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title: "\"SUBELDIA, Francisco S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR\" (Expte. N° 12288)"
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# "SUBELDIA, Francisco S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR" (Expte. N° 12288)

EDICTO

En el juicio caratulado "SUBELDIA, Francisco S/ SUCESORIO SIN TESTAMENTAR" (Expte. N° 12288) que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4, de esta ciudad de Concordia, a cargo del Juez: Dr. Jorge Ignacio Ponce, Secretaría: Dr. Alejandro Centurión, cito en calle Mitre N°26/28 E mail: jdocyc4-con@jusentrerios.gov.ar , se cita por TREINTA DIAS CORRIDOS a quienes se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de Don SUBELDIA FRANCISCO, DNI EX. N° 92.037.297, fallecido el día 22 de noviembre de 2024, en la ciudad de Concordia.- Se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo dispone, Concordia, 11 de junio de 2026. VISTO... RESUELVO: 1.- TENER por presentada a ISABEL MARINA ALBINO en nombre y representación de su hijo menor de edad FRANCISCO EMMANUEL SUBELDIA ALBINO, con patrocinio letrado del Dr. Jorge Rogelio GODOY, domicilio real denunciado y procesal constituido, a quien se le otorga intervención conforme a derech0. 2.- DECRETAR la apertura del juicio SUCESORIO AB INTESTATO de FRANCISCO SUBELDIA, D.N.I. EX. N° 92.037.297, vecino que fue de esta ciudad. 3.- MANDAR publicar edictos por TRES DIAS en el Boletín Oficial y Diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de TREINTA DIAS CORRIDOS lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. 4.- LIBRAR OFICIO a la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos -Sección Juicios Universales- con asiento en Paraná (Disposición Técnico Registral N°s D.G.N.R.A. del 08/11/2006). 5.- DENUNCIAR y en su caso ACREDITAR el estado civil del causante. 6.- TENER por denunciado bajo juramento el desconocimiento de otros herederos del causante. 7.- HACER SABER a la ocurrente que deberá acompañar, con anterioridad al dictado de la declaratoria de herederos, la documental presentada -testimonio de defunción, testimonio de nacimiento- en soporte papel. 8.- DAR intervención a los Ministerios Públicos. 9... 10... A lo demás, oportunamente. La presente se suscribe  
mediante firma digital-Acuerdo General STJER N° 33/22, del 04/10/2022, Pto. 6° c-. Fdo. Dr. Jorge Ignacio Ponce, Juez. CONCORDIA. 22 de JULIO de 2026.   
ALEJANDRO CENTURION SECRETARIO (Publicado los días 31/07, 01 y 02/08/2026)

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