamente elegimos no vacunarnos porque es nuestro derecho a no hacerlo, pero nos vemos afectados por el pase sanitario que estableció el gobernador Gustavo Bordet”, explicó.  

Del mismo modo el letrado acotó que “en el amparo, yo seguí las argumentaciones del juez de Mar del Plata, Alfredo López. El juez estableció un argumento jurídico que considero básico y fundamental que si no existe la obligación de vacunarse en la Argentina, no puede exigirse un pase sanitario, por el contrario, se tergiversa la finalidad de la norma en sí y se convierte directamente en una imposición totalmente violatoria de los principios constitucionales que atenta contra el Derecho a la libertad ambulatoria, al trabajo lícito y de reunirse libremente, entre otras cosas”.

“Nos debemos un debate amplio, público y democrático, con autoridades sanitarias e idóneas en el tema, que puedan brindar datos reales, certeros y probatorios de la vacuna y sus componentes, efectos inmediatos y futuros”, recalcó.  

Más adelante Román resaltó que “hay quienes elegimos no inocularnos por una enorme desconfianza a las vacunas que están circulando. No somos negadores del virus ni de sus consecuencias, pero creo que falta aún mucha información para dar antes de seguir aplicando dosis masivamente”.

“El amparo hace referencia a que se deje sin efecto el Decreto N.°4078 por el cual Entre Ríos adhiere a Nación en la obligatoriedad de presentar el pase sanitario que constata la aplicación de al menos dos vacunas contra el coronavirus”, espetó. 

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