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title: "Aumentan las jubilaciones en julio: de cuánto será la mínima"
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description: "La ANSES oficializó los nuevos montos para el sistema previsional y prestaciones clave, en línea con la actualización mensual según el Índice de Precios al Consumidor Nacional"
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date_published: "2026-06-30T08:24:00-03:00"
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author_name: "TABANO SC"
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# Aumentan las jubilaciones en julio: de cuánto será la mínima

## ![anses](/download/multimedia.normal.b1354dbfd5046fce.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

## Tal como sucede cada mes, el Gobierno nacional oficializó un nuevo aumento en las **jubilaciones**y**asignaciones familiares** para el mes de julio, de acuerdo con el último dato de la inflación.

## Los nuevos valores quedaron establecidos mediante la **resolución 186/2026** de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). De esta manera, el **haber mínimo será de $411.989,33**, una decisión que responde tanto a la actualización legal como a la evolución de la economía nacional. Por otra parte, el**haber máximo para el mismo período será de** **$2.772.298,06**.

## La resolución también establece las **bases imponibles mínima y máxima** para el período devengado julio de 2026. El valor mínimo será de **$138.757,90**, mientras que el máximo ascenderá a **$4.509.567,41**.

## De igual forma, al haber mínimo se sumará el bono extraordinario de 70 mil pesos, que el Gobierno otorga mes a mes.

## En cuanto a prestaciones específicas, la **Prestación Básica Universal (PBU)** se fijará en **$188.466,31** y la **Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)** en **$329.591,46** a partir de julio de 2026.

## El ajuste de estos valores se fundamenta en la Ley N° 26.417, que regula la movilidad de las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 274/24. Este último sustituyó el artículo 32 de la Ley N° 24.241, estableciendo que los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, publicado por el **Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)**.

## De acuerdo con lo dispuesto, la primera actualización bajo esta fórmula se realizó en julio de 2024. Para la actualización correspondiente a julio de 2026, la ANSES tomó como referencia el Informe N° IF-2026-58384655-ANSES-DESS#ANSES, que calculó la movilidad a considerar en **2,15%** sobre la base de los datos publicados por el INDEC.

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